El drama de Chano: tragedias que pueden ser evitadas con una ley diferente
La norma que regula a los profesionales de la salud mental presenta obstáculos para la internación de pacientes
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El incidente psiquiátrico protagonizado en la víspera por el artista Chano Charpentier, que culminó con el cantante internado con una herida de proyectil de arma de fuego, no es un hecho aislado que adquiere notoriedad por su protagonista, sino que es uno más de la larga lista de otros casos desconocidos que ocurren en todo el país. Todos, sin dudar, tienen un denominador común: la ley de salud mental 26.657, que de nueva no tiene nada, pues fue sancionada hace más de diez años.
Albert Einstein, premio Nobel, declaró una vez: “Es insano hacer siempre lo mismo, y pretender resultados diferentes”. En efecto, la ley 26.657 dice ocuparse de la enfermedad mental, pero irónicamente niega la enfermedad mental a punto de reemplazarla por el vago concepto de padecimiento, postula un diagnóstico de hipotético riesgo cierto e inminente, de difícil comprobación en la práctica, salvo cuando el peligro ya se ha consumado, e impide de hecho con sus postulados la internación para observación y tratamiento de pacientes psiquiátricos, cuando estos no prestan su improbable consentimiento. Lo ilógico de sus postulados, dentro de la más notable influencia foucaultiana, pretende enarbolar los derechos humanos de los enfermos mentales, cuando en la práctica condena a los pacientes a no tener tratamiento factible, por haber desmantelado en todo el territorio muchos establecimientos de asistencia psiquiátrica pública y gratuita, ni una internación cuando los mismos pacientes lo necesitan.
Cualquier persona que ha tenido un familiar o allegado en emergencia psiquiátrica real ha podido verificar por sí misma lo difícil y tortuosa que resulta una internación psiquiátrica, tanto en el ámbito público como privado, y esto provocado por el temor de los mismos psiquiatras a recibir sanciones por una supuesta privación ilegítima de la libertad mediante esa internación, exponiéndolo paradojalmente al paciente a producir la muerte propia o la de terceros.
El confuso y ambiguo dictado del texto legal, tiene sujetos tanto a personal médico, policial y judicial, que se muestran perplejos frente a un paciente que no puede decidir por la enfermedad que perturba su mente, pero que según la ley, tiene autonomía total.
El completo disparate de este nefasto texto legal, completamente dañoso para pacientes, sus familias y el personal médico y paramédico que debe atender los graves casos psiquiátricos, es apoyado por personas que no tratan habitualmente pacientes graves, ni tienen comprobada experiencia en situaciones de urgencia, sino que recostados en cómodos puestos públicos, pontifican y condenan –cuando las cosas salen mal– diciendo que los que intervienen no “aplicaron correctamente la ley”.
Resulta más lamentable que el caso en cuestión, como así el del conocido rockstar que ultimó a un conocido a tiros, pasará rápidamente al olvido, mientras miles de pacientes, sufren en forma cotidiana la ausencia de asistencia debida y de tratamiento adecuado, por la imperdonable omisión de no haber hecho participar en esta ley a ninguna facultad de Medicina de la Argentina.
Los legisladores deberían conocer que no son necesarias más muertes ni más enfermedad para demostrar que esta ley no sirve para la salud, sino que es una ley de reducción de costos. Es necesario que se convoque a las facultades, y dejen participar a la psiquiatría argentina en la redacción de una nueva ley más justa y protectora para todos.
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