El crimen de Lucio Dupuy: condenaron a la pena de prisión perpetua a la madre de la víctima y a su novia
Magdalena Espósito Valenti y a Abigail Páez fueron encontradas culpables del homicidio del niño
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El Tribunal de Audiencias de Santa Rosa condenó a la pena de prisión perpetua a Magdalena Espósito Valenti y a Abigail Páez, las dos mujeres encontradas culpables del homicidio de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado a golpes en La Pampa.
Espósito Valenti, de 27 años, es la madre de la víctima. El Tribunal de Audiencias de Santa Rosa la encontró culpable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. Sin embargo, fue absuelta de la acusación de abuso sexual.
Páez, de 28 años, es la novia de Espósito Valenti. Los jueces Alejandra Ongaro, Aníbal Olié y Daniel Sáez Zamora la encontraron culpable de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente.
Tras conocer las condenas para Espósito Valenti y Páez, la fiscal Verónica Ferraro, sostuvo: “Esta prisión perpetua que acaban de disponer los jueces es una pena de por vida. No tienen la posibilidad de pedir libertad condicional”.
Las condenas fueron dadas a conocer por la jueza Ongaro a las 12. Espósito Valenti y Páez, como ocurrió en la audiencia donde las declararon culpables, no estuvieron presentes. Están alojadas en la Unidad IV del Servicio Penitenciario de San Luis, la Cárcel de Mujeres, donde continuarán detenidas hasta que la sentencia quede firme.
En el primer punto de la parte dispositiva de la sentencia, los magistrados rechazaron el planteo de inconstitucionalidad de la prisión perpetua efectuado por las defensas técnicas.
“Condenar a Magdalena Espósito Valenti, de circunstancias personales ya referidas, a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento por el que ya fue declarada autora penalmente responsable”, se sostuvo en el punto segundo de la condena.
En la sala de audiencia sí estuvo presente el padre de la víctima, Christian Dupuy, quien se sentó al lado de su abogado, José María Aguerrido.
En el punto tercero, se afirmó: “Condenar a Abigail Páez, de circunstancias personales ya referidas, a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad”.
La fiscal Ferrero adelantó que se analiza la apelación de la absolución que benefició a Espósito Valenti por del delito de abuso sexual.
A la madre de la víctima la absolvieron de la acusación de abuso sexual por el beneficio de la duda. “Si bien entonces no albergo dudas acerca de la ocurrencia del hecho [el abuso sexual], el modo, el tiempo y elemento utilizado (o al menos uno de ellos); sí, en cambio, creo que las partes acusadoras solo han logrado producir prueba respecto de la autoría de una de ellas: Páez”, sostuvo el juez Olié en su voto, al que adhirieron sus colegas.
El magistrado Olié explicó: “Fueron varios los testigos de aquellos primeros momentos de Lucio, ya sin vida, fuera del departamento [donde vivía con las acusadas], llevado por Páez que refirieron haber escuchado su versión de que ´lo podían haber golpeado y abusado´, según declaró el agente Argüello, y que ´lo habían violado´, según Edgardo Mourino y Lady Esther Soria, quienes asistieron a Páez para llevar el niño al Hospital Evita y a quienes razonablemente les llamó la atención de qué forma ella podría saberlo. Ello me permite atribuir el delito de abuso sexual a Páez, en tanto poseía conocimiento de que el niño había sido objeto de abuso sexual, circunstancia que la vincula directamente al hecho, ante la inexistencia de otras pruebas reunidas durante el debate que razonablemente expliquen tal conocimiento, revelado por su reiterada advertencia a otras personas”.
La víctima, de cinco años, fue asesinada el 26 de noviembre de 2021 en la casa de la calle Allan Kardec al 2300 de Santa Rosa, donde vivía con su madre y Páez.
La Justicia pudo establecer que a las 17.32 de ese día, se lo vio a Lucio vivo por última vez y que entre esa hora y las 19.40, cuando ambas imputadas salieron solas del departamento, el niño fue golpeado brutalmente.
Páez llevó en moto a su novia al trabajo de moza en el restaurante de un hotel de la capital pampeana y volvió sola a las 20.49, cuando intentó reanimar al niño y lo metió bajó la ducha.
A las 21.30, Páez salió con Lucio en brazos para el centro asistencial del barrio Río Atuel, anexo al departamento, pero estaba cerrado.
El niño fue asistido por vecinos y finalmente lo trasladaron al Hospital Evita, donde a las 21.45 se constató que ya estaba muerto.
Según el fallo del tribunal, las dos acusadas participaron de la golpiza mortal y el niño sufrió puñetazos, patadas y palazos, además de un pisotón en la espalda por parte de Páez, que le provocó lesiones internas.
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