El crimen de Lucio Dupuy: abrieron un jury contra la jueza que avaló que el niño asesinado a golpes viviera con su madre
El expediente se inició por “mal desempeño de sus funciones en la tramitación del expediente sobre el cuidado personal” de la víctima
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El jurado de enjuiciamiento de La Pampa ordenó la formación de una causa contra la jueza de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora de Niños, Niñas y Adolescentes Elisa Alejandra Catán, por presunto “mal desempeño de sus funciones en la tramitación del expediente sobre el cuidado personal del niño Lucio Dupuy”, por avalar darle la tenencia a su madre, quien, junto a su pareja, lo asesinó el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa, hecho por el que ambas fueron condenadas a prisión perpetua.
El jury, integrado por el ministro del Superior Tribunal de Justicia -a cargo de la presidencia-, Fabricio Luis Losi, las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo y las abogadas por la matrícula, María Natalia Gaccio y Silvina María Garro, tomó la resolución por unanimidad.
La iniciación del jury de enjuiciamiento depende ahora del procurador general, Mario Oscar Bongianino, quien tendrá que definir si corresponde formular una acusación contra ambas para la realización del juicio, así lo informó la agencia de noticias Télam.
La jueza Pérez Ballester y la asesora Catán están bajo investigación por ser quienes intervinieron en el pedido de tenencia realizado por la madre del niño, Magdalena Esposito Valenti, cuando la tutela estaba a cargo de una de sus tías.
En ese momento, la tía -cuñada del padre de Lucio, Cristian Dupuy- consideró que era pertinente y dio el aval para que el niño regresara a vivir con Valenti y su pareja, Abigail Páez.
La resolución del jury se tomó tras evaluar los descargos de Pérez Ballester y Catán y las denuncias promovidas por el bloque legislativo del Frente Justicialista Pampeano y los cuatro diputados de Propuesta Republicana, que se presentaron en calidad de ciudadano.
De acuerdo a lo que establece la ley, ahora se tiene que dar vista al procurador Bongianino para que en un plazo de seis días hábiles formule o no la acusación.
Si no lo hace, el expediente se cerrará. En cambio, si el procurador acusa, se les dará vista de la acusación a la jueza y a la asesora para que en 10 días hábiles expongan sus defensas.
Si se avanzara en el proceso, una vez producidas la acusación y las defensas, ambas partes ofrecerán las pruebas que presentarán en el debate, para lo cual tendrán un plazo no mayor a 15 días.
El martes pasado, el Tribunal de Impugnación Penal confirmó las penas de prisión perpetua para la madre del niño y para Páez.
En febrero pasado, el Tribunal de Audiencias de Santa Rosa había condenado a ambas mujeres a las penas de prisión perpetua. Páez, de 29 años, había sido hallada culpable de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente.
Espósito Valenti, de 26 años, había sido condenada por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento, pero en esa primera instancia había sido absuelta por el abuso sexual que había sufrido su hijo, de cinco años.
Cuando impugnaron la sentencia, las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio había valorado erróneamente una serie de pruebas y sostuvieron que sí habían quedado probados los abusos sexuales sufridos por el chico, en el ámbito intrafamiliar, por parte de ambas mujeres.
Según informó la Oficina de Comunicación Institucional del Tribunal Superior de Justicia de La Pampa, la Sala A del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Mauricio Piombi, aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas.
“No se nos oculta que no solo del resultado de las pericias, sino de toda la prueba producida en juicio, se denota el rechazo a Lucio y el rechazo a su familia paterna, el maltrato infantil que él sufrió, con un grado de crueldad realmente inusitado y donde, claramente, ese vínculo que ambas mantuvieron con el niño lejos estaba de estar signado por el amor”, sostuvieron los jueces Schijvarger y Piombi.
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