El crimen de Fernando Báez Sosa: pidieron la absolución de tres de los condenados y que los otros cinco reciban una pena más leve
El abogado Hugo Tomei presentó la apelación a la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores e insisitó en el pedido de nulidades que hizo durante su alegato y en la hipótesis del homicidio en riña
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El abogado Hugo Tomei, a cargo de la defensa de los ocho jóvenes condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa, presentó la apelación de la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de Dolores y, después de insistir en planteos de nulidades, de la ilegalidad del “procedimiento de imputación” y en la hipótesis del homicidio en riña o agresión, solicitó que tres de sus asistidos sean absueltos por el crimen y que los otros cinco reciban una pena máxima de seis años de cárcel.
Así lo informaron a LA NACION fuentes con acceso al expediente. La apelación fue presentada hoy por Tomei. El viernes pasado había hecho lo propio los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García. Los representantes del Ministerio Público solicitaron que Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi, los tres jóvenes condenados a 15 años de cárcel al considerarlos partícipes secundarios, sean condenados a la pena de prisión perpetua.
Hoy, en un escrito de 140 páginas, Tomei solicitó que Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi sean absueltos y que Máximo Thomsen, Enzo Comelli (cumplió ayer los 23), Matías Benicelli y los hermanos Luciano y Ciro Pertossi condenados a prisión perpetua, reciban una pena de entre dos y seis años de cárcel al sostener que se debe encuadrar el crimen en un “homicidio en riña o agresión tumultosa”.
Además, Tomei, como lo hizo durante la instrucción de la causa y en el juicio, pidió que se declare “la ilegalidad” del acto de las indagatorias tomadas a los ocho acusados la noche del 19 de enero de 2020. Según la defensa, en ese momento, “se falsificaron las actas del expediente entre fiscal, la defensora oficial y dos secretarios del Ministerio Público Fiscal”.
“Sin lectura de derechos, sin saber que podían negarse a responder preguntas incriminatorias y sin intervención de la defensa oficial, se les requirieron sus teléfonos celulares con las claves de acceso y la confesión sobre la propiedad de cada prenda de vestir con presuntas manchas hemáticas que se iban incautando. Eso sí; el personal policial dejó constancia a fs. 38, renglón 21, que de averiguaciones practicadas habría un sospechoso más que emprendió huida de nombre Pablo Ventura. El funcionario en ningún momento indicó como obtuvo dicha información que valió detener a un inocente que luego demandó al Estado por los daños y perjuicios que le ocasionó el irregular proceder del Ministerio Público Fiscal, en la suma de diez millones de pesos, que en caso de prosperar deberíamos pagar los contribuyentes mediante nuestros impuestos”, sostuvo Tomei en parte de su apelación, según pudo saber LA NACION de fuentes al tanto del expediente.
En una de las audiencias del juicio, bajo juramento de decir la verdad, el policía Mariano Rolando Vivas dijo que “Thomsen manifestó que era de Pablo Ventura” la zapatilla marca Cyclone negra con suela blanca y manchada con sangre encontrada en la vivienda alquilada por los imputados para veranear. Pero, en realidad, el calzado era de Thomsen.
“Tres años hubo que esperar para saber que el personal policial ´interrogó´ a un acusado que nunca fue advertido de su derecho a negarse a contestar preguntas”, afirmó Tomei en el escrito presentado en las últimas horas.
Sobre las presuntas irregularidades en el procedimiento de detención, el abogado defensor de los condenados explicó: “La información sobre los derechos que gozaban [por sus asistidos] en ese momento fue comunicada cuando todo había terminado, ya en la comisaria de Villa Gesell. Entre sus derechos contaban con la posibilidad de negarse a responder preguntas de la autorida policial o judicial sobre la entrega de los teléfonos, sus claves y reconocer las prendas de vestir en cada pregunta que les hizo la autoridad policial en presencia del fiscal Walter Mercuri”.
Clamor popular
Tomei, en su alegato, afirmó que sintió vergüenza cuando advirtió que el proceso era parte de una gran “comedia mediática”. “Que el Tribunal convoque [a los padres de la víctima] para hablar nuevamente del dolor, instantes antes del alegato del defensor, sin disposición legal de la Ley 15.232 que la autorice, aparte de alterar mi ánimo por la simple razón del carácter humano del letrado, ya nadie tuvo interés de escuchar. Los damnificados abrieron y cerraron el juicio, cuando no fueron testigos de ningún suceso. La centralidad del proceso dada por los derechos y garantías concedidas a los imputados, ya no les pertenece. Ahora son propiedad de las víctimas; por ello, desde hace un tiempo a esta parte las sentencias de condena se vivencian más como verdaderos actos de venganza que como justa composición del litigio. En este caso, luego de transitar todo el proceso, estoy convencido de que la decisión del caso se emparenta mucho con el clamor popular, que resume el cántico oído en la sala de audiencias mientras ejercían su derecho Cinalli y Lucas Pertossi, el mismo día del aniversario de la muerte [sic] de Fernando Báez Sosa, y última jornada probatoria. El público coreó durante toda la jornada desde el exterior: asesinos, asesinos, asesinos.
Sin nombrarlo, Tomei hizo una dura crítica al accionar de su colega Fernando Burlando, uno de los abogados que representa a los padres de la víctima, Silvino Báez y Graciela Sosa. “Las instituciones públicas y privadas como los tribunales de disciplina de los colegios de abogados, no han intervenido, cuando debían hacerlo de oficio ante las reiteradas violaciones públicas al código de ética. Y, ¿el Poder Judicial?, no debió reprender al letrado beneficiado con el derecho de acusar en nombre de las víctimas y trató a los imputados de culpables en todo momento, con agresiones verbales e instando a su muerte dentro de las unidades carcelarias”.
Además, Tomei tuvo duras críticas hacia el Departamento Judicial de Dolores porque “todos los operadores judiciales saben que “no se cumplió con el procedimiento de imputación”.
“Reconozco que con la instalación del concepto ´justicia es perpetua´ diseminado por cuanto medio de comunicación o red social existe, por personajes televisivos, famosos y hasta por el Presidente de la Nación [por Alberto Fernández] puede resultar, para quien tenga que decidir conforme a derecho, un futuro cuestionamiento social difícil de afrontar”, sostuvo Tomei en parte de su apelación.
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