El crimen de Fernando Báez Sosa: con críticas al fallo, los padres de la víctima pidieron perpetua para los jóvenes condenados a 15 años de cárcel
Los abogados que representan a Silvino Báez y Graciela Sosa presentaron la apelación a la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1
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Con la apelación de los abogados que representan a los padres de Fernando Báez Sosa, el estudiante de Derecho asesinado a golpes en Villa Gesell el 18 de enero de 2020, todas las partes que forman parte del proceso apelaron la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de Dolores. Con duras críticas al fallo, Silvino Báez y Graciela Sosa pidieron, ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, la prisión perpetua para los tres jóvenes condenados a la pena de 15 años de cárcel.
“La sentencia atacada ha incurrido en una errónea aplicación de la Ley sustantiva a través de un desvío palmario de las reglas del sentido común. El tribunal a quo ha incurrido en un error lógico al interpretar y valorar las pruebas, con tergiversación de las reglas de la sana crítica en violación de las normas procesales aplicables”, sostuvieron los abogados Fernando Burlando, Germán Facio y Fabián y Facundo Améndola, como representante del particular damnificado.
De esta manera, los letrados apelaron las condenas impuestas a Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi. Los tres fueron considerados por los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia como partícipes secundarios del homicidio y recibieron una pena de 15 años de cárcel.
En cambio, Máximo Thomsen, Enzo Comelli (cumplió ayer los 23), Matías Benicelli y los hermanos Luciano y Ciro Pertossi fueron condendos a la pena de prisión perpetua al ser considerados coautores de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves”.
Ayer había presentado la apelación el abogado de los ocho condenados, Hugo Tomei. El letrado, tras insistir en planteos de nulidades, de la ilegalidad del “procedimiento de imputación” y en la hipótesis del homicidio en riña o agresión, solicitó la absolución para Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi y que los otros cinco reciban una pena máxima de seis años de cárcel.
“El Tribunal hace coincidir la aparición del dolo homicida con el momento en que Fernando Báez Sosa queda de rodillas e indefenso en el suelo. Pero esta afirmación, además de contradecirse con la prueba producida durante el juicio, no pasa de ser una mera declamación dogmática, que se ha desentendido de analizar siquiera mínimamente una pluralidad de indicios con los que se demuestra que el dolo homicida tuvo su génesis antes del inicio del ataque. La afirmación es puramente dogmática porque, por un lado, no constituye una derivación razonada de los hechos comprobados de la causa, mientras que, por otro lado, el tribunal ha omitido explicar cómo es que, a partir de las leyes de la lógica y la experiencia, pueden derivar esa conclusión. Solo se afirma que ello ´ha quedado demostrado´”, sostuvieron Burlando y sus colegas.
La sentencia del TOC N° 1 de Dolores fue dada a conocer el 6 de este mes, después de 15 audiencias. “Lo cierto es que en ningún momento explica el Tribunal cómo es que llega a concluir que el plan inicial incluía solamente atacar a golpes a Fernando Báez Sosa y no, como entendemos desde la acusación, causarle la muerte. La sentencia es un opus intelectual insuflado de voluntad, en que el juez debe dar razones que convenzan, lo que no ha ocurrido en este caso”, explicaron los abogados que representan a los padres de la víctima.
Burlando, Améndola y Facio afirmaron: “En el caso bajo estudio, existe una pluralidad de indicios unívocos y concordantes que, por su gravedad y precisión, valorados según las reglas de la sana crítica racional, en forma conjunta y no aisladamente como lo hizo el Tribunal, permiten superar las meras presunciones que en ellos puedan fundarse y arribar a un juicio de certeza sobre la existencia del dolo homicida desde los momentos previos al inicio del ataque, por parte de los ocho encausados”.
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