Crimen de Fernando Báez Sosa: los acusados se quejaron de su régimen de encierro y la directora de la alcaidía pidió que los trasladen a una cárcel común
Dijeron que se los mantiene dentro de las celdas “veinte horas al día” y que en ocasiones la comida que les dan tiene “un fuerte olor a descomposición”; en su respuesta, el SPB negó las acusaciones, dijo que el alojamiento está en óptimas condiciones y que la alimentación es “la adecuada”
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Luego de que los ocho acusados de asesinar a Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche en Villa Gesell en enero de 2019 denunciaran que su actual régimen de encierro en la Alcaidía Departamental III de La Plata les produce un “padecimiento y deterioro psicofísico evidente” por la falta de actividad al aire libre, la limitación de las visitas al exclusivo círculo familiar y hasta por la comida, que según ellos a veces tiene “olor nauseabundo”, la directora de aquel establecimiento le pidió al Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de Dolores que los imputados, que recién serán juzgados en enero de 2023, sean trasladados a una cárcel común. Por estas horas el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) realiza un sondeo entre las distintas unidades para ver si hay alguna en condiciones de poder recibir al grupo completo o si, eventualmente, se los separa para remitirlos a distintos penales.
Fue cuando Natalia Beatriz Rousillon, directora de la Alcaidía Departamental III, de Melchor Romero, presentó ante el TOC N°1 de Dolores la respuesta a los requerimientos que los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari le habían hecho para dar respuesta a la denuncia presentada el 28 de octubre pasado por Hugo Tomei, abogado defensor de Máximo Pablo Thomsen, Enzo Tomás Comelli, Matías Franco Benicelli, Ayrton Michael Viollaz, Blas Cinalli y Ciro, Luciano y Lucas Fidel Pertossi.
El tribunal había pedido que, de manera urgente se le elevara “un exhaustivo informe” sobre las condiciones de detención de los imputados en cuanto a condiciones de la celda, alimentación, comunicación con el exterior, actividades educativas, laborales, deportivas y recreativas y régimen de visitas. También había requerido que se les brinde “asistencia psicológica regular”.
La directora de la Alcaidía respondió que la celda y las instalaciones en las que están alojados los ocho rugbiers están “en óptimas condiciones”, afirmó que reciben “cuatro raciones de adecuada alimentación diaria” y que tienen a disposición espacios para actividad deportiva e incluso para realizar tareas de mantenimiento de áreas parquizadas y para participar de un proyecto de huerta comunitaria. Sin embargo, explicó que ese establecimiento no cuenta —por su concepción de espacio temporal de alojamiento— de oferta de actividades educativas y laborales. Por ese motivo, además, Rousillon sostuvo que se debe realizar el traslado.
El defensor de los ocho acusados había planteado que “el régimen aplicado a su espacial situación los mantiene encerrados en sus celdas de diminutas dimensiones durante veinte horas al día en promedio semanal” y que “llevan en esta extrema situación un año y ocho meses”. La referencia al tiempo no es ociosa: las alcaidías departamentales son dependencias de alojamiento temporal, previstas para que albergar a imputados hasta el momento en que se les dicte prisión preventiva, tiempo en el que, justamente, corresponde su envío a una unidad de alojamiento general del SPB.
Con los acusados de este crimen de honda repercusión social se produjo una situación particular y excepcional. El riesgo de que, en caso de ser enviados a un penal común, sufrieran represalias por parte de otros reclusos llevó a las autoridades gubernamentales y judiciales a propiciar que el grupo se mantuviera junto; y eso, por ahora, solo pudo garantizarse en la Alcaidía Departamental III. Por otra parte, los imputados pidieron especial cuidado para que no los fotografíen ni los filmen en reclusión, lo que implicó un régimen especial en el cual sus momentos al aire libre no coinciden con los del resto de los alojados en la alcaidía.
“El padecimiento psicofísico es evidente. Según me cuentan, el sufrimiento es tolerado por el adecuado tratamiento que reciben de los agentes de seguridad y de la dirección del establecimiento, que no puede apartarse del régimen propio de la unidad que, de por sí, limita los espacios libres. Téngase en cuenta que es lugar de ingreso y traslado. Sus normas están diseñadas para albergar a una persona no más de cuatro meses. El excedente de ese tiempo bajo el mismo régimen comienza a degradar al sujeto, sin excepción”, expresó Tomei en su escrito.
“A esta situación debe sumarse la protección especial que recae sobre ellos, que pueden ser agredidos, fotografiados o filmados en cualquier oportunidad por terceros influidos por la condena social que ha sido impuesta. No puedo dejar de mencionar las fotos de los distintos complejos penitenciarios donde se documentó a los internos exhibiendo banderas y pancartas que, básicamente, expresaban el mensaje amenazante ‘los estamos esperando’”, abundó.
Las quejas por la comida
“Mis asistidos intentan evitar ingerir la alimentación que reciben diariamente, puesto que en más de una oportunidad llega con fuerte olor a descomposición y luego les afecta el aparato digestivo, con el consecuente padecimiento. Esto no sería tan grave si se permitiera ingresar más cantidad de alimentos en cada visita familiar. La requisa es rigurosa, tanto para estos como para los artículos de higiene personal. El criterio cambia asiduamente. El excedente debe ser desechado en la puerta de ingreso”, manifestó Tomei.
También pidió ampliar el régimen de visitas autorizado. “Las visitas se restringen solo a los familiares directos. La relación con el exterior se ve seriamente afectada. Las actividades laborales y deportivas que les permitirían ocupar espacios de tiempo y el movimiento físico son realmente escasas. En definitiva, mis asistidos se encuentran alojados en una Unidad Penitenciaria cuyo régimen fue diseñado para albergar personas no más de cuatro meses y ellos la habitan bajo la misma modalidad hace más de un año y medio. El desmejoramiento psicofísico de cada uno es notable”.
Y, finalmente, postuló: “La incidencia negativa de las condiciones de detención se podrían reducir en dicho lugar si se estableciera un régimen especial que incluyera, de algún modo, ocupación del tiempo en un espacio apto para la movilidad corporal entre labores, deportes y espacios libres; alimentación digerible proporcionada por los familiares o el Estado provincial, y el permiso para que puedan ser visitados por personas que excedan la intimidad familiar”.
La respuesta de la Alcaidía
Para responder a cada uno de los puntos señalados por el TOC N°1, la licenciada Rousillon requirió informes a sus subalternos. El subprefecto Pablo Cresta, jefe del Departamento de Asistencia, detalló cuáles son las condiciones de detención los detenidos de marras:
- La celda tiene una superficie de 8,30 m², con una altura mínima de 3,02 metros. La aireación es proporcionada por tres aberturas que comunican directamente al exterior de la celda y proporcionan una iluminación natural que permite la lectura cómoda. También cuenta con iluminación artificial. La celda está equipada con sanitarios (inodoro y lavatorio), mesada y banco de mampostería. El sector de duchas cuenta con agua caliente y fría.
- Son de alojamiento doble, provistas de colchón ignífugo y frazada en óptimas condiciones, con camas empotradas a la pared.
- Los imputados “tienen garantizada la atención médica a través de la Sección Sanidad, además de la atención de especialistas y derivación a centros de salud de mayor complejidad (en caso de ser necesario)”.
- Los detenidos “reciben las cuatro raciones de adecuada alimentación diaria, que es inspeccionada por el encargado de la empresa que brinda el servicio, quien garantiza su calidad de elaboración, buen estado y una porción razonable, siendo suministrada a la temperatura adecuada con los recipientes y utensilios necesarios; además de contar con agua potable”.
- Desde el 30 de marzo de este año “gozan de la recepción de correspondencia y comunicación telefónica a través de telefonía celular”. También, del “esparcimiento en el patio de recreo” del pabellón, “según cronograma establecido por la Jefatura” de la Alcaidía.
- También se les brinda actividades deportivas en el campo de deportes del establecimiento al aire libre cubierto de césped natural, compuesto por canchas de ley y fútbol-tenis.
- Asimismo este establecimiento les otorga la posibilidad de realizar tareas de mantenimiento de los espacios verdes (parquización), como así también se desarrolla un pequeño proyecto de huerta, en el cual realizan tareas de siembra y cosecha, y toda actividad que se requiera para la mantención y su cuidado.
- Con respecto a las actividades Educativas y laborales, el régimen de Alcaidía Departamental no cuenta con programas de tratamiento en ese sentido.
- Los detenidos reciben visitas de familiares directos (madre, padre, hermano y concubina) una vez a la semana, por un lapso de 4 horas. También con la posibilidad de ser visitados por sus abogados, apoderados y representantes de organismos oficiales, dentro de lo establecido por el reglamento de visitas.
Luego, la licenciada Gabriela Silvina Pavoni informó a Rousillon que desde abril se les ofreció a los ocho “el espacio de tratamiento psicológico”, al que inicialmente se sumaron Thomsen, Comelli y los tres Pertossi, “quienes asistieron de manera regular hasta la fecha”, en tanto que Benicelli, Cinalli y Viollaz se plegaron a las sesiones el mes pasado.
“Cabe destacar que el seguimiento a los detenidos fue aceptado de manera voluntaria, mostrándose permeables al diálogo, respetando en todo momento el encuadre de trabajo”, explicó Pavoni, quien agregó que “en los espacios se trabaja de manera individual, generalmente, aunque en algunas ocasiones se hace de manera grupal”.
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