Pena máxima. Condenaron a prisión perpetua al cuarto policía involucrado por la violación y asesinato de Natalia Melmann
Se trata del exoficial Ricardo Panadero, sentenciado por el femicidio de la adolescente, ocurrido en febrero de 2001 en
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MAR DEL PLATA. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 consideró que el ex oficial Ricardo Panadero fue el cuarto participante del secuestro, abuso sexual y asesinato agravados de la adolescente Natalia Melmann, ocurrido en 2001, y lo condenó a la pena de prisión perpetua.
Los jueces coincidieron en que estos hechos “fueron cometidos en un contexto clarísimo de violencia de género y hoy debería llevar el rótulo de femicidio”, según las modificaciones que tuvo la ley en los últimos tiempos.
El llanto de Laura Calampuca y Gustavo Melmann, padres de la menor, quebró el silencio con el que se siguió el tramo final de la lectura de la sentencia. Abajo, en la puerta de tribunales, manifestantes que siguieron por audio el veredicto festejaron con gritos y aplausos.
“Es un hecho muy importante porque con las mismas pruebas desde 2001 había que llegar a un tribunal que sea imparcial, no como el de 2018 que jugó a favor de Panadero”, dijo el padre, sobre la demora en llegar a la condena reclamada y los fallos previos que habían tenido en otro sentido. “Los policías siguen matando y algunos jueces les siguen creyendo”, afirmó la madre, al salir de la sala, e insistió en la búsqueda de un quinto autor aún no identificado, dato que surge de cinco muestras de ADN distintos detectados en el cuerpo de la víctima.
El acusado llegó en libertad a esta instancia y estuvo presente en la sala, de la que se retiró esposado para ser alojado en la Unidad Penal N°44 de Batán, donde iniciará el cumplimiento de condena similar a la que desde 2002 afrontan tras las rejas sus excompañeros Ricardo Anselmini, Ricardo Suárez y Oscar Echenique, que entonces eran sus compañeros de trabajo en la comisaría de Miramar.
Los jueces se valieron de testimonios de testigos para considerar que Panadero mintió cuando dijo que aquella noche del 4 de febrero se había quedado en su casa, dio por probado que merodeó la zona de boliches donde la menor de 15 años fue secuestrada y lo encontró partícipe por una prueba fundamental que se había descartado en un primer juicio: un vello púbico hallado en el cadáver y que tenía más de 97% de compatibilidad con los indicadores genéticos de Panadero.
El ex sargento había quedado sobreseído en aquel primer juicio por falta de pruebas. Luego llegó a enfrentar un tribunal, siempre bajo mismos cargos, y tampoco se lo encontró culpable, fallo que fue recurrido ante el Tribunal de Casación, que lo anuló y ordenó el desarrollo de este nuevo debate para revisar su posible responsabilidad en el caso.
“No hay evidencias exonerantes de la responsabilidad penal del acusado”, consideraron los jueces Néstor Conti, Mariana Irianni y Juan Galarreta, que lo consideraron culpable de los delitos del abuso sexual con acceso carnal calificado y homicidio agravado. “Fueron cometidos en un contexto clarísimo de violencia de género y hoy debería llevar el rótulo de femicidio”, aclararon sobre los ajustes que la legislación aplicó en la materia con posterioridad al crimen de Melmann.
Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, abogados de los padres de la víctima, habían solicitado en los alegatos que se condene a Panadero a la pena de prisión perpetua. La fiscal Ana Caro hizo similar planteo y luego reclamó que, a pesar de no existir una legislación específica al momento de este caso, al momento de resolver los jueces contemplen la perspectiva de género. También había pedido que Panadero no pueda salir del país hasta que se conozca esta sentencia, planteo al que le hicieron lugar. La defensa, representada por Lautaro Resúa, había pedido la absolución.
Los jueces coincidieron en que Panadero mintió en su versión que presentó por escrito en el inicio del expediente, cuando dijo que había permanecido en Mar del Sur aquella noche en que a Natalia Melmann la secuestraron, violaron y mataron en Miramar. También consideraron dudosos y contradictorios dos testimonios de testigos aportados por la defensa, por los que los descartaron, y sí tomaron más valioso otro acercado por la querella que dijo ver al policía aquella noche en la zona de boliches.
Pero consideraron fundamental la prueba que representó el vello púbico, que en anteriores juicios no se consideró como lo suficientemente valiosa como para determinar que correspondía a Panadero. “Las pericias estuvieron bien hechas, los jueces lo interpretaron mal”, justificó un perito especializado en el tema que pasó por este debate para responder sobre el tema. “Si se hubiese conservado correctamente [la prueba] hubiese superado el 99% de coincidencia genética”, dijo el profesional sobre la contundencia del estudio y la compatibilidad con el acusado.
“Hay correspondencia de los perfiles genéticos comparados”, afirmaron los magistrados. “No abrigo ninguna duda que Panadero junto a Anselmini, Suárez, Echenique y otro sujeto no identificado llevaron a cabo los aberrantes hechos delictivos en perjuicio de quien en vida fuera Natalia Melmann”, afirmaron en el fallo.
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