Condena: cinco años de prisión para el conductor alcoholizado que mató a un comerciante en Puerto Madero
En diciembvre de 2018, Facundo Denegri, en estado de ebriedad, conducía a mas de 100 kilómetros por hora y chocó el auto de un comerciante textil de 75 años
Un joven fue condenado hoy a la pena de cinco años de prisión por haber atropellado y matado a un comerciante textil de 75 años cuando, en diciembre del 2018, cuando conducía alcoholizado y a más de 100 kilómetros por hora en el barrio de Puerto Madero y chocó contra el auto en el que circulaba la víctima, informaron fuentes judiciales.
Se trata de Facundo Denegri, de 25 años, quien fue considerado autor del delito de “homicidio culposo agravado por haber sido cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre, conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho y en violación al sentido de circulación señalizado”.
La víctima, Alberto Hambra, tenía 75 años y era un comerciante textil que el momento del accidente se circulaba en una camioneta.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N° 5, integrado por los jueces Adrián Pérez Lance, Enrique Gamboa y Fátima Ruiz López, también dispuso que el acusado no pueda salir del país, que continúe en libertad hasta que el fallo quede firme y que sea inhabilitado para conducir vehículos por un plazo de diez años.
Además, Denegri deberá comunicarse “mensualmente con el tribunal, del 1 al 5 de cada mes, en horario judicial, hasta que quede firme esta condena, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de alguna de esas obligaciones de ordenar su inmediata detención”.
”Estamos muy conformes con la sentencia dado que se aplicó casi el máximo de la pena previsto para el delito imputado y porque es un fallo ejemplar para que este tipo de circunstancias, que denota un total desprecio por la vida humana, no queden impunes”, dijo a la agencia de noticias Télam el abogado Ignacio Trimarco, representante de la familia de la víctima.
El letrado aseguró que la defensa “intentó hacer pasar al acusado con un estado psiquiátrico en el que no entendería la criminalidad de sus actos y que no estaría en condiciones de someterse a un juicio oral, circunstancia que fue desacreditada por el Cuerpo Médico Forense que lo examinó”.
Los fundamentos de la sentencia se leerán durante una audiencia fijada para el próximo 13 de agosto a las 13.30.
Durante el juicio, tanto el fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi como la querella dieron por probado que a las 8 del 22 de diciembre de 2018, Denegri salió del Casino de Buenos Aires en su automóvil Volkswagen Golf GTI y a la altura donde la calle Julieta Lanteria hace una prominente curva, se cruzó de carril y derrapó a una velocidad aproximada de 115 kilómetros por hora.
En esas circunstancias, embistió de frente la camioneta de Hambra, quien falleció en el acto como consecuencia del impacto.
Entre los elementos de prueba, el fiscal tuvo en cuenta la declaración de un testigo, el informe de los efectivos de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que intervinieron en la causa; el examen de alcoholemia y la presencia de varias botellas con bebidas alcohólicas en el auto de Denegri.
El joven había llegado en libertad al juicio, acusado por el delito de “homicidio con dolo eventual”, que prevé una pena de entre 8 y 25 años de cárcel.
Sin embargo, en su alegato, el fiscal consideró: “La ley 27.347 prevé una retribución punitiva más severa para los casos de imprudencia grave sin necesidad de forzar el dolo eventual (…) este es un caso de imprudencia grave, lo que no significa que sea un hecho intrascendente: es absolutamente grave, que debe ser sancionado y que merece reproche penal.”
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