Caso Bulacio: una condena tras 22 años
El comisario de la Policía Federal Miguel Espósito fue condenado a tres años de prisión en suspenso; lo hallaron culpable del delito de privación ilegítima de la libertad; al joven lo habían detenido antes de un recital y murió una semana después
El ex comisario de la Policía Federal Miguel Ángel Espósito fue condenado ayer a tres años de prisión en suspenso por haber privado de la libertad a Walter Bulacio, el joven que murió en abril de 1991, tras ser detenido cuando iba a un recital de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota, en Núñez.
"Yo sabía, yo sabía, que a Bulacio lo mato la policía", cantaron todos los presentes en la sala de audiencias apenas el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 29, Rodolfo Goerner, terminó de leer el veredicto. No hubo incidentes.
Veintidós años después de la muerte de Bulacio, el TOC N° 29 consideró que Espósito, que era el jefe de la seccional 35a, que ahora tiene 65 años, fue autor del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida por un funcionario público y tratarse la víctima de una persona a la que se le debe respeto particular.
El ex comisario no estuvo presente en la sala de audiencias cuando se dio a conocer el veredicto. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el viernes próximo, informó la agencia de noticias Télam.
Es un logro que le hayan dado tres años por lo menos. Me conformo, pero a él no me lo van a devolver", sostuvo Tamara, de 19 años, hermana de la víctima, única familiar de Bulacio presente en la sala, acompañada por miembros de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi).
La joven agregó: "La expectativa era la pena máxima, de seis años, como tendría que haber sido y que fuera condenado por la muerte de él, no por esto".
El ex jefe policial, que continuará en libertad, tal como llegó a juicio, nunca fue imputado por el homicidio de Bulacio y, por lo tanto, no se lo pudo juzgar por ese delito.
"Me duele que no vaya preso. Me dio bronca; pensé que iba a estar presente, que iba a disculparse o algo, pero nada", agregó la hermana de la víctima.
Por su parte, la abogada María del Carmen Verdú, integrante de Correpi y representante de la querella, afirmó: "Nosotros no vinimos a buscar una sentencia que nos satisficiera porque sabemos que no hay absolutamente ninguna sentencia que pueda reponer lo que significa el asesinato de un pibe a manos del aparato policial. Sin embargo, son apenas tres años de prisión, tres años de prisión para un comisario que lo dijo todo en sus «últimas palabras», cuando agradeció a los jueces haberlo «cuidado» y «protegido» durante el proceso".
Es que por la mañana, desde un despacho del Consejo de la Magistratura y por videoconferencia, Espósito había agradecido a los jueces Goernes, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack haberle permitido hablar desde allí debido a una enfermedad que padece, privilegio al que pocos imputados acceden.
El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Martín Fresneda, dijo a Télam: "Es muy importante que por primera vez se reconozca a través de la Justicia y de un fallo de esta naturaleza que miembros de la Policía Federal han tenido algún nivel de responsabilidad en la privación ilegítima de la libertad de Bulacio".
Los hechos ventilados en este debate ocurrieron el 19 de abril de 1991, en inmediaciones del Estadio Obras Sanitarias, en Núñez, donde se iba a desarrollar el recital de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota, y centenares de personas que se dirigían a ese escenario fueron detenidas por la Policía Federal en lo que se denominaba razzia, entre ellas Bulacio, que tenía 17 años.
Quienes detuvieron al joven en su momento invocaron el "Memorando 40", una disposición pergeñada por dos jueces correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres.
Según constancias de las actuaciones, Bulacio murió como consecuencia de un "aneurisma no traumático" tras ser alojado en la comisaría 35a, pero Espósito sólo fue procesado por su detención ilegal y nunca por el delito de torturas seguidas de muerte. El joven falleció una semana después de su detención en el Sanatorio Mitre.
Por este caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó a la Argentina el 18 de septiembre de 2003, luego de que el Estado admitiera su responsabilidad en la muerte de Bulacio, a indemnizar a su familia y a "concluir la investigación del conjunto de los hechos de este caso y sancionar a los responsables de los mismos".
En los 22 años que tuvo el expediente judicial, en la causa tomó intervención más de medio centenar de jueces. "La última vez que conté hubo 47, pero con las composiciones de cada tribunal muchos más", explicó Verdú a la agencia de noticias DyN.
22 años de burocracia
- 19/4/1991
Detención
Walter Bulacio fue apresado junto con otros cientos de jóvenes cerca del estadio Obras Sanitarias antes de un recital de Patricio Rey y Los Redonditos de Ricota - 26/4/1991
Fallecimiento
Bulacio, de 17 años, murió en el Sanatorio Mitre. La autopsia estableció que había sido golpeado con objetos contundentes - 18/9/2003
Derechos Humanos
El Estado argentino reconoció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que Bulacio fue víctima de una detención ilegítima - 8/11/2013
Condena
El ex comisario Miguel Ángel Espósito recibió una pena de tres años en suspenso