“Capacidad de pensar dañada”: suspendieron el inicio del juicio a Pity Álvarez por el homicidio de un viejo amigo
El músico debía ser juzgado por un crimen ocurrido el julio de 2018 en Villa Lugano; un informe psiquiátrico determinó que su “comprensión de lo que significa estar en un proceso se encuentra disminuida”
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El miércoles 22 de febrero era fecha prefijada para que el músico Cristian Álvarez Congiú, más conocido como Pity Álvarez, empezara a ser juzgado como autor de un homicidio ocurrido en julio de 2018 en Villa Lugano. Pero, después de conocerse un informe psiquiátrico oficial que determinó que el exlíder de las bandas Viejas Locas e Intoxicados tiene la “capacidad de pensar marcadamente dañada” y la “capacidad de comprensión de lo que significa estar en un proceso se encuentra francamente disminuida”, se suspendió el comienzo del juicio.
Así lo informaron a LA NACION fuentes judiciales. El representante del Ministerio Público en el debate, el fiscal Sandro Abraldes, presentó un dictamen donde sostuvo que “el acusado carece de las posibilidades indispensables y necesarias para el ejercicio de su derecho de resistencia a la acusación y el proceso no puede avanzar hacia la realización del debate oral y público sin avasallarlo” y adelantó que “surge clara la posibilidad de que, eventualmente, sea necesario disponer su internación involuntaria en un dispositivo adecuado para afrontar su cuadro de salud mental”.
Tras correr vista a las demás partes del proceso del dictamen del fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°29 comunicó la suspensión del inicio del debate, previsto para el miércoles próximo, explicaron las fuentes consultadas.
“Así, e independientemente de la posición articulada por esta representación pública en anteriores intervenciones, se entiende necesario, en línea con la postura ensayada por el tribunal sobre las cuestiones vinculadas al control de las medidas de seguridad, que se remitan copias de las piezas de interés al Juzgado Nacional en lo Civil N°4, judicatura que ha tenido intervención anterior en la supervisión del estado de salud mental de Cristian Álvarez Congiú. Ello, con el propósito de informar a su titular sobre el estado actual del acusado y que se evalúe si corresponde adoptar alguna medida de internación preventiva”, afirmó.
Actualmente, Álvarez, de 50 años, tiene arresto domiciliario y vive en la casa de su hermana, en el barrio Piedrabuena, en Villa Lugano. Después del homicidio de Cristian Díaz estuvo tres años y ocho meses alojado la cárcel de Ezeiza bajo el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma) del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
El músico había sido procesado con prisión preventiva el 18 de julio de 2018 por el juez en lo criminal y correccional porteño Martín Yadarola, a cargo de la investigación.
En la resolución donde procesó a Álvarez, sobre la base de las palabras de los testigos, el juez reconstruyó cómo fue la pelea que terminó en el homicidio de Díaz.
“Vos sabés quién soy, te acordás de mí, te acordás cuándo yo te llevé a la villa, vos dijiste que te faltaban cosas en la mochila y yo no soy rastrero. Una vez me dijiste que me ibas a pegar un tiro cuando te faltaron cosas en la mochila. Si vas a tirar, tirá. Si vas a tirar un tiro, tirá gato”, le habría dicho la víctima a Álvarez. Acto seguido, según el expediente judicial, el músico disparó. Después se descartó del arma y se fue con su pareja a un boliche de Ramos Mejía.
Ayer, LA NACION había informado de que los jueces Juan María Ramos Padilla, Gustavo Goerner y Hugo Navarro habían recibido un informe psiquiátrico firmado por el doctor Eduardo Burga Montoya, integrante del Cuerpo Médico Forense (CMF), dos representantes de la Defensoría General de la Nación (DGN), el doctor Ezequiel Mercurio y la licenciada Vanesa Maero Suparo.
“La capacidad de pensar, en la cual interviene muy centralmente el lóbulo frontal, se halla marcadamente dañada, lo que se observa en frases simples, de muy pobre construcción y vocabulario y casi nula resonancia afectiva. La región temporolímpica, que suele comprometer en el daño, interviene en la regulación de la afectividad, lo cual trasunta en una marcada indiferencia afectiva , depresión con falta de iniciativa para las esenciales actividades de la vida diaria que Álvarez Congiú no puede realizar si no es con ayuda. Es una persona que debe asistencia diaria para todas las actividades fundamentales”, se explicó en el citado informe.
Sobre la capacidad de compresión para estar bajo un proceso como un juicio, los especialistas dijeron que “se encuentra francamente disminuida y la capacidad para relacionarse adecuadamente en el mismo, para poder ejercer su defensa, está dañada y menoscabada, como su capacidad para pensar, que se manifiesta en una ideación pobre y concreta con escasa capacidad de reacción”.
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