ADN del crimen: droga, violencia y un tribunal que ignoró la señal del femicidio
En una época en la que ha calado hondo en la sociedad la gravedad de los delitos de violencia de género y en tiempos en los que el homicidio de una mujer cometido en ese contexto se califica con la figura de femicidio y se castiga con la prisión perpetua, un tribunal de Mar del Plata, absolvió, en 2018, a dos acusados delasesinato de Lucía Pérez, en Mar del Plata.
Esa decisión causó tanta conmoción como el homicidio de la adolescente. Una semana después que el Tribunal Oral N° 1 de Mar del Plata dictase el veredicto absolutorio, sindicatos que agrupaban a trabajadores estatales y profesores universitarios mostraron su descontento en las calles.
Hace poco más de un mes, la Sala IV de la Cámara de Casación penal bonaerense revocó las absoluciones de Juan Pablo Offidani y Matías Farías por el homicidio cometido en el contexto de violencia de género y el abuso sexual de la joven de 16 años, confirmó las condenas de ocho años de prisión por tenencia de estupefacientes para su comercialización, agravada por ser en perjuicio de menores y en la cercanía de una escuela, y dispuso que sean sometidos a juicio nuevamente.
El tercer acusado, Alejandro Alberto Farías, que llegó al juicio oral, imputado de supuesto encubrimiento del homicidio, también había sido absuelto por los magistrados del tribunal oral marplatense, que consideraron que, al no existir homicidio, no se podría endilgar al sospechoso la responsabilidad de haber encubierto un delito que no se concretó.
En el veredicto absolutorio, los jueces de Tribunal Oral N° 1 consideraron que Lucía Pérez no fue violada y ni fue víctima de un femicidio. Luego de revisar las pruebas incorporadas en el debate, los jueces establecieron que la muerte de la joven se produjo a raíz de una intoxicación por sobredosis de drogas cuyo consumo fue voluntario. Sin embargo, veinte meses después otro tribunal revisó la sentencia de los jueces marplatenses y, luego de analizar las mismas pruebas, dictó una resolución completamente distinta.
Al contrario del Tribunal Oral N° 1 de Mar del Plata,los magistrados de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal bonaerense consideraron que la menor fue abusada sexualmente y asesinada, por lo que ordenaron un nuevo juicio.
Un polémico fallo
Mientras, se designa al tribunal que deberá juzgar nuevamente a los tres acusados por el asesinato, ocurrido en octubre de 2016, los jueces que integraban el cuerpo colegiado que dispuso la absolución de Farías y Offidani, afrontan un juicio político por el fallo que provocó indignación y rechazo entre los familiares de Lucía y las distintas organizaciones que luchan contra la violencia de género.
No existen muchos antecedentes en la historia judicial argentina de casos en los que hubieran sido sometidos a juicio político los tres miembros de un tribunal oral. Actualmente, el proceso contra los tres magistrados está avanzado.
A principios de mayo de 2019, las legisladoras Lucila De Ponti, Victoria Donda Pérez, Gabriela Cerruti, Araceli Susana Ferreyra y Romina del Plá , presentaron una denuncia contra los tres integrantes del Tribunal Oral N° 1 de, Mar del Plata, que consideraron que Lucía no resultó víctima de un femicidio ni había sido violada. En los últimos días, se sumó a las denuncias de las legisladoras, una presentación realizada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino.
Se abrió así el proceso del jurado de enjuiciamiento de magistrados contra Aldo Carnevale, Juan Gómez Urso, y Pablo Viñas, quienes estuvieron a cargo del debate oral que terminó con las absoluciones de Offidani y Farías.
Según consta en la denuncia presentada por las legisladoras, los magistrados fueron acusados de supuesto "incumplimiento de los deberes del funcionario público e incompetencia o negligencia en el ejercicio de sus funciones".
Al fundar la acusación contra los jueces, las legisladoras sostuvieron que "el homicidio de Lucía ha quedado impune y que del accionar de los magistrados surge su incompetencia en el ejercicio de sus funciones, por cuanto han llevado a cabo un criterio androcéntrico incompatible con el bloque de constitucionalidad y con las exigencias que el derecho internacional de los derechos humanos plantea en relación con la incorporación de la perspectiva de género en el juzgamiento de delitos sexuales".
Según consta en el expediente, la decisión de los jueces del Tribunal Oral N° 1 de absolver a Offidani y Maciel, se apoyó en las conclusiones de los médicos Tinto, Cabrera y De los Reyes, quienes afirmaron que "lo más probable es que hubiese sido una muerte por intoxicación por sobredosis, descartando la violencia sexual".
Ese fundamento fue revocado poco más de un año y medio después por los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal bonaerense.
Vendedores de drogas
En su voto, el camarista Mario Kohan sostuvo: "Pareciera que, ante tanta intimidad ventilada, y la construcción de un estereotipo de mujer adolescente fuerte, se exigió a la víctima la demostración de un acto de resistencia, de lo contrario su presencia allí y todo lo acontecido resultó consentido por ella. Ahora bien, que Lucía no haya sido coaccionada física o moralmente a concurrir al domicilio no implica interpretar ello como la expresión de un consentimiento a mantener relaciones sexuales".
La investigación del homicidio comenzó a partir de la denuncia del médico a cargo de la sala de primeros auxilios de Playa Serena, quien encontró, abandonado, el cuerpo de Lucía.
La primera fiscal del caso, María Isabel Sánchez, había manifestado que Lucía sufrió una agresión sexual inhumana. Según la hipótesis de la representante del Ministerio Público, los agresores ejercieron una violencia extrema sobre la víctima y le provocaron lesiones íntimas severas que terminaron con la muerte de la adolescente a consecuencia de tanto dolor padecido.
A partir de la reconstrucción del homicidio realizada por los investigadores policiales y de la fiscalía se determinó que Offidani, hijo adoptivo de un reconocido escribano marplatense, y Farías se dedicaban a vender cocaína y marihuana a menores, en las adyacencias de los colegios.
El 6 de octubre de 2016, a la salida de la escuela, Farías abordó a Lucía, se pasaron los números de teléfonos. Durante los dos días siguientes el imputado le mandó un mensaje a Lucía para que fuera a buscar droga a su casa, en el barrio El Alfar.
Según fuentes judiciales, en la actualidad, el proceso de enjuiciamiento sigue adelante contra los jueces Viñas y Gómez Urso. El tercer integrante del tribunal, Carnevale, se jubiló.
Hasta el momento fueron designados los ocho abogados y cinco legisladores que integrarán el jurado que analizará la conducta de los dos magistrados del Tribunal Oral N° 1 de Mar del Plata
En la última audiencia del jurado se resolvió que era el órgano era competente para revisar las actuaciones de los dos jueces acusados y se ordenó el envío de todas las pruebas documentales antes de avanzar con el proceso.
Los acusados del femicidio, en tanto, esperan la fecha para el nuevo juicio.
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