Acoso sexual: los chats de la mujer que engañó a un adolescente en una red de juegos
La acusada, de 43 años, fue condenada por el delito de grooming a la pena de un año de prisión en suspenso y al cumplimiento de determinadas normas de conducta durante 24 meses
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El objetivo que se propuso y cumplió fue “satisfacer sus necesidades libidinosas”. Así definió la Justicia el plan criminal de una mujer de 43 años, divorciada y madre de dos hijos, que después de simular ser una joven a punto de cumplir 20, acosó sexualmente a un adolescente a quién le envió, por medio de la red social Instagram, fotos y mensajes de índole sexual. Todo quedó descubierto a partir de la denuncia de los padres de la víctima.
La semana pasada se conoció el fallo del fuero penal, contravencional y faltas porteño que condenó a la imputada por el delito de grooming, acoso de un adulto a chicos y chicas a través de Internet para obtener algún tipo de gratificación sexual o imágenes sexuales, a la pena de un año de prisión en suspenso y al cumplimiento de determinadas normas de conducta durante 24 meses.
LA NACION tuvo acceso a la sentencia donde la jueza Natalia Molina homologó el acuerdo de juicio abreviado al que llegaron la defensa de la acusada y la fiscal Daniela Dupuy, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (Ufedyci) del Ministerio Público porteño.
“Me vas a deber muchos mimos después de estas dos [por fotografías]”; “Perdón. me agarro mucha vergüenza, borra todo porfis [sic]”; “Me da más vergüenza mandarte de mi cara que de mi cuerpo”; “Te mando una solo para estimular... pero no de cara. ¿Dale?”; “No me siento incómoda con vos”, son algunos de los mensajes que mandó la acusada por Instagram al adolescente, según se desprende de la sentencia.
En un momento determinado, la imputada comenzó a enviarle mensajes donde le proponía que todo quedara en una amistad: “Quizá sea mejor que volvamos a ser lo que éramos, más amigos que amantes” y “solo tomo un poco de distancia. No te voy a eliminar. Y cuento con vos. Te elegiría como amigo siempre. Aunque vos sabes que con vos me han pasado muchas cosas”.
La investigación de la fiscal Dupuy había comenzado en febrero pasado después de la denuncia que presentó el padre del adolescente. El primer contacto entre la acosadora y el hijo del denunciante fue por la plataforma de juegos Brawl Stars.
Una vez que el engaño ya estaba en marcha, la acosadora continuó con mensajes, fotografías y audios que mandó por medio de Instagram, según informaron a LA NACION fuentes judiciales.
“La imputada conocía que la persona con la que se contactó resultaba ser menor de edad porque así se lo había dicho el adolescente. En efecto, conociendo dicha circunstancia envió imágenes y profirió frases de índole sexual, que tenían por objeto satisfacer sus necesidades libidinosas, todo ello, bajo el amparo y la confianza que posiblemente el menor depositaba en sus vínculos con personas por vías telemáticas”, se afirmó en la sentencia.
En el fallo se explicó que la imputada cumplió con las diferentes etapas del delito de grooming:
- Inicial: que fue el momento donde contactó al menor por medio de la plataforma de juego Brawl Star y luego Instagram, suplantando su verdadera identidad y edad.
- Intermedia: donde hubo intercambio de imágenes, frases y audios de contenido sexual.
- Final: la intención sexual de la imputada.
En el acuerdo de juicio abreviado, la imputada reconoció los cargos presentados por el Ministerio Público Fiscal. “Así las cosas, analizada la prueba, claramente se verifica que los elementos de convicción volcados a lo largo de la instrucción de la causa no hacen más que confirmar los términos del reconocimiento efectuado por la imputada, siendo aquel en un todo concordante con las pruebas reunidas”, explicó la jueza Molina.
La magistrada resolvió condenar a la imputada a la pena de un año de prisión en suspenso. La condicionalidad de la pena queda sujeta a que la mujer cumpla, durante dos años, reglas de conducta como “abstenerse de mantener todo tipo de relación y/o contacto personal, telefónico y/o a través de medios digitales con la víctima; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, de acuerdo a lo que los especialistas de la Dirección Medicina Forense eventualmente determinen y la realización del taller sobre violencia intrafamiliar y de género de la Fundación Volviendo a Casa y realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público”.
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