El organismo determinó que el producto de la marca Don Matías del Valle no cumplía con los registros sanitarios correspondientes y estaba rotulado de manera irregular
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país de un aceite de oliva extra virgen. Se trata de la marca Don Marías del Valle producida en la provincia de Mendoza, la cual no cumplía con los requisitos necesarios para vender al público y consideró a su producto como “ilegal”.
Mediante la disposición 2720/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud justificó su decisión para “proteger la salud de los ciudadanos” dado que luego de la investigación pertinente resolvió que la marca carecía de los registros de establecimiento y de producto marca.
La Anmat también argumentó su decisión en base a que la marca de aceite de oliva no poseía la debida rotulación y etiquetado en sus envases. Además, el número de RNE (Registro Nacional de Establecimientos) pertenece a otra razón social y el número de RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios) corresponde a otro producto, resaltó el instituto público.
En ese sentido, el organismo descentralizado subrayó que “no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad” y citó al Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que recomendó “prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.
Medicamentos de venta libre
El Ministerio de Salud, por otra parte, encomendó a la Anmat a que pueda “declarar de venta libre a aquellos medicamentos de probada calidad, seguridad y eficacia, que a través de la permanencia en el mercado nacional bajo condición de venta bajo receta, al menos durante los últimos cinco años, han probado la ausencia de efectos adversos graves, que afectaren el balance riesgo-beneficio”.
Es decir, que si en los últimos cinco años no se hubiesen producido efectos adversos graves, el Ministerio de Salud facultad a la Anmat a que declaren a los medicamentos de venta libre. Así se publicó en el Boletín Oficial.