La defensa de Álvarez había pedido considerarlo inimputable a partir de dos informes del Cuerpo Médico Forense, sin embargo, tanto el Tribunal como la fiscalía denegaron el planteo
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Pity Álvarez, el ex líder de Intoxicados y Viejas locas, lleva casi tres años detenido, acusado por un homicidio que ocurrió en Villa Lugano, el 12 de julio de 2018. A fines de febrero de este año, el juicio quedó suspendido por un informe del Cuerpo Médico Forense (CMF) que refiere una “incapacidad sobreviniente”, razón por la que su defensa pidió el sobreseimiento de Álvarez, además de su libertad. Sin embargo, el lunes último, la fiscalía desestimó el planteo de la defensa, y pidió que Pity continúe internado en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza. Ahora, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29 se manifestó en el mismo sentido que la fiscalía y rechazó el sobreseimiento del músico. Además, los jueces suspendieron el juicio hasta que la salud de Álvarez mejore.
Según los informes de la CMF entregados el 22 de marzo último, tanto los profesionales médicos como los peritos ofrecidos por las partes, señalaron que Álvarez presenta “una afección compatible con síndrome depresivo, antecedentes de uso de sustancias (dependencia), trastorno cognoscitivo no especificado y antecedente de trastorno psicótico no especificado”. Por esa razón, la defensa de Pity pidió que se lo considere inimputable.
El lunes, según informó el portal de noticias del Ministerio Público Fiscal, el fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional N°27, se opuso al sobreseimiento de Álvarez, por considerar que los informes entregados por el CMF en realidad fueron solicitados por los jueces para corroborar que Pity estuviera en condiciones de atravesar el juicio, y no para averiguar si era o no inimputable. “Se advierte con facilidad que los profesionales que evaluaron recientemente a [Cristian] Álvarez Congiu se limitaron a contestar los puntos solicitados por el tribunal en lo referente a la capacidad para afrontar el debate oral y público; sin que de ello quepa extraer conclusiones referidas a la presunta inimputabilidad al momento de comisión del delito imputado”, argumentó. En ese sentido, Abraldes también subrayó que, en 2018, el mismo CMF determinó que al momento de los hechos, Pity podía comprender el alcance y las consecuencias de sus acciones. Ahora, la decisión final quedará ahora en manos del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29, integrado por Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Cecilia Maiza.
En las últimas horas, el Tribunal decidió, igual que la fiscalía, que el pedido de sobreseimiento del músico no sea admitido. Sin embargo, los jueces Gustavo Goerner y María Cecilia Maiza consideraron que las condiciones psíquicas de Pity Álvarez no le permiten al músico afrontar un juicio oral. Por esa razón, deliberaron suspender el proceso judicial y dictaminar que, mientras Álvarez permanezca internado en PRISMA, se le realicen estudios trimestrales que monitoreen su evolución.
El hecho por el que Álvarez aguarda el juicio ahora en suspensión ocurrió en el barrio porteño Cardenal Samoré, en Villa Lugano, en julio de 2018. La investigación policial y judicial determinó que la víctima, Cristian Diaz, no estaba armada y que, luego del crimen, el líder de Viejas Locas habría descartado el arma utilizada. Luego de permanecer prófugo durante 24 horas, el músico se entregó en una una dependencia de la Policía de la Ciudad y confesó frente a los medios el asesinato: “Lo maté porque era él o yo”, explicó. “Y creo que cualquier animal haría lo mismo”.
LA NACION