A la hora de alquilar una propiedad, los inquilinos se encuentran con la necesidad de encontrar un garante que responda con su patrimonio ante un incumplimiento del inquilino. La tarea no es sencilla, mucho menos en el contexto actual en el que los nuevos contratos se firmarán en el marco de la nueva ley de alquileres sancionada a mediados del año pasado, que entre otras modificaciones, establece la obligación de que los acuerdos sean inscriptos en la AFIP. Un punto que “incomoda” a los fiadores. “Sienten que quedan más expuestos ante la AFIP”, explican los brokers inmobiliarios. En números, un estudio realizado por Zonaprop indicó que el 73,8% de los inquilinos tiene problemas para conseguir una garantía inmobiliaria.
En este contexto, Mercado Libre desembarca en el mercado de las garantías. La empresa fundada por Marcos Galperín, en conjunto con la compañía Finaer, lanzaron una alternativa para quienes buscan alquilar pero no cuentan con una garantía propietaria, por lo que a través de la plataforma podrán solicitarla. “Es una garantía que se extiende a través de una fianza que se otorga en base a un análisis de ingresos y comportamiento crediticio de quien lo pide”, remarca Diego Lema, director de Finaer.
El producto está disponible para alquileres tradicionales de departamentos, casas, PHs, quintas y locales, tanto con fines comerciales como de vivienda y la oferta incluye más de 40.000 propiedades disponibles. Si bien cada garantía extiende sus obligaciones con diferentes características, en este caso incluyen alquileres, expensas ordinarias, agua, ABL, y el soporte y acciones legales en caso de requerirse a efectos de lograr la restitución del inmueble locado.
Con esta nueva función, el usuario podrá buscar inmuebles, contactar al anunciante de la propiedad de su preferencia y también solicitar la garantía, todo a través de la plataforma. Desde la compañía explican que una de las principales diferencias con los seguros de caución es que no tienen un tope en su prestación, es decir que son asumidas sin límite temporal ni monetario, y sólo termina con la efectiva devolución del inmueble al propietario. “El seguimiento de las obligaciones se hace mes a mes, mientras que con una garantía propietaria, el locador debería incurrir en un largo y tedioso proceso judicial, costas legales hasta que en algún momento pueda recuperar su inmueble”, sostiene Lema.
El anuncio de la empresa se da en un contexto particular: la nueva ley amplió las posibilidades de garantes. La norma permite una mayor variedad de garantías: hasta ahora la más usada es el título de una propiedad inmueble y ahora se suman los avales bancarios, seguros de caución, garantías de fianza y garantías personales del locatario, que se documentan con recibos de sueldo, certificados de ingresos o equivalentes. Además, el locador no puede exigir un inmueble de garantía que valga más que el equivalente a cinco alquileres. Por otra parte, el inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar uno.
El problema surge porque el texto dice que, si el locatario ofrece dos de estas opciones, el locador tiene la obligación de elegir una. En este punto, José Rozados, director de Reporte Inmobiliario, advierte que un propietario que puede elegir si pone o no en alquiler una propiedad debería poder elegir la garantía que más seguridad le ofrezca. “Que los propietarios tengan que aceptar alguna de las garantías es mentira porque, aun cuando la ley diga eso, los dueños pueden decir que al final no van a alquilar el departamento o que apareció otro interesado. Es imposible que sea vinculante por cómo funciona el mercado”, aclara el economista especializado en el sector, Federico Gonzalez Rouco. Una recomendación que da el abogado Enrique Abatti para los propietarios es que no firmen la reserva ad referéndum de la presentación de la garantía. “Si lo hacen quedarán enganchados y deberán aceptar alguna de las garantías que se les ofrezcan”, finaliza.
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