Después de la aprobación de la ley en el Senado el 25 de febrero pasado, el sector se reunió con la AFIP para ultimar los detalles técnicos mientras espera la publicación de la norma en el Boletín Oficial
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La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, recibió ayer a representantes de las cámaras de la construcción y de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) para conversar sobre detalles específicos para la reglamentación de la ley de blanqueo para la construcción, a cargo del organismo. En diálogo con LA NACION, Iván Szczech, presidente de la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco); Damián Tabakman, presidente de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (Cedu); Carlos Spina, que lidera la Asociación de Empresarios de la Vivienda (AEV); y Jorge Pellegrini en representación de Gerardo Martínez, de UOCRA, explicaron los detalles del proyecto y hablaron del “balance totalmente positivo” de la reunión con Marcó del Pont.
El encuentro fue pedido por el sector de la construcción y se debió a que, cuando se publique en el Boletín Oficial, la ley se promulga automáticamente y comienzan a regir los plazos para blanquear dinero . El tema es que la reglamentación de la letra chica del proceso recae sobre la AFIP , la entidad que debe reglamentar algunos tecnicismos sin los cuáles no estarán las garantías para acogerse al blanqueo. “Había algunas aclaraciones que pedir. Son pequeños detalles, sin embargo indispensables, que necesitan estar reglamentados para que la ley funcione”, dice Szczech, de Camarco. El meollo está en los tiempos: en el momento en que se publique la normativa (que aún no salió en el Boletín Oficial), empiezan a correr los 60 días para entrar en el primer plazo y pagar sólo un 5% del impuesto especial. Si AFIP no reglamentó para ese entonces, no sería posible sumarse al blanqueo pero sí se estarían contabilizando los días para hacerlo. De la reunión, las cámaras se llevaron el compromiso de AFIP de que la reglamentación saldrá lo antes posible, quedando en claro que los días de demora recortan a los 60 días de plazo.
En qué consiste el blanqueo
El blanqueo -o exteriorización de capitales- para la construcción estará abierto para personas humanas, sucesiones indivisas y sociedades conformadas en el país, quienes podrán declarar ante la AFIP la tenencia de pesos o moneda extranjera, tanto en el país como en el exterior, en un plazo de hasta120 días a partir de la promulgación de la norma.
El sistema pretende estimular la rápida declaración de fondos. Así, quienes blanqueen dentro de los primeros 60 días, pagarán un 5% de impuesto especial. Hasta el día 90, la alícuota será del 10% y se duplicará (20%) para quienes ingresen al régimen en el último cuarto del plazo.
Los fondos ingresados al sistema deberán depositarse en una cuenta especial y podrán ser convertidos, de manera transitoria, en títulos públicos nacionales con la condición de que sean invertidos de manera inmediata en una obra.
Dos puntos claves
Entre las especificaciones que se conversaron hubo dos que merecen especial atención. La primera tiene que ver con el proceso que un proyecto de construcción debe transitar para constatar que tiene menos del 50% del avance de obra, lo que lo hace elegible para entrar en el blanqueo. Para asegurar rapidez en la aprobación, no será necesaria una inspección municipal ni demasiada carga burocrática, sino que bastará con una declaración jurada por parte de los profesionales a cargo de la construcción de la obra. La medida responde a que, si no se asegura rapidez para que una obra califique para entrar en el blanqueo, el plazo de 60 días se vuelve irrelevante. Mucho más, a nivel federal. “Ese tipo de cosas hay que simplificarlas, sino los 60 días se te van”, dice Tabakman. “Lo que se busca es aumentar la cantidad de proyectos elegibles para atraer la mayor cantidad de fondos”, agrega Szczech.
Otro de los puntos tratados fue el tipo de cambio a los que los dólares “blanqueados” podrán cambiarse por pesos. Básicamente, las divisas son exteriorizadas y transferidas a una cuenta especial del blanqueador (así lo dispone la ley). Luego este paga al vendedor o constructor, que necesita hacerse de pesos para pagar cualquier gasto corriente del proyecto que construye. ¿A qué tipo de cambio lo hace? “Lo que charlamos es que sea fluido el proceso para que el blanqueador pueda convertir esos dólares al valor del contado con liquidación”, contó Spina.
Ambas cuestiones, entre las más urgentes, fueron tomadas por Marcó del Pont, con el compromiso de que serán tenidas en cuenta. Después de sucesivas reuniones con funcionarios del Gobierno para diagramar la norma, las cámaras dicen que parecen estar todos en la misma página. “Creo que entendimos que estamos en el mismo barco”, enfatiza Spina. “Todos necesitamos que esto sea un éxito”, finalizó Pellegrini, de UOCRA.
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