Después de 4 años, los representantes de los Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires siguen luchando por volver a cobrar comisión por la intermediación en los contratos de alquiler
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Cansados de las idas y vueltas burocráticas, el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) presentó un recurso extraordinario para que intervenga la Corte Suprema de la Justicia de la Nación y derogue la prohibición del cobro de comisión de los corredores inmobiliarios a los inquilinos.
Esta disputa se remonta a 2017, año en que el Gobierno de la Ciudad aprobó la Ley 5898 que prohíbe a los corredores inmobiliarios cobrarle a los inquilinos la intermediación en el contrato de los alquileres habitacionales. Previamente, dicha comisión representaba un 4,15% del monto del contrato que se cobraba a los inquilinos, mientras que con los propietarios había libre pacto. Sin embargo, desde hace cuatro años que los profesionales ven cómo sus ingresos caen a la mitad por la restricción de cobrar sus servicios a los locatarios.
Esto provoca que “si un inquilino quiere ir a una inmobiliaria a que un corredor le consiga una propiedad para alquilar y le haga una búsqueda no la puede hacer porque no le puede cobrar honorarios”, explicó Jorge Irigoyen, abogado del Cucicba.
Lo que hizo la Legislatura porteña fue modificar el Código Civil y Comercial con una norma local, cuando en realidad no se pueden modificar las leyes nacionales sino que las leyes locales se deben ajustar a las de jurisdicción nacional. A raíz de esta acción, el Cucicba presentó un recurso de amparo colectivo, el cual fue bien recibido en su momento por la Sala 2 al resolver la inconstitucionalidad de la Ley local 5859. En respuesta, el Gobierno de la Ciudad y la Asociación de Inquilinos apelaron al fallo convocando un debate que se extendió por dos años sin tener conclusión alguna.
En lugar de hacer declarar la inconstitucionalidad de la ley, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) retrasó una vez más el trámite y esta vez con la excusa de una cuestión de formas. Optó por demandar que tiene que hacerse una acción de declaración de constitucionalidad en lugar de un amparo colectivo, vía que habían elegido el CUCICBA, el Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires y la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios para hacer su reclamo.
A pesar de que el recurso de amparo tiene supremacía por encima de una declaración de constitucionalidad por estar en el artículo 43 de la Constitución Nacional, “el Tribunal volvió todo para atrás y ahora quiere que las tres entidades hagan una acción declarativa de inconstitucionalidad y seguir pateando el problema para más adelante. Esto es una denegación de justicia”, opinó Irigoyen.
Frente a esa situación es que desde Cucicba plantearon un recurso extraordinario para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De fallar a favor del Colegio, la Ciudad se uniría al resto del país -excepto la provincia de La Pampa- y le permitiría a los corredores inmobiliarios cobrar nuevamente por sus servicios de intermediación en los contratos de alquiler de viviendas.
En cuanto al motivo del retraso, el abogado Irigoyen cree que “lo están pateando tanto porque el Poder Judicial de la Ciudad es totalmente afín al Poder Ejecutivo de la Ciudad. En este caso, como va en contra del poder político lo tienen planchado dos años en el Tribunal Superior de Justicia sin fallar y dictan una sentencia para patear la pelota para adelante”.
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