El índice que publica diariamente el Banco Central continúa en alza en mayo
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Mayo llegó con malas noticias para los inquilinos que tengan que ajustar el precio del contrato de locación en mayo: se enfrentarán a una suba superior al 55% a la vez que se dilatan las definiciones respecto a una posible modificación en ley de alquileres.
Estos factores afectan a la oferta de alquileres, que se encuentra en niveles mínimos, mientras las inmobiliarias afirman que los propietarios continúan quitando los inmuebles del mercado, a la espera de certezas en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados en la que se debaten los cambios de artículos claves de la ley 27.551.
En tanto, los valores de los pocos avisos disponibles acumulan aumentos por encima de la inflación.
¿Cómo se calcula el aumento del precio del alquiler? Tal como establece la legislación actual, propietarios e inquilinos deben consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica diariamente el Banco Central (BCRA) en el sitio oficial. Se trata de un indicador que contempla en partes iguales la variación de la inflación (de acuerdo al IPC que mide el Indec) y los salarios, según la remuneración promedio de los trabajadores estables (Ripte).
De acuerdo a este índice, quienes actualicen el precio del contrato en mayo, es decir, los inquilinos que lo firmaron en el mismo mes de 2021, enfrentarán una suba del 54,3% a principios de mes, llegando a un 55,9%% cuando finalice el mismo.
“El salto de inflación de febrero y marzo impacta unos meses después, entre la segunda quincena de abril y la primera de junio”, indica a LA NACION el economista Federico González Rouco.
Además, como también subió RIPTE un 7,8% en marzo, “se potencia el aumento”, apunta el economista.
De acuerdo al informe mensual que realiza el Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz (CESO), durante los primeros cuatro meses de 2022, la cantidad de departamentos ofertados para alquiler cayó en promedio 20% por debajo del valor del mismo período del año anterior.
Cuáles son los artículos que frenan un posible acuerdo
La semana pasada la Comisión integrada por legisladores del oficialismo y la oposición debía llegar a un dictamen parlamentario respecto a las modificaciones de la ley 27.551, tras cumplirse el plazo de 30 días hábiles que habían acordado a principios de abril. Sin embargo, el tratamiento se trabó por las diferencias entre las cámaras inmobiliarias y las agrupaciones de inquilinos.
A pesar de que en un principio se pensaba que esta semana sería clave, ya que desde la comisión dieron por finalizadas las consultas- la discusión con el objetivo de sacar dictamen y llevar el tema al recinto se retomará recién el 11 de mayo.
¿Cuál es el escenario en caso de que se decida modificar la ley? Para los especialistas el efecto no sería inmediato. “En principio, el punto clave ahora va a ser ver qué pasa en la comisión, qué presenta cada bloque o partido y, después, qué consenso hay para avanzar en algo que pueda llegar a Senado. Creo que ahí tiene que estar el foco, porque va a marcar mucho el ritmo de lo que se pueda esperar. Después, en tiempos, falta. Además, después el Senado también debería darle el debate que crea necesario”, indica Rouco.
Respecto a los artículos que generan más desencuentros, está el tema de la duración de los contratos - que en la actualidad es de tres años - y la actualización de precios anuales a partir de un índice que combina la inflación y el crecimiento de los salarios.
Cómo calcular el aumento del contrato de alquiler
Para aplicar el ajuste en base al ICL, se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor que arroja en dos fechas: la del inicio del contrato y en la que se hará el aumento. Para consultar el índice, los pasos son los siguientes:
- Ingresar en el sitio web del Banco Central (http://bcra.gob.ar/), ir a la pestaña “estadísticas” y luego “principales variables”. Al final de la lista, está la opción de verlo.
- El usuario podrá seleccionar las fechas de inicio y finalización del período que se quiere consultar. En primer lugar, debe colocar la fecha en la que se firmó el contrato, para saber cuál era el índice en ese momento y en la que se hará la actualización.
- Tomar el precio actual del alquiler, que será ajustado y dividirlo por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Por último, se debe multiplicar esa cifra por el índice de la fecha en la que cambia el monto de alquiler. En definitiva, la fórmula a aplicar es: el total del alquiler dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo. El valor que arroje esa cuenta será el monto del alquiler que el inquilino deberá pagar durante el próximo año, hasta que vuelva a actualizarse.
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