De acuerdo al nuevo presupuesto porteño, cambiará la forma en la que se ajusta la tasa del impuesto del ABL-Inmobiliario
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El viernes pasado, la Legislatura porteña convirtió en ley el Presupuesto porteño para 2025, que traerá, entre otras cuestiones, aumentos para la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), que es el que grava a todos los inmuebles situados en la Ciudad. De esta manera, se acordaron actualizaciones según la inflación y un porcentaje adicional que será definido de acuerdo a la zona geográfica en donde se encuentre la propiedad.
Puntualmente, la propuesta aprobada para la actualización del impuesto contempla un mayor nivel de desagregación, pasando de 7 escalas actuales a 10 escalas, lo que hará “un sistema más progresivo y equitativo”, según fuentes del oficialismo, basada en la Valuación Fiscal Homogénea (VFH). Este ajuste busca redistribuir la carga tributaria de forma más justa.
Por otro lado, prevé una reestructuración en la forma de cálculo de la tasa e incorpora de coeficiente geográfico para recomponer, gradualmente, la proporción de la tarifa en el costo del servicio. De esta manera, los inmuebles se dividirán de acuerdo a tres zonas geográficas: Zona I (sur): incremento del 2%; Zona II (centro y oeste): incremento del 3%; y Zona III (norte): incremento del 4%.
Además, con el objetivo de amortiguar las subas, se establecieron bonificaciones según la valuación del inmueble:
- Propiedades con VFH menor o igual a $26.6 millones: el aumento no superará el 20% en comparación con el impuesto de diciembre de 2024. Esta medida beneficiaría a 1.076.914 inmuebles, lo que equivale al 54% del total de las partidas.
- Propiedades con VFH entre $26.6 millones y $38 millones: el incremento estará limitado al 35% con respecto al impuesto de diciembre de 2024 anualizado. Este beneficio alcanzará al 13% de las partidas (257.391 inmuebles).
- Propiedades con VFH superior a $38 millones: la actualización seguirá exclusivamente el índice de inflación. Estas son alrededor de 670.000 partidas.
El Gobierno de la Ciudad argumentó que estas modificaciones buscan redistribuir de manera más equitativa la carga tributaria, asegurando que los aumentos sean proporcionales al valor del inmueble.
Alquileres: ¿quién paga el ABL en los nuevos contratos?
Una pregunta que muchos contribuyentes se hacen es: ¿Qué pasa en el caso de los inmuebles en alquiler? ¿Quién debe pagar el ABL, el propietario o el inquilino?
A partir del 29 de diciembre de 2023, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presentado por el presidente Javier Milei, derogó la ley de alquileres, aprobada en julio de 2020, y su posterior actualización de octubre de 2023. Por lo que, a partir de esa fecha, los contratos comenzaron a cerrarse bajo libertad contractual y regidos por el Código Civil y Comercial.
En el caso de los impuestos a pagar por el inmueble, lo habitual es que el propietario pague el impuesto inmobiliario; el monto va a depender de la valoración de la propiedad y de cada jurisdicción. Por su parte, el ABL suele pagarlo el inquilino, ya que es una tasa de servicios de alumbrado público, barrido de calles y limpieza urbana.
En coincidencia con lo expresado anteriormente, Mariano Esper, abogado especializado en el sector, analizó que tras la derogación de la normativa, “lo que sí cambió es quién paga el impuesto inmobiliario y ABL. En general el impuesto inmobiliario lo paga el propietario y el ABL el inquilino, aunque podría establecerse que lo pague todo el dueño de la unidad y no sería abusivo”.
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