Voto extranjero: cómo consultar si están empadronados para votar y qué cargos se eligen
Quienes no hayan nacido en el país, pero tengan residencia permanente y figuren en el padrón electoral, podrán sufragar en los próximos comicios
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Los ciudadanos que no hayan nacido en el territorio argentino, pero que cuenten con los suficientes años de residencia en el país y se encuentren habilitados para votar en las PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) pueden consultar el padrón que publica la CNE para conocer los detalles de su lugar de votación.
Dependiendo el caso, los electores extranjeros pueden elegir determinadas categorías de cargos, según la jurisdicción.
- Padrón electoral | Dónde voto: consultá lugar de votación para las PASO 2023
- Todas las boletas de las elecciones PASO 2023
Los extranjeros que voten en los próximos comicios no deben realizar ningún trámite específico, ya que el empadronamiento es automático y, debido a que desde el pasado 14 de julio se encuentra disponible la consulta en el padrón definitivo para las PASO y las elecciones generales, los electores pueden conocer los datos precisos del lugar donde les tocará votar.
Extranjeros que votan en Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Los electores extranjeros que residan en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán emitir su voto para los siguientes cargos:
- Jefe de Gobierno
- Legisladores
- Comuneros
Requisitos para extranjeros que votan en CABA
Para ser elector se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 16 años cumplidos
- Tener la calidad de “residente permanente” en el país en los términos de la legislación de migraciones. La residencia exigida podrá ser acreditada por cualquier medio de prueba, excepto la testimonial
- Poseer DNI de Identidad de Extranjero
- Tener registrado en el DNI de Extranjero el último domicilio real en la ciudad
- No estar incurrido en las inhabilidades que establece el Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires
De acuerdo al Artículo 62 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “el sufragio es libre, igual, secreto, universal, obligatorio y no acumulativo”. “Los extranjeros residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito, en los términos que establece la ley”, completa.
Extranjeros que votan en la provincia de Buenos Aires
Para votar se necesita el último documento de identidad habilitante y se siguen los procedimientos habituales ante las autoridades de mesa.
En la provincia de Buenos Aires, los extranjeros habilitados para votar podrán elegir los siguientes cargos:
- gobernador y vice
- legisladores provinciales
- intendente
- concejales
- consejeros escolares
Requisitos para extranjeros que votan en la provincia de Buenos Aires
Para votar en las próximas elecciones, los extranjeros residentes en la Provincia deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad
- Saber leer y escribir en idioma nacional
- Tener dos años de residencia inmediata en el municipio
- Estar inscripto en un registro especial
- Pagar anualmente impuestos fiscales o municipales que en conjunto no bajen de $200
Según los artículos 34 y 59 de la Constitución Provincial, “los extranjeros gozarán en el territorio de la Provincia de todos los derechos civiles del ciudadano y de los demás que esta Constitución les acuerda; la atribución del sufragio popular es un derecho inherente a la condición de ciudadano argentino y del extranjero en las condiciones que determine la ley, y un deber que se desempeña con arreglo a las prescripciones de esta Constitución y a la ley de la materia”.
Qué pasa si no aparezco en el padrón
Los ciudadanos que no figuren en el padrón no podrán emitir su voto en los comicios. Eso se debe a que ya pasó el momento para realizar modificaciones con el objetivo de subsanar errores u omisiones existentes: la fecha límite era hasta el lunes 24 de julio.
Así lo establece el Artículo 27 del Código Electoral Nacional, al respecto: “Los electores que, por cualquier causa, no figurasen en los padrones provisionales o estuviesen anotados erróneamente tendrán derecho a reclamar ante el juez federal con competencia electoral durante un plazo de 15 días corridos a partir de la publicación”.
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