Uno por uno, todos los cambios a la ley ómnibus que introdujo el gobierno de Javier Milei
El proyecto de ley presentado por el Gobierno sufrió más de 100 modificaciones, con la eliminación o modificación de distintos artículos que tocan áreas como seguridad, retenciones y manifestaciones
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La negociación por la ley ómnibus llevó al gobierno de Javier Milei a introducir numerosos cambios en la legislación, con lo cual logró la firma del dictamen de mayoría, si bien con la disidencia de distintos bloques opositores, que discutirán el texto final punto por punto en el Congreso.
Originalmente, el proyecto tenía más de 180 páginas y 664 artículos divididos en varios capítulos. Pero el rechazo de distintos bloques opositores a determinados puntos de la legislación llevó al Gobierno de Milei a realizar cambios y concesiones al texto original para obtener el dictamen de mayoría en el plenario de comisiones previo al tratamiento de la ley en el Congreso. De esa forma, la ley, llamada oficialmente “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” pasó de 664 artículos a 523.
De todas formas, la negociación por la madrugada en el plenario de comisiones, así como las condiciones planteadas por distintos gobernadores del interior para acompañar el dictamen de mayoría, pueden haber producido otros cambios, los cuales todavía no se conocen, y que serán parte del debate legislativo que se dará en los últimos días de esta semana en la Cámara de Diputados.
Los principales cambios de la ley ómnibus enviada por el gobierno de Javier Milei
La amplitud de los temas tratados en la ley ómnibus, que abarca áreas tan disímiles como la cultura, la toma de deuda pública, el régimen actual de biocombustibles y la seguridad, hacen que el resultado final de las negociaciones sea difícil de precisar, aunque sí se sabe que se han realizado más de una centena de cambios, al retirar o modificar diferentes artículos del proyecto legislativo.
Sin embargo, esto no significa que no se vaya a avanzar con determinados artículos eliminados en la ley ómnibus, sino que el Poder Ejecutivo aceptó tratar varios aspectos por separado en las sesiones ordinarias del Congreso. Dicho período comienza el 1 de marzo y se extiende hasta el 30 de noviembre.
Además, la delegación de facultades legislativas en distintas áreas que plantea el proyecto en su primer artículo habilita al Presidente a llevar adelante muchos de ellos, ya que “a través de la delegación legislativa se habilita la posibilidad de reemplazar el complejo procedimiento ordinario para la sanción de las leyes por el Congreso, previsto en los artículos. 77-84, por uno mucho más sencillo, que sólo requiere la decisión concurrente del Presidente y del jefe de Gabinete de Ministros”, como recuerda un artículo del Dr. Alfonso Santiago publicado por la Cámara de Diputados de la Nación.
Cambios en la declaración de emergencia
El primer artículo de la antigua ley ómnibus planteaba la declaración de emergencia en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, energética, administrativa, tarifaria, social y de defensa, con la consecuente delegación legislativa en dichas materias por dos años y la posibilidad de que el Congreso prorrogara dicha emergencia por otros dos años, es decir, la totalidad del actual mandato presidencial.
A partir de los cambios fijados en la ley, se eliminó la emergencia social y de defensa, y el plazo de la delegación legislativa sería de un año, con la posibilidad de que el Congreso pueda extenderlo otro año más. Como dicen en el proyecto de ley, “las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se lo disponga en forma expresa”.
Privatizaciones
El texto original del proyecto de ley presentado por el Gobierno proponía la privatización de la totalidad de las empresas estatales, mixtas o con participación mayoritaria del estado. Luego de las negociaciones, se decidió retirar YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) del listado y establecer que Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT (Empresa Argentina de Soluciones Satelitales) podrán ser privatizadas parcialmente, manteniendo el poder de veto de parte del Estado en las decisiones tomadas por el directorio de estas compañías.
Además, se dispone que para cada privatización deberá intervenir la comisión parlamentaria bicameral destinada a dicho fin, creada por el artículo 14 de la ley n° 23.696. De todas formas, los dictámenes de dicha comisión no son vinculantes, por lo que algunos diputados plantearon la creación de otro mecanismo de contralor, el cual será debatido en el Congreso.
El listado de empresas pasibles a ser privatizadas, que constituye un anexo de la ley, incorpora compañías como Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino, los ferrocarriles, la Agencia Télam, Fabricaciones Militares o AySA, entre otras.
Blanqueo y bienes personales
Por otra parte, el texto enviado por el Gobierno modificó parte del capítulo referido al blanqueo de capitales, así como la reforma del impuesto a los Bienes Personales.
El nuevo régimen de regularización de activos, al cual los contribuyentes podrán acogerse por obligaciones vencidas e infracciones cometidas al 30 de noviembre último, no permitirá a los sujetos no residentes en el país a declarar bienes que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros.
Por otra parte, se incorpora como sujetos excluidos a los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos cinco años, como así también se excluye a los agentes de retención con procesamiento firme. También se establece que lo producido a través del Impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central.
Sobre Bienes Personales, el Gobierno accedió a instrumentar un “premio” a contribuyentes cumplidores desde 2020 hasta la fecha. De esta forma, tendrán una reducción de la alícuota de dicho impuesto para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026.
Retenciones
Uno de los aspectos que más dificultó las negociaciones entre el Gobierno y determinadas provincias fue el capítulo de las retenciones, que el Poder Ejecutivo aceptó ahora reducir a cero para las economías regionales. Además, definieron que el Presidente ya no tendrá la capacidad de aumentarlas unilateralmente, sino solo de reducirlas.
Sin embargo, se mantendrán bajo este esquema otras actividades y productos como las exportaciones industriales, la pesca y la producción de malta, que pasarán a pagar el 15% de derechos de exportación. También se mantiene la suba de la alícuota del 31 al 33% para los subproductos de la soja y el incremento del 12 al 15% en las retenciones para trigo y maíz.
Por este motivo, muchos legisladores firmaron en disidencia al dictamen de mayoría, por lo cual este aspecto se debatirá puntualmente en el Congreso, lo cual podría modificar el contenido final del proyecto de ley, aunque el Gobierno ya manifestó la importancia que le asignan a la ampliación y aumento de retenciones en su objetivo de lograr el déficit fiscal cero.
Manifestaciones
El apartado destinado a la Seguridad contenía un aspecto polémico, según el cual se establecía que una reunión de tres personas en el espacio público podía ser considerada una manifestación, la cual debía tener un permiso oficial para realizarse. Aunque la ministra del área, Patricia Bullrich, prometió eliminar dicho artículo, el 331 de la ley ómnibus, al final solo se incrementó de tres a 30 la cantidad de personas a partir de las que se considera que componen una “manifestación”.
El resto de las definiciones, como la restricción para congregarse con niños menores de 13 años, la imposibilidad de bloquear la calle y la obligatoriedad de responsabilizar a los organizadores de los daños o gastos ocasionados por el operativo de seguridad, persisten en el detalle del texto.
Jubilaciones
Otro aspecto polémico fue la eliminación de la ley de movilidad jubilatoria planteada por el oficialismo. La última concesión del Gobierno es “cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual” y que, a partir de abril, “comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del Indec”. Así, “se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”, según afirma el oficialismo.
Sin embargo, el sector más dialoguista de la oposición pretende que la indexación mensual de los haberes jubilatorios opere a partir de enero. Como se dijo, el Gobierno propone que sea desde abril y que, para el cálculo de la actualización que debería aplicarse en marzo, se tome la actual fórmula de movilidad, la cual se determina por la variación salarial y la recaudación de impuestos.
Pero esta modalidad que propone el Gobierno le permitiría al fisco esquivar la actualización de los haberes en los meses de mayor disparada inflacionaria, ya que en diciembre el índice del IPC trepó al 25,5% y se estima que este mes orillaría el 20%. Desde el radicalismo advirtieron sus reparos, por lo que difícilmente sus legisladores acepten esta oferta, que será debatida puntualmente en el Congreso.
Reformas electorales
Originalmente, la ley ómnibus contenía una serie de modificaciones electorales que incluían la eliminación de las PASO, la actualización en la composición de la Cámara de Diputados que corresponde a cada provincia y el paso a un sistema de representación uninominal, donde los legisladores se dividen por distritos y sólo hay un ganador en cada uno de ellos. Si bien dicho sistema eliminaría la lista sábana, voces críticas sostuvieron que también mermaría la representación de partidos minoritarios, por lo que el Gobierno aceptó debatir todos los cambios en el sistema electoral en el período de sesiones ordinarias.
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