Gustavo Ferreyra: "Cinco miembros en la Corte me parece muy ajustado; hay que desconcentrar el poder"
El catedrático Raúl Gustavo Ferreyra, profesor titular de Derecho Constitucional de la UBA y uno de los integrantes de la Comisión de Expertos que recomendará eventuales reformas en el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia se pronunció por la creación de un tribunal intermedio que atienda las cuestiones de derecho común y que el máximo tribunal quede reservado para entender los temas de constitucionalidad de las normas.
Colega de Alberto Fernández como profesor en la UBA, y cercano al exjuez de la Corte Eugenio Zaffaroni, Ferreyra rechaza la idea de que la tarea que le encomendó el presidente esté vinculada con cuestiones políticas o la impunidad de Cristina Kirchner y destaca que son "un grupo de técnicos que tiene que elevar una recomendación al Presidente, un dictamen, que luego tendrá o no forma de una ley del Congreso, no vamos a reformar la Constitución".
-¿Cuáles son las ideas que impulsará en la comisión?
-La Constitución es una máquina del tiempo y todas las constituciones tienen leyes orgánicas para ponerlas en funcionamiento. La Constitución se reforma muy poco y lo que debemos pensar es en la actualización de esas las leyes orgánicas que ponen en funcionamiento las piezas de relojería de la Constitución. Esos instrumentos deben ser repensados en el siglo XXI porque son del siglo XIX. Esta pieza de relojería nos sirve para vivir en comunidad. Por eso hay que dar respuesta al juicio por jurados, la posición del Ministerio Público, la naturaleza y funciones del Consejo de la Magistratura y el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia.
-¿Cuál es la extensión de su trabajo?
-No vamos a hacer ningún cambio constituyente, a raíz de la distinción que nos hizo el Presidente vamos e elevar un informe sobre estas materias y darle nuestros pensamientos a partir del enfoque individual sobre estas cuestiones.
-¿Qué relación tiene esta reforma con lo que señala la oposición que es la búsqueda de la impunidad de Cristina Kirchner?
-No me convocaron para estudiar ninguna causa vinculada con la vicepresidenta sino para dar mi opinión en general sobre estas cuatro cuestiones que he hablado. El juicio por jurados está en la Constitución Nacional desde el siglo XIX, discutimos estas ideas que ya funcionan en algunas provincias, no estamos inventando nada, ya está inventado. La pregunta que debemos hacernos es si estamos satisfechos con este panel de enjuiciamientos y después de un siglo y medio, si no será el momento de ponerlo en práctica y que la justicia sea dictada en nombre del pueblo.
-¿La Corte tiene que ser un tribunal constitucional, exclusivamente?
- La Corte fue concebida en el siglo XIX tomando como modelo la Corte de los Estados Unidos y el modelo de Alberdi. En 1909 en el fallo Rey la Corte incluyó en el menú de su tarea las sentencias arbitrarias, que son sentencias que dicta la Corte en 111 años para resolver cuestiones de derecho común, civil, comercial, tributario. La Corte así termina siendo un tribunal de sentencias arbitrarias de 24 jurisdicciones, un tribunal casatorio (tribunal que revisa los casos de derecho común), uniformando jurisprudencia, y perdió el rumbo de tribunal constitucional. Debería recuperar el rol de tribunal constitucional como poder.
-¿Hay que ser más restrictivo con los casos que llegan a la Corte?
-La cantidad de causas que debe tratar la Corte debe ser infinitamente menor. Hay que regular racionalmente los requisitos de admisibilidad y la procedencia de que una causa llegue a la Corte y pensarlo nuevamente.
-¿Cuál es la idea que esbozó en sus publicaciones sobre la conveniencia de un tribunal intermedio?
-Es una idea que ya se ha ensayado en los 80 y en los 90 en otros países, acerca de crear un tribunal intermedio para resolver las cuestiones vinculadas con la casación del derecho. Históricamente la Corte declaró en promedio 2 o 3 inconstitucionalidades al año, por eso si reservamos a la Corte el papel de que solo estudie los casos de inconstitucionalidad le estamos reservando el papel de intérprete máximo en la realización jurisdiccional de derecho de la Argentina.
-¿Hay que ampliar el número de jueces de la Corte?
-Brasil por ejemplo tiene 11 jueces, Colombia 9 en su Corte Constitucional. No están divididas en salas. Esto no quiere decir que yo piense que este debe ser el número de jueces. El número lo discutirá la comisión. Aquí ensayamos con 5, 7 y 9 jueces, pero preferiría discutirlo primero con los colegas. Cinco miembros me parecen muy ajustado para expresar todas las comprensiones que hay en la Argentina, entendiendo comprensiones como cosmogonía. Yo pienso que hay que desconcentrar el poder.
-¿Se refiere a que debe haber representación federal y también de género o edad?
-La Constitución fija una edad límite de 75 años y hasta ahora solo se retiró Eugenio Zaffaroni a esa edad. La Constitución –como máquina del tiempo- requiere que todas las generaciones participen de la generación de la constitucionalidad. Tenemos que pensar en la Corte tenga la mayor comprensión, por la proyección en el tiempo que tiene la actuación de los jueces.
-. ¿La Corte debe dividirse en salas?
-Pienso que si encaramos por el tribunal intermedio no veo necesaria la división en salas.
-¿Qué número de jueces debería tener ese tribunal intermedio?
-No lo sé, lo discutiremos, pero sí debería abarcar a especialistas en todas las materias del derecho, excepto la penal, pues ya existe la Cámara de Casación Penal. Ese tribunal intermedio yo lo llamaría Tribunal Supremo.
-¿Se trata de volver a las fuentes?
-Vamos a elaborar un régimen más claro y transparente. Retomaremos el legado de Juan Bautista Alberdi cuando escribió: la Corte Suprema solamente debe comprender asuntos u "objetos de interés para todo el Estado" y de ningún modo los asuntos ordinarios de naturaleza civil, penal, comercial de cada provincia. La Corte así quedaría circunscripta a las cuestiones de constitucionalidad y la uniformidad del derecho y la arbitrariedad de sentencia la resolvería un tribunal supremo. No propongo nada distinto que lo propiciado por Alberdi en 1852.
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