Un juez admitió tratar como proceso colectivo un amparo contra el megadecreto de Milei
Se trata de la primera demanda presentada en los tribunales en lo contencioso administrativo; los denunciantes pidieron dejar sin efecto el DNU
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El juez federal en lo contencioso administrativo Esteban Furnari admitió tratar como proceso colectivo la primera demanda presentada contra el mega DNU firmado por Javier Milei el miércoles pasado y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.
Este es el primer paso que tomó el juez en el proceso judicial y no implica un pronunciamiento sobre si es admisible o no avanzar contra el DNU. Sí, eventualmente, el Estado nacional, actor demandado, deberá responder frente a los cuestionamientos motivados por la firma del DNU que apunta a desregular la economía. Para resolver el juez deberá llevar adelante una serie de medidas de prueba.
Al admitir un proceso colectivo se impide que haya otras acciones, porque un proceso colectivo concentra todos los casos en uno solo. Si este proceso fuera rechazado, habría una situación de cosa juzgada para todas las personas.
“Entiendo que el presente proceso debe ser inscripto en el aludido registro, sin que ello suponga –claro está- abrir juicio a esta altura sobre la admisibilidad formal del amparo o sobre su procedencia como así tampoco con relación al pedido cautelar”, consideró el juez. Y le corrió vista al Ministerio Público Fiscal para que se expida sobre la demanda.
El demandado es el Estado nacional y esta acción de amparo pretende que el Decreto de Necesidad y Urgencia sea declarado inconstitucional y por ende dejado sin efecto.
La entidad que demandó al Estado y motivó la apertura de este proceso es la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad. La presentación también llevó la firma del economista y exdirector del Banco Nación Claudio Lozano. Sumaron sus firmas a la demanda también los dirigentes sindicales de ATE Hugo “Cachorro” Godoy y Rodolfo Aguiar. Sostuvieron que el DNU viola derechos constitucionales.
La demanda señala que “el decreto viola los principios de división de poderes, el bicameralismo establecido en nuestro régimen constitucional, los principios democráticos y de corrección funcional que informan todo el texto constitucional”.
“Este DNU no tiene por objetivo afrontar la solución coyuntural y transitoria de una situación de emergencia en circunstancias excepcionales, sino establecer un nuevo rumbo social y económico para el país de forma permanente”, dice el texto del amparo.
Sostiene además que “la envergadura de este paquete” equivale a afirmar que “el Poder Ejecutivo se ha arrogado facultades extraordinarias y facultades equivalentes a ejercer la suma del poder público”.
Esta no es la única demanda motivada por la firma del DNU. Ayer el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad y solicitó una medida cautelar. Ese otro proceso, por ahora, se encuentra a cargo del juez federal Pablo Cayssials, pero podría terminar acumulada en el juzgado de Furnari.
Quien deberá encabezar la defensa del Poder Ejecutivo en estas demandas es Rodolfo Barra, el procurador del Tesoro de la Nación y jefe de los abogados del Estado, con amplia trayectoria como abogado en el mundo del derecho administrativo y de buen vínculo con Sergio Fernández, el camarista en lo contencioso administrativo con gran influencia en ese fuero.
Esta demanda, una vez resuelta por el juez de primera instancia, puede ser recurrida ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y luego, ante la propia Corte Suprema de Justicia, que tendrá la última palabra.
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