Un fallo devuelve fondos a provincias
La Corte ordenó restituir a Santa Fe y San Luis unos $ 30.000 millones
Hasta ayer, el Gobierno les descontaba a Córdoba, Santa Fe y San Luis, por año, unos $ 7000 millones de la recaudación coparticipable. Ahora, deberá remitirles puntualmente esas sumas. Pero, además, deberá negociar cómo les devuelve a Santa Fe y San Luis lo que les retuvo indebidamente desde 2006, esto es, unos $ 30.000 millones más los intereses.
Por ahora, Córdoba recibirá a futuro 4900 millones más por año, porque la Corte, para esa provincia, sólo dictó una medida cautelar. Pero en no mucho tiempo dictará una sentencia definitiva, como la que benefició a las otras provincias. Y en ese momento Córdoba también será acreedora de un retroactivo de 50.000 millones más intereses.
Eso es lo que surge de seis fallos que estaban largamente demorados en la Corte Suprema y que el máximo tribunal dictó ayer, cuando faltan 15 días para que asuma el nuevo presidente: el tribunal declaró inconstitucionales una ley que les descontaba a las provincias el 15% de la coparticipación para financiar la Anses y, también, varios decretos por los que les retenía otro 1,9% en favor de la AFIP.
Apenas enterados del fallo, los principales economistas de Mauricio Macri entraron en alarma, no tanto por el fuerte impacto que los fallos tienen en el flujo de la coparticipación -en rigor, el dinero corresponde a las provincias y Nación no puede retenerlo-, sino también por el stock de deuda: ahora, Macri deberá sentarse con los gobernadores para determinar el monto exacto de aquellas deudas y cómo las paga, sea en pesos o en bonos, o cómo las compensa con débitos provinciales. Y, además, puede habilitar el reclamo de otras provincias.
Los fallos involucran a tres provincias porque son las tres que presentaron demandas, en 2006, contra el gobierno nacional. En ese momento gobernaba Néstor Kirchner y las detracciones las continuó haciendo la gestión de la presidenta Cristina Kirchner.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, sostuvo ayer que esa sentencia "busca solucionar un grave problema institucional que padecieron las provincias" y negó que sea perjudicial para la próxima administración: la Corte le da a Macri un plazo de 120 días para determinar el monto de las deudas y renegociar con las provincias. Y su colega el ministro Juan Carlos Maqueda dijo que esos fallos "están entre los más importantes de los últimos 15 años".
En un primer paquete, con la firma de los ministros Lorenzetti, Carlos Fayt y Maqueda -Elena Highton no votó, pero tampoco hizo disidencia-, la Corte volteó el 15% que Nación retenía para financiar la Anses.
Aquella deducción había sido originalmente pactada en un acuerdo de 1992, entre el entonces presidente Carlos Menem y los gobiernos provinciales. El acuerdo fue ratificado por la ley nacional 24.130 y prorrogado mediante diversos pactos. El problema surgió porque el 1° de enero de 2006 vencieron aquellos pactos: las tres provincias se negaron a volver a firmarlo, pero el entonces presidente Néstor Kirchner lo extendió unilateralmente, mediante la ley 26.078, a la que luego no adhirieron las provincias. Ayer, la Corte declaró inválido el artículo 76 de esa ley, que disponía la prórroga.
El tribunal consideró que la ausencia de manifestación de acuerdo o adhesión a ese régimen por parte de las provincias invalida esa norma dictada por el Congreso. Además, sostuvo que esa deducción no podía ser considerada una asignación específica de recursos coparticipables, porque no había sido dictada de acuerdo con los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3° de la Constitución Nacional.
Por eso, ayer, la Corte dictó un fallo que tendrá fuertes consecuencias:
-Primero, ordenó que el Gobierno deje de retener esos fondos, en forma inmediata, bajo apercibimiento de ordenar al presidente del Banco Nación que cumpla con la orden en el plazo de diez días. Esto significa que este año la provincia de Córdoba verá aumentar el flujo de la coparticipación en 4900 millones de pesos -el año pasado le hubieran correspondido 3600 millones, pero este año la suma aumentó-; Santa Fe, 2000 millones, y San Luis, 1000 millones.
-También ordena al Gobierno que devuelva a las provincias la suma retenida indebidamente desde enero de 2006 más los intereses que correspondan. Como la resolución que beneficia a Córdoba, se dijo, es una cautelar, rige a futuro y todavía esa provincia no se benefició de una condena que fije el pago retroactivo a 2006. Pero San Luis y Santa Fe sí pueden exigir el retroactivo: Santa Fe, 20.000 millones, y San Luis, 9000 millones.
-El fallo incluye una advertencia: si las partes no se ponen de acuerdo en esos 120 días sobre el monto exacto de las deudas y la forma de pago o compensación, la Corte lo determinará de oficio.
-Finalmente, la Corte también exhortó al Congreso y al Gobierno a que, luego de transcurridos casi 20 años desde la fecha fijada por la reforma constitucional de 1994 para dictar una nueva ley de coparticipación federal, comiencen a trabajar en esa materia: la Corte quiere que los acuerdos entre la Nación y las provincias "garanticen la remisión automática de fondos; que se contemplen criterios objetivos de reparto y que la distribución sea equitativa, solidaria y que dé prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo" según dice el art. 75 inc. 2 de la Constitución.
Tampoco para la AFIP
Por otro lado, la Corte, en otro grupo de fallos, también declaró inconstitucionales los arts. 1°, inciso a), y 4° del decreto 1399/01 del Poder Ejecutivo: ese artículo había establecido una deducción de recursos coparticipables equivalente (en la actualidad) al 1,9% de la recaudación neta total de los tributos que recauda la AFIP.
El tribunal declaró que esos fondos eran coparticipables y en consecuencia debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias de Santa Fe y San Luis. Según la Corte, esa deducción tampoco podía ser considerada una asignación específica para la AFIP, porque no había sido dictada de acuerdo con los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3° de la Constitución Nacional.
La Corte Suprema explicó que al dictar el decreto el Poder Ejecutivo había actuado sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al presidente la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables.
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