Un aliado del oficialismo reclamó ante la Justicia que se suspendan las subas en las tarifas de electricidad
Se trata del mendocino José Luis Ramón; apuntó contra la secretaría de Energía y el Ente Regulador de Electricidad
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Un aliado del oficialismo, el exdiputado nacional mendocino José Luis Ramón, presentó una demanda colectiva contra el Estado para que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de los aumentos del servicio de energía eléctrica en todo el país. Con esta presentación judicial, que apunta contra la Secretaría de Energía y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), Ramón pretende que se suspendan las últimas subas dispuestas por el Gobierno que, en promedio, alcanzan el 18% en la factura final.
“Nosotros le pedimos a la Secretaría de Energía, al ENRE y a CAMMESA que nos informen qué pasó con las inversiones que prometieron durante el gobierno de Mauricio Macri cuando se les autorizó un aumento del 700%. Hemos presentado más de 24 pedidos de informes: ninguna de las prestadoras puede demostrar haber realizado inversiones, por eso no corresponde ningún aumento”, sostuvo Ramón.
El exdiputado nacional, quien asumirá en los próximos días como diputado provincial de Protectora en el Frente de Todos, realizó la demanda en representación de los usuarios de energía eléctrica de todo el país. En su presentación, que quedó radicada en el juzgado contencioso N°11, a cargo de Diego Cormick, el dirigente mendocino reclamó que se retrotraigan las resoluciones N°105/2022 de la Secretaría de Energía y sus anexos, así como las resoluciones dictadas para autorizar los aumentos en las distribuidoras de los distintos puntos del país.
El texto sostiene que las resoluciones violan los derechos de protección de intereses económicos de usuarios y consumidores, como su derecho a “obtener información adecuada y veraz, a la defensa de la competencia contra la distorsión de mercados y control de monopolios, y a la calidad y eficiencia de los servicios públicos”.
También pidió la declaración de nulidad genérica de toda facturación derivada de estas resoluciones y la devolución de los montos cobrados a usuarios residenciales; micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el INAES; instituciones de salud y educativas públicas; entidades de bien público; mutuales; asociaciones sin fines de lucro y fundaciones.
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