Triunfo del Gobierno: la Corte Suprema declaró constitucional la ley de medios
Sólo 48 horas después de la derrota electoral del oficialismo, el tribunal sorprendió con una decisión crucial para el Gobierno; Lorenzetti, Highton, Zaffaroni y Petracchi votaron en conjunto a favor; Maqueda y Argibay, con disidencias, y Fayt, en contra
En un fallo con profundas implicancias políticas, la Corte Suprema declaró ayer la constitucionalidad de toda la ley de medios audiovisuales, una norma sancionada por el Congreso en 2009, que en el caso del Grupo Clarín había sido frenada por una presentación judicial.
Apenas 48 horas después de la peor derrota que haya vivido el kirchnerismo en las urnas, el máximo tribunal, que preside Ricardo Lorenzetti, dictó una de las sentencias de más alto impacto en la historia argentina y le brindó al Gobierno un éxito político y judicial categórico.
Los ministros Lorenzetti, Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton dijeron que la ley es constitucional en todos sus tramos y que debe ser inmediatamente aplicable. Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda votaron con una disidencia parcial por considerar que la ley no es aplicable en este caso. Y Carlos Fayt dijo que toda la ley es inconstitucional. Estos tres últimos afirmaron que la norma viola el derecho de propiedad del multimedios sobre sus licencias y la libertad de prensa.
Sin embargo, este fallo, que sorprende por la dureza con la que rechaza todos los planteos del Grupo Clarín, no es el punto final del largo conflicto entre el Gobierno y el multimedios.
En efecto, a partir de ahora, como lo reconoce expresamente la propia Corte –que dispuso expresamente que el plazo de adecuación de un año ya está vencido–, la discusión pasará por la forma en la que se llevará a cabo el proceso de desinversión de las licencias de TV, radio y cable del Grupo Clarín. Y esto podría generar una infinidad de nuevos litigios, que podrían tardar más tiempo.
Mientras la empresa estudia distintas alternativas, que incluyen presentar un plan de adecuación y recurrir, también, a los tribunales internacionales, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, dijo que "los plazos ya están vencidos" y que "la Corte ratificó todo lo que planteábamos, por lo que vamos a continuar con todos los mecanismos necesarios para que el Grupo Clarín cumpla la ley".
Dirigentes de la oposición criticaron el fallo y la diputada Elisa Carrió, que cuestionó que el tribunal haya sido permeable a las presiones que ejerció el Gobierno, anunció que denunciará penalmente a Lorenzetti y que pedirá su juicio político.
Entre los argumentos del fallo dictado ayer se destacan los que marcan que:
–Los medios de comunicación "tienen un rol relevante" en la opinión pública, por lo cual el Estado tiene un interés incuestionable en regularlos.
–El Congreso puede optar por dejar a los medios librados al funcionamiento del mercado o, por el contrario, puede dictar una ley "que establezca las pautas que considera más adecuadas para asegurar el debate público".
–Para la mayoría del tribunal, el Grupo Clarín no puede invocar que tiene un derecho adquirido a explotar sus licencias de radio, TV y cable hasta el final del período de explotación, y la ley debe aplicarse en forma inmediata. Y si el multimedios se siente perjudicado, lo que debe hacer es reclamar, tan sólo, una indemnización por daños y perjuicios.
–La Corte acepta como válidas todas las restricciones de la ley, entre las que figuran que la empresa, en una misma ciudad, no pueda explotar el servicio de cable y un canal abierto de TV; poseer más de diez licencias en todo el país, y que el cable no pueda llegar a más del 35 por ciento de abonados.
–El interés de la comunidad está por encima del interés privado.
–Para la Corte, lo importante es ver cómo la Afsca intenta aplicar la ley en forma concreta y si el Grupo Clarín se siente perjudicado, deberá litigar nuevamente.
Tres jueces –Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt–, los más moderados y liberales de la Corte, tuvieron argumentos distintos de los de la mayoría.
Argibay y Maqueda, en una disidencia parcial, llegaron a conclusiones absolutamente contrarias a las de sus cuatro colegas y, junto con Carlos Fayt, estuvieron dispuestos a proteger la libertad de expresión y el derecho del Grupo Clarín a la propiedad sobre sus licencias.
"Existe un derecho digno de protección jurídica del Grupo Clarín, que a partir de la expresa conformidad del Estado realizó inversiones económicas y desarrolló un proyecto periodístico con la legítima confianza de que sus licencias se mantendrán hasta su vencimiento", dijo Maqueda.
"El Estado debe respetar los plazos de duración de las licencias", porque interrumpirlas significa dar paso a "presiones indebidas en la línea editorial de los medios", dijo Argibay.
"Estimo que el cese compulsivo de licencias que está en la base del artículo 161 –que la mayoría declararon válido– es una grave restricción a los derechos del Grupo Clarín y al ejercicio de la libertad de expresión que ejerce en el marco de esas licencias", agregó la jueza, que recordó el clima de confrontación que rodeó la sanción de la ley. Zaffaroni, en cambio, opinó que "es uno de los fallos más trascendentes de esta Corte", y admitió que el fallo lo podrían haber sacado antes, pero que prefirieron hacerlo después de las elecciones para no interferir políticamente.
Del editor: qué significa.
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