Tragedia de Once: Julio De Vido seguirá libre, pese a tener una condena confirmada
El Tribunal Oral Federal 4 dispuso que siguiera en libertad, controlado con una tobillera electrónica, porque todavía le queda pendiente un recurso en la Corte Suprema
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El Tribunal Oral Federal 4 rechazó un planteo para que el exministro kirchnerista Julio De Vido quede detenido por la confirmación de su condena a cinco años y ocho meses de prisión por la tragedia de Once. El exministro de Planificación seguirá libre hasta que la Corte Suprema, que no tiene plazos para definir, confirme su condena.
Los familiares de las 51 víctimas habían pedido su detención, pero esta mañana los jueces Néstor Costabel, Jorge Gorini y Ricardo Basílico firmaron un fallo en el que resolvieron que siguiera en libertad con restricciones, como la prohibición para salir del país. También resolvieron pedir un estudio para aplicarle una tobillera de vigilancia electrónica, como había pedido el fiscal ante el tribunal oral Patricio García Elorrio.
Julio De Vido está en libertad y nunca estuvo detenido por esta causa. En sus últimas declaraciones públicas aludió al concepto de Lawfare y habló de que todavía hay “presos políticos”. El tribunal que lo condenó lo encontró por Once lo encontró culpable del fraude al Estado, pero no por las 51 muertes. Y lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.
Para el Tribunal Oral Federal 4, De Vido fue “partícipe necesario” de una defraudación al Estado cuyos autores fueron empresarios del transporte a los que él, como ministro, debía controlar.
De Vido estuvo preso en el penal de Marcos Paz con prisión preventiva por el caso Río Turbio, por la causa de los cuadernos de las coimas y la investigación conocida como “gas licuado”, pero en diciembre de 2019 se le concedió el arresto domiciliario y finalmente, en marzo del año pasado, fue excarcelado.
La Cámara de Casación Penal había rechazado el recurso extraordinario de De Vido contra la condena que le impuso el TOF 4 en octubre de 2018. De Vido fue en queja a la Corte Suprema y a ese factor le atribuyeron los jueces Gorini y Basílico la decisión de no ordenar su detención. “La vía recursiva no se encuentra agotada”, consideraron los jueces, y dijeron que por ende la condena no está firme.
La situación de De Vido se vio beneficiada por la entrada en vigencia de seis artículos del nuevo Código Procesal Penal que dilatan el cumplimiento de su condena y establecen que una pena solo se puede ejecutar cuando queda firme por la Corte Suprema.
Fue, precisamente, el artículo 375 el esgrimido por la defensa de De Vido, que lleva adelante el abogado Maximiliano Rusconi, cuando acudió en queja a la Corte para que la sentencia sea revisada. Y ese fue el planteo utilizado hoy por los jueces del TOF 4 para mantenerlo en libertad.
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