Desde el regreso de la democracia: todas las veces que el Congreso intentó frenar decretos presidenciales
Aunque el Poder Legislativo nunca pudo derogar un DNU, es la sexta ocasión desde el regreso de la democracia en la que una de las dos Cámaras rechaza un decreto del Poder Ejecutivo
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Aunque todavía no hay precedentes de que el Congreso rechace en su conjunto un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de un Presidente, el voto negativo del Senado al megadecreto de Javier Milei representó la cuarta vez en la que la Cámara alta se pronunció en contra de un DNU desde el regreso de la democracia. Y fue la sexta ocasión, también desde 1983, en la que una de las Cámaras manifestó su reprobación, ya que en 2010 Diputados votó en contra de dos decretos de la entonces presidenta, Cristina Kirchner. Tanto en los tres antecedentes del Senado, como en los dos de Diputados, la otra cámara no convalidó la decisión, por lo que todos los DNU continuaron en vigencia.
En 2020, durante la presidencia de Alberto Fernández, la Cámara de Senadores reprobó los decretos 256/2015, 102/2017 y 1053/2018, todos efectuados por el Ejecutivo de Mauricio Macri. El primero de ellos, firmado el 24 de diciembre de 2015 -dos semanas después de llegar al gobierno- dispuso la transferencia del Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (DICOM) desde la Procuración General de la Nación a la la Corte de Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Es decir, las escuchas telefónicas pasaron a ser controladas por el máximo tribunal judicial del país.
En el mismo 2020 el Senado votó en contra de los decretos 102/2017 y 1053/2018. El primero de los dos se trató de una reforma al DNU del 24 de diciembre de 2015, por el que se estableció que la CSJN debía dictar el reglamento de funcionamiento de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado y que esa Dirección tenía que estar a cargo de dos jueces penales con rango de juez de Cámara. Por otra parte, el decreto 1053/2018 establecía una compensación “de carácter excepcional” a distribuidoras de gas por los cambios “generados exclusivamente por la variación del tipo de cambio” luego de la devaluación que se produjo ese año.
El voto negativo del Senado al DNU de Milei, no obstante, presenta algunas particularidades. Según subrayó el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez a LA NACION, se trata del “primer rechazo de la Cámara Alta sin dictamen previo desde 1994, año en el que se reformó la Constitución y se incorporó la figura del Decreto de Necesidad y Urgencia”.
El jurista especializado en derecho constitucional señaló: “La gran diferencia con los rechazos anteriores, según los argumentos constitucionales que escuché por parte de los legisladores, es que este decreto es especial en términos de que modifica un montón de normas de manera definitiva o las deroga, como nunca antes había pasado”. Gil Domínguez remarcó que “el DNU intenta establecer un mecanismo de sustitución del Congreso como nunca había pasado”.
“Me parece que la diferencia está dada no en tanto las materias, sino en lo que se intentó con este decreto”, apuntó el jurista. “Ya tuvimos el rechazo inédito en Senadores, ahora veremos qué pasa en Diputados, si uno hace una proyección simplista debería producirse lo mismo”, advirtió el constitucionalista Daniel Sabsay, al ser consultado por LA NACION.
“Por lógica, debería proyectarse un equivalencia en Diputados de lo que pasó en Senadores, en relación a los gobernadores que votaron en contra, pero uno nunca sabe. Esto pareciera que lleva a una lógica de negociar con el Pacto de Mayo mediante, pero las declaraciones de Milei no ayudan”, señaló Sabsay.
“Él [Milei] desconoce lo que es el juego democrático y cómo se trabaja el disenso. Es muy incierto lo que puede pasar inclusive en Diputados, que no tiene plazo para pronunciarse, pero no creo que tarde mucho porque esto genera una incertidumbre jurídica”, valoró el constitucionalista.
“Lo importante a tener en cuenta es que la ley que reglamentó los DNU, la ley 26.122 de 2006, determina que para que el DNU sea válido es suficiente con que una cámara lo convalide, mientras que para ser rechazado necesariamente necesita del pronunciamiento de ambas cámaras y que lo hagan de manera separada”, explicó Sabsay, director de la carrera de especialización en derecho constitucional de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Ahora, Diputados
Los 257 diputados son quienes, tras la votación en el Senado de este jueves, tienen en sus manos la decisión final sobre el DNU que ya se encuentra en vigencia desde fines de diciembre, con la excepción de la parte laboral -que fue suspendida por la Cámara del Trabajo en enero- y la implementación de las sociedades anónimas deportivas, que esta semana fue frenada por la Cámara Federal de San Martín.
El constitucionalista Pedro Caminos aclaró a LA NACION que en este tipo de casos ”no se sigue el procedimiento de una ley, por el que cuando una Cámara lo aprueba entonces pasa a la otra para que lo trate, sino que cada Cámara lo discute por su cuenta”.
En relación a cuándo debería el cuerpo que preside Martín Menem pronunciarse sobre el DNU, Caminos sostuvo, al igual que Sabsay, que “no hay un plazo establecido y tampoco hay nada de jurisprudencia en lo que respecta al plazo razonable”. Sin embargo, el jurista puntualizó que la ley 26.122 que regula los decretos “establece que el tratamiento tiene que ser inmediato”.
“Son diez los diputados que pueden pedirle al presidente de la Cámara tratar un tema determinado. Si eso se produce, el presidente está obligado a notificar a los diputados y no puede boicotear la sesión”, resaltó Caminos.
Los dos rechazos de Diputados
Luego de las elecciones legislativas de 2009 en la que el entonces gobernante Frente para la Victoria (FPV) tuvo una dura derrota en todo el país y, en particular, en la provincia de Buenos Aires en la lista que encabezó Néstor Kirchner y que secundó Daniel Scioli como candidato testimonial, el oficialismo perdió el control de la Cámara de Diputados.
La oposición, en 2010, rechazó en la Cámara baja los decretos 2010/2009 y 298/2010 firmados por Cristina Kirchner referidos a la deuda pública y al pago de la deuda con reservas internacionales. Ese conflicto, que no estuvo exento de su judicialización, culminó con la salida de Martín Redrado del Banco Central por negarse a pagar la deuda externa con reservas internacionales. En ambos casos, luego el Senado no los trató.
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