Suspenden el DNU que declaró servicio público a las telecomunicaciones
Lo dispuso la Cámara Contencioso Administrativo Federal; alcanza solo a Telecom Argentina, que fue la que hizo el planteo; el Enacom adelantó a LA NACION que presentará un recurso extraordinario federal para que el caso lo tome la Corte Suprema de Justicia
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Un nuevo revés judicial tuvo ayer la administración de Alberto Fernández, luego de que la Cámara Contencioso Administrativo Federal hiciera lugar a un pedido de Telecom Argentina y suspendiera el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que había declarado servicio esencial y público a las telecomunicaciones.
En esta oportunidad, fue la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que, por dos votos en mayoría y uno en disidencia, admitió un recurso de apelación de la compañía telefónica Telecom y decretó una medida cautelar en su favor, que incluye la suspensión de los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020, que era el que había declarado servicio público y esencial a las telecomunicaciones. Además, también suspende tres resoluciones reglamentarias de este DNU, que fueron emitidas por el Ente Nacional de Telecomunicaciones (1466/2020, 1467/2020 y 204/2021). Todo esto no se podrá aplicar a la empresa, según los votos de los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez.
El DNU que suspendieron los camaristas había sido dictado el 21 de agosto del año pasado, cuando se atravesaba la primera ola de la pandemia del coronavirus Covid-19. Declaraba “servicios públicos esenciales y estratégicos” a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga. Además, obligaba a las compañías a brindar una prestación básica y universal a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años, entre otros.
Con esta medida, Telecom Argentina recupera la libertad de fijar sus precios. Fuentes de Claro ya le adelantaron a LA NACION que pedirán tratamiento igualitario.
Consultado por LA NACION, Gustavo López, el vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), aseguró que van a apelar la decisión, y se quejó de la resolución de la Justicia al asegurar que emiten una cautelar sobre un DNU que ya consiguió el aval del Congreso.
“Desbalancea el mercado, perjudica a las otras empresas en cuanto a recursos, perjudica a los usuarios de esta empresa porque van a pagar lo que ella quiera y dejan a las personas sin la prestación básica universal”. De esa forma resumió López la mirada del ente sobre el fallo, y reiteró: “El fallo es solo para Telecom, para el Grupo Clarín”.
Según dijo el vicepresidente del Enacom: “Es una medida cautelar y esto significa que, hasta ahora, ningún juez ha entendido que el DNU, ratificado por el Congreso y que tiene fuerza de ley, declaró la inconstitucionalidad”.
“El Grupo Clarín se ha presentado en un centenar de juzgados a pedir la inconstitucionalidad y un recurso de amparo. Incluso, esta medida fue rechazado en primera instancia. Vamos a apelar, tenemos hasta el 14 de mayo para apelar ante la Corte. Lo que nosotros criticamos es que gobierna la justicia cautelar”, dijo López.
“Todo el mundo tiene derecho a ir a la justicia y pedir la inconstitucionalidad ante una ley o un decreto. También puede ir y pedir una cautelar para suspender una medida que provoca un daño inminente”, dijo.
“En este caso, todos los tribunales de primera instancia lo rechazaron porque entendieron que no había ningún perjuicio que pusiera en peligro la continuidad de la empresa. Mientras, se discute la legalidad de la norma o el DNU”, remarcó López, y cerró. “El problema que nosotros tenemos ante estos fallos es que distorsionan el mercado y la competencia. Porque los clientes de las otras empresas no están alcanzados”.
Horas después fuentes del Enacom explicaron que presentarán un recurso extraordinario federal para que el caso lo tome la Corte Suprema de justicia y reiteraron que el fallo resulta “incomprensible”, pero “no sorprende”: “Telecom venía incumpliendo el DNU desde principios de año. Eligieron el camino del incumplimiento”.
El análisis del Telecom del fallo
Desde Telecom dijeron a LA NACION: “Consideramos que el fallo es valioso, incluso el voto en disidencia, porque recoge el agravio de Telecom en cuanto a la inconstitucionalidad del DNU y hace un cambio radical del marco jurídico de nuestra actividad”.
“Es una medida cautelar, pero nuestro agravio es respecto a que se trata de una actividad que creció en un régimen de libertad y competencia que fue licenciada, y no concesionada, con esa condición y en función de la cual se hicieron cuantiosas inversiones. Estas inversiones se siguen haciendo y esto permitió que la Argentina pudiera sortear la pandemia con un nivel de conectividad de primer nivel y sin grandes sobresaltos”, detallaron, y agregaron: “El DNU viene a romper una ecuación económica y a hacer depender el flujo de fondo de la compañía de la voluntad de un organismo que tampoco tiene las facultades para regular los precios de las compañías porque no fue creado con ese fin. El fallo tiene ese valor”.
Desde la compañía aseguraron: “Nosotros acudimos a la justicia porque agotamos, en ese momento, las instancias de negociaciones con Enacom”.
“No es real que hemos ido a 100 juzgados. Sí fuimos a varios e hicimos los planteos en donde creíamos que correspondía. La lógica era que fuese resuelto en la capital federal porque el asiento principal del negocio de la compañía está acá”, respondieron ante los dichos de López, y agregaron. “Al ser una compañía que está con operaciones en todo el país puede hacer las presentaciones donde crea que es más conveniente para la defensa de sus derechos”.
Telecom remarcó: “La misma cautelar recoge, en gran parte, los argumentos que venimos postulando en esta y en otras instancias como es el juzgado que sacó la cautelar de la ATVC. El DNU es un cambio radical del marco regulatorio y económico de las compañías de telecomunicaciones en la Argentina. Lo dice Telecom, los han dicho las otras empresas, lo han dicho las cooperativas y las pymes. Hay muchísima gente que se ve afectada por esto y nos parece que la riqueza del fallo, aunque sea en una instancia cautelar, es haber recogido esa situación”.
“Es nuestro derecho poder acudir a los tribunales y eso es lo que hemos hecho y seguiremos haciendo cada vez que creamos que los derechos de la compañía son vulnerados”, cerraron.
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