Los exiliados cobrarán lo mismo que los detenidos
La Corte Suprema de Justicia le dio otro golpe al bolsillo del Gobierno. Determinó que los exiliados durante la dictadura militar deben cobrar la misma indemnización que los que estuvieron detenidos durante el Gobierno de facto.
La decisión lleva la firma de los jueces Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
Los magistrados declararon inconstitucional una resolución del Ministerio de Justicia de 2016 que había establecido que los exiliados forzados a irse del país durante la dictadura debían cobrar el 25% de lo que percibían los presos por cada día en que estuvieron detenidos a disposición del Poder Ejecutivo.
El Gobierno había dictado esa norma porque dijo que se había configurado "una desproporción presupuestaria" al aplicar la ley.
La decisión fue dictada en la causa iniciada por María Cristina Fernández. La mujer debió exiliarse en México con su familia entre 1975 y 1983. Por ese motivo reclamó la indemnización establecida para las personas que hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional durante la vigencia del estado de sitio, o si eran civiles hubiesen sufrido detención por actos de tribunales militares .
La Corte Suprema recordó que en la causa "Yofre de Vaca Narvaja", resuelta en 2004 estableció que el beneficio otorgado a los presos podía ser reclamado en los casos de exilio forzoso. Y fijó una suma diaria de indemnización. Luego el Ministerio de Justicia redujo esa suma mediante una resolución. Pero la Corte dijo que no tenía suficientes facultades para hacerlo, ya que introdujo un cambio en el régimen indemnizatorio como lo aprobó por el Congreso. Ahora deberán calcular otra vez la indemnización y pagarla.
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