Si no voté en las PASO, ¿puedo votar en las elecciones de Chaco 2023?
Este domingo 17 de septiembre, los chaqueños definen a su gobernador y a su vice, además de otros cargos provinciales y municipales; ¿quiénes están exentos de sufragar?
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Las elecciones generales de Chaco son este domingo 17 de septiembre, día en que los ciudadanos deben definir sus máximas autoridades provinciales y municipales para los próximos cuatro años. En este contexto, muchos se preguntan si deben acercarse a las urnas este fin de semana, incluso si no votaron de las PASO.
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Como establece la Justicia Electoral, el voto es obligatorio en la Argentina, lo que también aplica en el caso de los comicios provinciales. De esta forma, quienes no votaron en las PASO igualmente deben presentarse a sufragar en los comicios generales. En caso contrario, les corresponderá un aumento en la multa prevista para los infractores.
Cuál es la sanción por no votar en Chaco
La Constitución Provincial de Chaco indica que el voto es “universal, libre, igual, secreto, obligatorio e intransferible”. Por lo tanto, las personas que no se presenten a votar en las elecciones en este distrito serán sancionadas.
De todos modos, esto no aplica en los casos previstos por la ley por la cual las personas se ven obligadas a ausentarse en las elecciones. Estas deberán justificar los motivos por los cuales no pudieron emitir su voto ante el Juez de Paz del domicilio o Tribunal Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección para no pagar la multa.
Aquellas personas que no se presenten al acto electoral recibirán una multa. De acuerdo al artículo 123 de la Ley Electoral, esta sanción será de entre $50 a $500 y se aplicará al elector mayor de 18 años y menor de setenta 70 años de edad que no se haya presentado a votar y que no lo haya justificado ante la Justicia Electoral.
Además, esta multa quedará asentada en el Registro de Infractores del Tribunal Electoral de la provincia de Chaco, la cual se deberá pagar consecuentemente. Los electores podrán consultar en el sitio oficial del registro para saber si tiene algún pago pendiente. Para obtener esa información, deberán seleccionar la elección a la cual no pudieron asistir, su DNI y el género. De esa forma, podrán ver si tienen alguna infracción registrada en el sistema.
Quiénes están exentos de votar en Chaco
Según la Ley Electoral de Chaco, quedan exentas de emitir su voto en las elecciones provinciales y municipales las siguientes personas:
- Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Aquellas personas que el día de elección se encuentren a más de 300 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para ello, deben presentarse el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la cual les extenderá la certificación escrita que acredite la comparecencia.
- Los enfermos o aquellos que estén imposibilitados a asistir por una cuestión de fuerza mayor, suficientemente comprobada. Esto deberá ser justificado en primer término por médicos oficiales, provinciales o municipales; y en ausencia de estos, por médicos particulares. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, por lo que deberán concurrir a su domicilio para verificar circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente.
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso, el empleador o su representante legal deberá comunicar al Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo la nómina respectiva con 10 días de anticipación a la fecha de la elección.
Cabe recordar que las excepciones son de carácter optativo para el elector. Eso quiere decir que quienes tengan algunas de estas condiciones igualmente pueden acercarse a las urnas si así lo quisieran.
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