Secuelas del lunes negro de Cristina Kirchner
Ahora se explica mejor que nunca por qué el kirchnerismo intentó vanamente renovarle el acuerdo en el Senado a la jueza Figueroa
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El lunes negro de Cristina Kirchner en la Justicia sucedió un día después de la tragedia electoral del peronismo en Chaco, donde perdió nada menos que alguien, Jorge Capitanich, que pensaba ser en el futuro candidato presidencial y ya no lo será. ¿Casualidad? Lo único cierto es que los jueces de la Cámara de Casación que le zamparon dos juicios orales más a la actual vicepresidenta, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, decidieron que su catastrófica resolución se conociera luego de las elecciones primarias del 13 de agosto pasado. Si la noticia hubiera ocurrido antes de esos comicios, ¿no les habrían dado argumentos a los acusados para que denunciaran que había razones electorales? ¿Para qué entonces, si era mejor que se hiciera pública entre las primarias y las elecciones generales del 22 de octubre, lejos de cualquier especulación? Parece difícil que sea casualidad, en cambio, que la resolución se haya dictado solo doce días después de que la Corte Suprema de Justicia echara de su cargo a Ana María Figueroa, jueza de la misma sala que integran Barroetaveña y Petrone, ya que ella solo escribió un fallo sobre los casos Hotesur y Los Sauces (o lo mostró) en junio pasado. En el próximo mes de noviembre se cumplirán dos años desde que un tribunal oral sobreseyó sin juicio previo a Cristina Kirchner, a sus hijos Máximo y Florencia y a los empresarios Lázaro Báez y Cristóbal López por el supuesto delito de lavado de dinero. La exjueza Figueroa fue imprescindible en la Casación para demorar una resolución sobre dos casos muy graves que inculpan a la expresidenta. Debe subrayarse que aquellos jueces de la Cámara de Casación no resolvieron definitivamente sobre la culpabilidad de los acusados; solo decidieron que la vicepresidenta y su séquito sean sometidos a un juicio oral y público por el eventual delito de lavado en Hotesur y Los Sauces y por el encubrimiento de los culpables del genocidio en la AMIA. Si bien se mira el decurso de las cosas, ahora se explica mejor que nunca por qué el kirchnerismo intentó vanamente renovarle el acuerdo en el Senado a Figueroa luego de que esta cumpliera 75 años, la edad límite que fija la Constitución para el ejercicio de la magistratura. Fue magia, y la maga de las lentitudes fue la exjueza Figueroa.
Vale la pena detenerse en un juez que integró esos dos tribunales orales que sobreseyeron a Cristina Kirchner sin juicio previo. Se trata de Daniel Obligado, apartado ahora por la Cámara de Casación de la función de juzgar a la expresidenta. Obligado también le permitió a Amado Boudou cumplir prisión domiciliaria durante la cuarentena (estaba en la cárcel por defraudación en el caso Ciccone) con el argumento de que debía ayudar a cuidar sus hijos. Solo con leer los razonamientos de los jueces Barroetaveña y Petrone, dos magistrados independientes y honestos, que revocaron las decisiones de los tribunales orales que Obligado integró activamente, bastaría para llevar su caso al Consejo de la Magistratura; esta es la institución constitucional que debe sancionar a los malos jueces. Sea como fuere, es innegable que Obligado no puede seguir siendo juez después de todos las bancarrotas morales e intelectuales en las que cayó.
Del mismo modo, merece un análisis especial el caso de Florencia Kirchner. Barroetaveña y Petrone la sobreseyeron, pero dispusieron que no se le devuelvan los bienes incautados, sobre todo los 4.664.000 dólares que se hallaron en una caja de seguridad a su nombre y los 53.280 pesos (con el valor de la época) que estaban en un caja de ahorro también a su nombre. Para sobreseerla, lo jueces tuvieron en cuenta que la asociación ilícita que se juzga se creó cuando Florencia Kirchner tenía 12 años y que ella pasó a integrar el directorio de las empresas cuestionadas cuando murió su padre; tenía entonces 20 años y se dedicaba a estudiar cine. Ni en la Justicia ni en la política nadie dudó nunca de la nula participación de Florencia Kirchner en los supuestos manejos corruptos. Otra cosa se sostiene sobre el protagonismo en tales hechos de parte de su madre y de su hermano, Máximo, este último con destacada participación en la administración de los bienes inmuebles de la familia. Pero los magistrados decidieron no devolverle a Florencia Kirchner la importante cantidad de dinero incautada, sobre todo los más de cuatro millones de dólares, porque consideraron que podría provenir de los hechos delictivos que serán juzgados. ¿Cómo hizo Florencia Kirchner para tener semejante cantidad de dólares en su poder? Su madre esbozó una explicación en algún momento y sostuvo que era dinero que Florencia había heredado de su padre muerto. En tal caso, ¿cómo hizo su padre para dejarle semejante fortuna solo a uno de sus hijos, además de la herencia que debió corresponderles a su esposa y a su otro hijo, Máximo? En su propia resolución, los jueces deslizan la sospecha de que los dólares de Florencia Kirchner podrían haberse originado en el lavado de dinero en Hotesur y Los Sauces, ambos delitos denunciados en su momento por Margarita Stolbizer. En su investigación inicial, el periodista Hugo Alconada Mon estableció que en los hoteles de Hotesur no compraban las medialunas necesarias para supuestos desayunos; ni siquiera se ocuparon de disimular que sus habitaciones estaban ocupadas. Lázaro Báez pagaba una monumental cifra anual por el uso de habitaciones en los hoteles de la familia Kirchner; nunca se ocupó ninguna. Aunque el precio hubiera sido razonable y las habitaciones hubieran sido ocupadas (no sucedió ni lo uno ni lo otro), ¿qué pobre o ninguna noción de ética les permitió a dos expresidentes de la Nación, Néstor y Cristina Kirchner, alquilarles sus propiedades a contratistas del Estado cuando ellos eran los jefes del Estado? Esas maniobras condenan a Cristina Kirchner y a su hijo Máximo desde cualquier punto de vista.
En el caso del memorándum con Irán es la segunda vez que la Justicia debe ordenar que se haga un juicio para esclarecer la denuncia original del fiscal Alberto Nisman, que este hizo pocos días antes de que lo asesinaran. Otra sala de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, dispuso en su momento que se reabriera esa causa. Antes, dos exjueces de la Cámara Federal, Jorge Ballestero y Eduardo Freiler, habían desestimado en un durísimo fallo la denuncia del fiscal muerto; la redacción de esa resolución cuestionaba sin nombrarlo al propio Nisman. Debe reconocerse que el juez Eduardo Farah votó entonces en disidencia. Hornos y Borinsky, que forman parte de la instancia superior a la Cámara Federal, ordenaron luego reabrir la causa, que terminó en el tribunal del juicio oral y público que la sobreseyó a Cristina Kirchner y a los funcionarios que la acompañaban en ese momento. La reparación de Hornos y Borinsky fue extrañamente acompañada por la entonces jueza Ana María Figueroa, quien también firmó para que se investigara la denuncia de Nisman. Eran los tiempos iniciales del gobierno de Mauricio Macri. Eso explica todo. Figueroa le dedicaba más tiempo a mirar la política que a interpretar las leyes. Ahora, fue la sala de la Casación con la composición de Barroetaveña y Petrone la que revocó los sobreseimientos del tribunal que debía conducir el debate oral y público, y ordenó que este debe hacerse. Mandó también que se apartaran los dos tribunales que habían sobreseído a Cristina Kirchner. Para la justicia argentina hay hasta ahora dos certezas estrechamente ligadas a la masacre de inocentes en la AMIA. Una consiste en que el gobierno de Irán fue el autor intelectual y financiero de ese criminal atentado. La otra radica en que Nisman fue muerto en su departamento de Puerto Madero cinco días después de hacer la denuncia contra Cristina Kirchner y varios funcionarios más. Uno de los más importantes es Juan Martín Mena, actual viceministro de Justicia; en el momento de la firma del memorándum con Irán, él era un director importante de los servicios de inteligencia del Estado. Mena es ahora el hombre fuerte del Ministerio de Justicia porque tiene el apoyo directo de Cristina Kirchner. Mena fue funcionario de ese ministerio durante casi todos los años del kirchnerismo, salvo en 2014 y 2015 cuando fue una jerarca del espionaje local. El otro funcionario importante que será juzgado en ese juicio oral y público es Carlos Zannini, actual procurador general del Tesoro (jefe de los abogados del Estado); era el poderoso secretario Legal y Técnico de la Presidencia cuando se firmó el memorándum con Irán. Dicen que Cristina Kirchner no firmó nunca ningún documento como presidenta de la Nación sin la previa fiscalización de Zannini. Los pocos incondicionales que le quedaban a Cristina Kirchner están cayendo con ella, irremediablemente.
Sin embargo, sería injusto señalar que la Justicia se puso de pie solo contra Cristina Kirchner. Ayer se conoció que el presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, se pronunció abiertamente contra la dolarización de la economía argentina, la promesa estrella de Javier Milei, en un reportaje al diario español El País. Los otros miembros de la Corte prefirieron no expedirse sobre el tema con el argumento cierto de que esa cuestión puede llegar a sus manos y podrían recusarlos. Pero Rosatti tiene razón. La convivencia de una moneda argentina con otra (el dólar, por ejemplo) es perfectamente posible. No es posible, en cambio, la sustitución de la moneda argentina por una extranjera. La Constitución establece en su artículo 75, referido a las potestades del Congreso, que entre estas está la de “establecer y reglamentar un banco federal con facultades de emitir moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”. Dicho de otra manera: en la letra de la Constitución está la existencia de un banco estatal (que luego sería el Banco Central) y la de la moneda argentina. Milei tendrá que cambiar la Constitución si quiere avanzar en su proyecto de dolarización, porque es posible que encuentre con un bloque férreo en contra en las más altas instancias de la Justicia. Ya se ha visto que un lunes negro judicial le puede tocar a cualquier mandamás vernáculo.
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