¿Se puede votar con síntomas sospechosos de coronavirus?
El voto es un derecho cívico, no se puede prohibir, aunque está justificado no votar; los jueces electorales no quieren que las personas con síntomas acudan a sufragar, para evitar contagios
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¿Pueden las personas con síntomas de Covid-19 votar en las PASO del 12 de septiembre? El voto es un derecho cívico que no se le pueden negar a ningún ciudadano, aún a uno enfermo, por eso la Cámara Nacional Electoral dejó en libertad de acción los jueces federales con competencia electoral a que determinen qué hacer en cada provincia.
Sin embargo, adoptó algunas prevenciones para que en caso de que un ciudadano con síntomas de coronavirus concurra a votar, se le permita hacerlo de manera segura, para no contagiar a las autoridades de mesa ni al resto de los electores. Por ejemplo, sufragar en el “cuarto oscuro accesible”, disponible para las personas con discapacidad, que luego del voto será sanitizado.
De todos modos, el sentir generalizado entre los tribunales federales electorales de todo el país consultados por LA NACION es que aquellas personas que crean tener Covid-19 se queden en su casa y que esa no concurrencia a emitir el voto quede justificada.
La Cámara Nacional Electoral creó un protocolo sanitario que prevé esta dispensa para las personas que estén aisladas por Covid-19, ya sea porque estén contagiadas o porque sean consideradas casos sospechosos o contactos estrechos.
La Cámara dijo que “si se presenta a votar un elector con síntomas o que sea sospechoso, se le informará que está justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”. Así lo escribieron los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía.
No obstante, aclararon los jueces que en cada distrito “el juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto” para aquellas personas que, a pesar de tener síntomas o ser sospechosos de tener Covid-19, quieren votar.
En el párrafo siguiente de su acordada, la Cámara le hizo un guiño a los jueces de cada provincia. Les dijo que deben prever que se habilite en cada local de votación un “cuarto oscuro accesible”, destinado originalmente para las personas discapacitadas.
La idea es que si un votante con síntomas insiste en votar lo haga en este cuarto oscuro accesible y que, cuando se retire, el lugar sea sanitizado de manera exhaustiva para permitir su uso posterior sin riesgos.
No obstante, esta situación, entre los jueces federales con competencia electoral de todo el país hay reservas sobre el asunto, ya que interpretan que si permiten el voto de alguien con síntomas ponen en riesgo a las autoridades de mesa y al resto de los votantes de ese local de votación. Prefieren que no acudan a votar.
En la ciudad de Buenos Aires, la jueza María Servini está preocupada por este asunto y quiere reducir los riesgos al máximo. En la provincia de Buenos Aires, el juez Alejo Ramos Padilla comparte la preocupación. Allí evalúan que los decretos en vigor sobre la pandemia ya señalan que las personas con dos síntomas como mínimo compatibles con Covid-19 deben estar aislados en sus casas, con lo que esos votantes deberían someterse a la restricción. Y señalan además que está en vigor el artículo 205 del Código Penal que castiga como delito la propagación del coronavirus.
En la Justicia electoral bonaerense explicaron a LA NACION que para los casos de votantes contagiados “rige el artículo 205 -que implica que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia- y el decreto presidencial que vence en octubre, y sostiene que si una persona tiene dos o más síntomas de Covid-19 debe quedarse en su casa, aislado”.
Las mismas fuentes apelaron a la “racionalidad” de las personas, teniendo en cuenta que se está en un marco de “pandemia” en el que habrá ciertas normas sanitarias a cumplir en los establecimientos electorales, como el uso de barbijo, de distanciamiento y de alcohol en gel, al tiempo que se le dará prioridad a las personas mayores para que voten. Pero, como explicaron, “no va a haber gente tomando la temperatura”, por lo que “si alguien tiene síntomas debe quedarse aislado”. E insistieron: “Hay una norma del código penal y un artículo del decreto presidencial que lo impiden”.
Que no haya termómetros en los lugares de votación es una decisión de la Justicia electoral para todo el país, para evitar discriminar, pero ello no obsta a que no se tomen precauciones.
En San Juan, el juez federal electoral Miguel Ángel Gálvez cortó por lo sano y mandó a los enfermos a quedarse en su casa. Oficialmente, dijo que los pacientes que transitan la infección por Covid al momento de la elección “no deberán presentarse a votar, resguardando el aislamiento correspondiente, quedando justificada por ello su no emisión de voto”. El comunicado oficial del juez federal sanjuanino va más allá: “Aquellos electores que sean contacto estrecho o considerados casos sospechosos de contagio, tampoco deberán presentarse a votar” y se justificará la no emisión del voto.
En Córdoba, la Justicia electoral justificará la no emisión de votos no solo a los contagiados de Covid, sino a contactos estrechos y a quienes presenten síntomas compatibles con la enfermedad. Si la persona con síntomas “insiste” en votar, deberá presentar un test negativo del día antes o de ese día (por lo que se coordinó que todos los centros de testeos deben abrir).
En Santiago del Estero, la Justicia electoral liberará de la obligación de votar a los que estén contagiados de Covid-19 y a quienes sean considerados contactos estrechos. Si se le detecta algún síntoma al elector, no se le permitirá el ingreso y la policía lo acompañará de nuevo hasta su casa, dijeron fuentes judiciales.
En Misiones, al igual que en Santa Cruz, no hay una definición oficial, pero los contagiados quedarán liberados de votar previa justificación de su condición en una página web, como ocurrió el 6 de junio pasado en la elección provincial.
En Chubut, fuentes de la Justicia electoral anticiparon que quedarán exceptuados de votar aquellos que presenten un certificado médico -igual que ocurre con las restantes enfermedades a la hora de justificar el no voto- y no se tomará la temperatura en el ingreso a los lugares de votación.
En Tucumán, el secretario electoral nacional, Rogelio Rodríguez del Busto, explicó que “si hay algún síntoma, son contactos estrechos o están con Covid-19, tienen 60 días para justificar la no emisión del voto”. Indicó que aquellos que tienen síntomas no pueden votar, salvo que acudan con un PCR negativo.
En Mendoza, donde la elección está a cargo del juez Walter Bento, dijeron que seguirán los lineamientos de la Cámara Nacional Electoral.
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