Se pierde otra libertad
Bertrand Russell sostuvo en una ocasión que lo más difícil de aprender en la vida es distinguir entre qué puente cruzar y qué puente quemar; esta semana, la Argentina ha dado el segundo paso en un puente que jamás debió cruzar.
Con inusitada velocidad, en diciembre el Congreso sancionó la ley 26.736, por la cual se declara de interés público y se somete al control estatal la fabricación, comercialización y distribución del papel para diarios en todo el territorio argentino. El 12 de enero pasado, a través de la resolución 9/2012, el Ministerio de Economía otorgó a la Secretaría de Comercio Interior el control del Registro creado por la nueva ley, en el cual deberán inscribirse todos aquellos que fabriquen, importen, distribuyan, compren o vendan papel para diarios.
De esta forma, el nuevo régimen sujeta al control estatal a todos los actores del mercado de diarios. Hasta la más pequeña empresa editorial del interior del país que publica un diario, semanario o cualquier otro formato, si utiliza papel para diarios, deberá estar inscripta en la Secretaría de Comercio y sujetarse a las distintas normas que en el futuro dicten los funcionarios.
Qué es lo que implicará ese control es hoy un interrogante cuya respuesta queda librada a la voluntad del Ministerio de Economía y de la propia Secretaría de Comercio, que serán los encargados de dictar las normas reglamentarias de la ley 26.736.
En este punto, el futuro es incierto. La única certeza que hoy podemos sostener es que al declarar de interés público la fabricación, comercialización y distribución de papel para diarios y someter este insumo a los designios de las autoridades administrativas, se ha comenzado a transitar en una dirección exactamente opuesta a la señalada por la Constitución nacional y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Precisamente, si en esta materia existe un interés público, éste consiste en reducir al mínimo el control estatal, como lo ordena el artículo 32 de la Constitución, el cual prohíbe el dictado de normas destinadas a regular específicamente la prensa.
Recordemos que desde que existe un arancel cero para la importación, existe una alternativa concreta para adquirir el papel para diarios, distinta de Papel Prensa. Antes, incluso, también era posible su compra a Papel de Tucumán.
Hoy, el problema de los diarios no es el papel, sino la caída de la circulación y la gran presión fiscal. Pero, aun así, si se consideraba de interés contar con mayores alternativas para la provisión de papel, la cláusula del progreso del artículo 75 inciso 18 de la Carta Magna brindaba al Estado diversas herramientas, como la de fomentar la instalación de nuevas fábricas o la reconversión de las existentes, o bien facilitar la posibilidad de que pequeños diarios, a través de consorcios o cooperativas, pudieran importar el papel. En su lugar, se optó por la constitución de un régimen de severo control estatal sobre toda la actividad.
El pensador austríaco Karl Popper escribió que, en materia de control institucional de los gobiernos, resulta rayano en la locura basar todos nuestros esfuerzos políticos en la frágil esperanza de que contaremos con gobernantes excelentes o siquiera capaces. Por ello propone reemplazar la pregunta de quién debe gobernar por el interrogante acerca de cómo deben organizarse las instituciones para evitar que los malos gobernantes generen demasiados perjuicios.
Esto debe ser tenido en cuenta, incluso por aquellos que hoy apoyan a las actuales autoridades. La creación de un monopolio estatal en el sector se mantendrá más allá del actual gobierno, y esas estructuras luego serán utilizadas por otras autoridades, posiblemente de signo contrario a las actuales. La experiencia demuestra que cada vez que el Estado arranca a los particulares una libertad, su restablecimiento demanda mucho más tiempo que el necesario para quitarla.
El autor es profesor de derecho constitucional de la UBA
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