Se firmó el fallo que destituye a Cecilia Goyeneche: los argumentos para echarla y la posición salomónica de uno de los jurados
El Tribunal de Enjuiciamiento, por cinco votos contra dos, la destituyó con el argumento de que “perdió el atributo de objetividad”
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El Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos dio a conocer finalmente el fallo que destituyó a la fiscal anticorrupción Cecilia Goyeneche. Por cinco votos contra dos, consideró que ella “perdió el atributo de objetividad”.
Cada jurado hizo un voto propio. Los más extensos fueron los de quienes votaron primero: los jueces Juan Smaldone y Gisela Shumacher, por la remoción de Goyeneche, y el de la abogada Verónica Mulone, presidenta del Jurado, que votó por absolverla y reponerla en el cargo. En el mismo sentido, pero con críticas a la fiscal, se pronunció el último de los integrantes del jury, Gustavo Zavallo, diputado provincial (PJ). Él sostuvo que Goyeneche tuvo una “conducta negligente”, pero que eso no justificaba removerla. Le pidió al Procurador, como una suerte de recomendación, que se le aplicara una “sanción disciplinaria”.
“La conducta desplegada por Goyeneche fue equivoca y negligente, puede ser digna de un reproche, más no de una destitución”, afirmó Zavallo. “Se ha sostenido reiteradamente que para que las conductas negligentes de un magistrado sean causa de remoción deben ser graves y reiteradas, debe fundarse en hechos graves e inequívocos o en presunciones serias que sean idóneas para formar convicción sobre la falta de rectitud de conducta o de capacidad del magistrado imputado para el normal desempeño de la función (...), y en este caso, no encuentro acreditado tal extremo”, dijo.
Los votos contra Goyeneche le reprocharon como cargo central no haberse excusado en el caso de los “contratos truchos” de la Legislatura entrerriana, una gigantesca estafa que tiene entre sus acusados al contador Pedro Opromolla, que fue amigo del marido de Goyeneche y compartía con ella inversiones en fideicomisos para adquirir dos departamentos.
El primero de los votos fue el del juez Smaldone, que dijo que Goyeneche, como coordinadora de la investigación, “desde el inicio de la pesquisa” debió haberse excusado y que “sin embargo, no lo hizo llamándose a conservar un grave silencio acerca de las relaciones personales y de negocios contractuales habidos con uno de los principales integrantes del estudio” bajo investigación en la causa.
“Perdió el atributo de objetividad porque de manera deliberada decidió que no debía excusarse patentizando, ello, un claro acto arbitrario prohibido por la Constitución Provincial”, afirmó Smaldone. Según él, la “conducta ciertamente disvaliosa” de Goyeneche “puso en riesgo la transparencia de las evidencias que iban colectándose en la investigación bajo la exclusiva coordinación suya”.
De acuerdo con el voto de este juez, que integra el Superior Tribunal de Entre Ríos, “la omisión de excusarse durante un largo tiempo de la investigación instala un serio y grave dato que se edifica a partir de la falta de concreción de la requisa del teléfono celular del contador Opromolla, que tampoco estuvo presente al llevarse a cabo el allanamiento” de su estudio jurídico. En el jury no se demostró que Goyeneche hubiera favorecido a Opromolla, pero Smaldone sugiere en su voto que ella podría haber interferido en el resultado del allanamiento (por ejemplo, avisándole que sería allanado para que no estuviera cuando llegara la policía). Goyeneche destaca que el allanamiento fue pedido por ella.
El caso del testigo inesperado
También le recriminaron a la fiscal haberse extralimitado en el caso del testigo Mario Deiloff, quien trabajaba para el estudio contable de Opromolla y dijo haber visto en las oficinas al marido de Goyeneche. Según la fiscal, se trató de un testigo “plantado” y era claro que mentía. Cuando Deiloff hizo estas declaraciones, en medio de una audiencia, Goyeneche lo interrogó. Después -dijo Smaldone en su voto- “coordinó con los fiscales subalternos para llevar a cabo el allanamiento y registro del domicilio” del testigo. “Severas e importantes medidas que, por cierto, superaron el criterio permisivo de la jurisdicción de garantía ya que el fundamento habilitante fue la mendacidad del declarante, a la postre nunca comprobada al punto de no haber recibido ninguna clase de compromiso penal”, afirmó Smaldone.
Votaron por la destitución de Goyeneche los tres jueces del Superior Tribunal de Entre Ríos que integran el Jurado (Smaldone, Schumacher y Daniel Carubia), uno de los representantes de los legisladores provinciales (el peronista Armando Gay) y uno de los representantes de los abogados, Gonzalo García Garro.
Goyeneche sostiene que Schumacher fue designada recientemente por el gobernador Gustavo Bordet en el Superior Tribunal con la indicación de que impulsara su remoción. También cuestionó la imparcialidad de Smaldone y Carubia, a quienes recusó sin éxito.
Schumacher, en su voto, insistió en que la fiscal debió haberse apartado del caso, sostuvo que no fue transparente ni siquiera con el resto de los investigadores respecto de su vínculo con Opromolla y afirmó: “Humana y personalmente, se podría no tener dudas sobre el comportamiento intachable. Pero ese ‘no tener dudas’ solo estaría basado en la confianza personal que Cecilia Goyeneche pueda despertar. En cambio, desde una mirada ajena a esa confianza personal, la institucionalidad quedó teñida, irremediablemente, de una sospecha imposible de destruir salvo por un acto de fe”.
“Todo fue nulo”
Mulone, la presidenta del Jurado, pidió que Goyeneche fuera absuelta y sostuvo que el Jurado de Enjuiciamiento obró en violación de la ley cuando decidió que a la fiscal no la acusara el Procurador, como establecen las normas, sino un abogado de la matrícula. Para Mulone esto fue “nulo de nulidad absoluta”, lo mismo que “todos los actos derivados de esa decisión”; es decir, “todo lo actuado por el Jurado”.
Haber avanzado de todos modos, dijo Mulone, provocó un “descrédito” para el tribunal.
Pese a que este argumento era suficiente para justificar su voto por la absolución, Mulone analizó además los cargos contra Goyeneche y dijo que las relaciones que se constató que ella y su marido tuvieron con Opromolla “no implican en sí mismas la infracción a ninguna ley ni una conducta indecorosa de Goyeneche, o incompatible con las funciones a su cargo” porque lo único relevante es determinar si se “afectó su objetividad”, algo que según Mulone, “no se verificó” en este proceso.
“No se ha demostrado que la Dra. Goyeneche hubiera realizado conductas (...) que conspiraran con la investigación en la causa”, dijo Mulone, que destacó que sucedió “todo lo contrario”. Que el estudio de Opromolla se allanó con éxito y se secuestraron elementos que permitieron probar la relación del estudio y el propio contador con la maniobra; que los fiscales del caso manifestaron que Goyeneche no buscó nunca desviar la investigación y que el propio Opromolla, cuando declaró en el jury, dijo que la relación con la fiscal y su marido se había “visto afectada a partir del descubrimiento de la maniobra a la que se lo vinculaba”.
Mulone destacó en su voto que el temperamento de Goyeneche –que describió como enérgico e independiente, de mucha seguridad, y a veces hasta “soberbio”- puede no generar simpatía. Pero afirmó que estas características, que una sociedad “patriarcal censura en una mujer”, no pueden fundar la destitución de una fiscal anticorrupción.
En su voto, la abogada advirtió que, más allá de Goyeneche, hay un trasfondo que explica por qué se llegó tan lejos en este caso, que es el “conflicto real” generado por la implementación del sistema adversarial, que otorga a los fiscales un poder que antes ejercían solo los jueces. Mulone afirmó que esto produjo una “tensión” aún no resuelta entre unos y otros.
Goyeneche tiene ahora ocho días hábiles para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra este fallo. Empieza un largo camino de recursos judiciales para intentar que el Superior Tribunal provincial o en su defecto la Corte nacional dejen sin efecto este fallo y le devuelvan su cargo.
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