¿Se conseguirá evitar un nuevo default?
Luego de la audiencia celebrada ante el juzgado de Thomas Griesa, anteayer, se abren varios posibles cursos de acción que pueden tener resultados legales y financieros significativos.
El propio Griesa y la Cámara de Apelaciones competente emitieron sentencias que obligan a la Argentina a pagar los bonos en default "concurrentemente con o antes" que los bonos que ingresaron en los canjes de 2005 y 2010, basándose en la cláusula pari passu, que establece que los bonos tienen el mismo rango legal y rankearán pari passu con cualquier otro título no subordinado y no garantizado.
Los fallos, que adoptaron una interpretación amplia de esa cláusula y que considera que dos bonos tienen los mismos derechos de pago entre sí, se basaron en las declaraciones de la Argentina incluidas en los prospectos de canje de deuda (que contienen frases en el sentido de que la Argentina no pagará la deuda que quede fuera de los canjes), así como en la denominada ley cerrojo que prohíbe al Gobierno efectuar pagos a los tenedores de bonos que no ingresaron en los canjes en mejores condiciones que aquellos que sí lo hicieron.
Para Griesa, esto implica una violación de la cláusula pari passu, ya que se trata de una subordinación en la práctica y un cambio en el rango de dos deudas que rankean en el mismo nivel de no subordinación.
El fallo de Griesa ratificó ademas que la Argentina debe abonar el total del capital de los bonos en default sin quitas, más los intereses devengados desde 2001 a las tasas de los bonos originales (es decir, no pueden cancelarse con quitas, a menos que los demandantes lo acepten expresamente, algo que no ocurrirá por motivos públicos y notorios).
La Cámara competente confirmó el fallo y le ordenó que explicara el término "concurrentemente con los bonos reestructurados". Pero a su vez esa Cámara dio sólo dos maneras literales de hacerlo: "Si la Argentina tiene que abonar $ 100,000 en intereses y paga 100 por ciento de esa suma a los bonos reestructurados, entonces estaría obligada a pagar a los demandantes 100 por ciento del capital e intereses devengados y acelerados. O si dicho pago de $ 100.000 representa el 1 por ciento del capital e intereses bajo los bonos reestructurados, entonces debe pagar a los demandantes el 1 por ciento de las sumas que les son debidas a ellos".
Si el Gobierno no cumple con las sentencias y se mantiene el actual esquema de pagos establecido para los bonos reestructurados (que consiste en el pago en dólares en una cuenta en la Argentina a favor de The Bank of New York, que transfiere el dinero al exterior y, mediante distintos intermediarios, terminan llegando a las cuentas de los tenedores finales o a sus custodios en Estados Unidos), el problema sería que no alcanzaría el dinero para hacer dichos pagos, más los otros pagos ahora ordenados judicialmente.
En este caso, Griesa ordenaría separar montos para pagar las sentencias y los bonos reestructurados cobrarían menos que el total, lo que constituiría un default de pago. Para evitar este eventual resultado, ha trascendido que el Gobierno cambiaría el mecanismo de pago por uno que implique que los pagos no pasen por Nueva York. Esto podría hacerse pagando en la Argentina o buscando mecanismos internacionales "a prueba de embargos".
Dos bibliotecas legales
Pero ninguno de esos casos puede implementarse sin el consentimiento del 75 por ciento de los acreedores. Sin ese consentimiento habría un default técnico acompañado de un inmediato default de pago, ya que el dinero no estaría depositado en las cuentas vigentes en las fechas de desembolso correspondientes.
Finalmente, la ley cerrojo y los términos de los bonos reestructurados imponen algunas restricciones frente a mayores pagos a los holdouts. Pero siempre ha quedado un vacío legal sobre pagos de sentencias con "dos bibliotecas legales", una para cada interpretación.
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