Se acumulan decenas de juicios al Estado por la filtración de nombres de espías durante el gobierno de Fernández
Hay al menos 60 demandas iniciadas por agentes de inteligencia retirados; apuntan también contra la AFI y su interventora Cristina Caamaño
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La filtración de información secreta que ocurrió durante la gestión del Frente de Todos y dejó expuestas las identidades de cientos de agentes de inteligencia no tuvo implicancias penales pero sí podría traer consecuencias para el Estado y para quienes son apuntados como sus responsables en el fuero contencioso administrativo.
En 2020, mientras avanzaba el expediente judicial que investigaba los seguimientos a políticos y periodistas durante el gobierno de Mauricio Macri, se produjo una filtración de información secreta. Aunque en el mundo de la seguridad y la inteligencia advirtieron los riesgos y peligros de la filtración, se desconoce hasta dónde llegaron. Una de las derivaciones, sin embargo, es un cúmulo de demandas civiles contra el Estado que tramitan en el fuero contencioso administrativo, iniciadas por decenas de agentes retirados que se consideraron damnificados.
Las demandas, que son al menos 60, están dirigidas contra el Estado Nacional, contra la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), el Ministerio Público Fiscal (MPF), la extitular de la AFI Cristina Caamaño y contra Santiago Sautel, responsable del portal Real Politik, que publicó el documento secreto.
La primera demanda le tocó al juez en lo contencioso administrativo federal Pablo Cayssials, y por eso, si bien varias denuncias luego cayeron en otros juzgados, es probable que sea Cayssials quien tramite la totalidad de los expedientes, dijo una fuente judicial a LA NACION.
Las sumas de dinero que reclaman los presuntos damnificados por daños y perjuicios son “simbólicas”, según dijo uno de los abogados patrocinantes a este medio. El impacto de las demandas, en caso de que prosperen, podría estar en el contenido de la sentencia: un juez federal estaría declarando al propio Estado culpable por haber filtrado información secreta, cuyos efectos se creen adversos para la seguridad nacional.
“Las consecuencias no son fáciles de medir. Pero los riesgos son altos. Para empezar, cuando hay filtraciones de este tipo, el crimen organizado, ya sea por delitos narco o por terrorismo, se hace de la información. También los servicios de inteligencia extranjeros pueden cotejar sus bases de datos con los nombres de los agentes cuyas identidades fueron expuestas y eso puede traer problemas. Además, mucha gente que quedó expuesta queda en condiciones de vulnerabilidad y resentimiento”, buscó explicar a LA NACION un hombre que conoce el funcionamiento de los servicios de inteligencia.
El documento filtrado, un libro de actas de gestiones administrativas 2016-2018, contenía, entre una cantidad de datos administrativos, identidades de agentes de la AFI retirados y en actividad. Sus nombres no estaban testados. Fue enviado por la entonces titular de la AFI, Cristina Caamaño, sin resguardos de seguridad, a las autoridades judiciales de Lomas de Zamora que investigaban hechos denunciados por la propia Caamaño. La medida de prueba que dio lugar a este incidente fue pedida por la defensa de Gustavo Arribas. Los fiscales Lomas de Zamora Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide llevaban el caso judicial, junto al juez Juan Pablo Augé, aunque el expediente luego pasó a los tribunales de Comodoro Py.
El 16 de julio, Eyherabide pidió a la AFI que previa desclasificación le enviara, entre otros elementos, “un informe en caso de que posean libros de actas de las resoluciones decretadas en el período mencionado (2016- 2018) y tema al que refieren”. La AFI, mediante un escrito en el cual pidió que la información fuera preservada, respondió con el libro de actas completo. La respuesta fue enviada el mismo día en que la fiscalía hizo el pedido. El abogado de uno de los demandantes sugirió, con suspicacia: “Es sugestivo que la AFI respondiera el mismo día en que recibió el pedido, con el libro de actas ya escaneado”.
Según reconstruyó este medio, la fiscal Incardona le pidió a Caamaño que informara si existía un libro de actas, pero no que le remitiera los nombres de los agentes que la AFI incluyó entre las 136 páginas de información que envió. Ese material, que Caamaño desclasificó y envió al juzgado (pidió el resguardo del material), fue cargado en el sistema LEX –al cual acceden las defensas y las partes querellantes– a pedido de Arribas y Majdalani. Y la información fue difundida, dejando al descubierto las identidades de decenas de agentes.
Tanto en intercambios formales, que quedaron registrados en el expediente que tramitaba en Lomas de Zamora, como en las respuestas a las demandas civiles, Caamaño e Incardona se pasaron la pelota. La extitular de la AFI dice que el material no fue bien preservado por los funcionarios judiciales, y cerca de la fiscal Incardona siempre dijeron que el material fue enviado sin que los nombres fueran testados, además de recordar que solo habían solicitado un informe y no el libro de actas completo.
El sobreseimiento de Caamaño
Caamaño, Incardona, Eyherabide y Sautel fueron denunciados por agentes y, después de una serie de medidas de prueba, en mayo de 2022 la jueza María Servini los sobreseyó. El frente penal no prosperó, con un criterio similar al que se aplicó en la demanda de Antonio Stiuso contra Gustavo Béliz. Servini dijo que los datos revelados –la identidad de los agentes– no vulneran el bien jurídico protegido por el Código Penal.
El Código Penal, en los artículos 222 y 223, establece penas para quien revelare “secretos políticos, industriales, tecnológicos o militares concernientes a la seguridad, a los medios de defensa o a las relaciones exteriores de la Nación” y para quien “por imprudencia o negligencia diere a conocer los secretos mencionados en el artículo precedente, de los que se hallare en posesión en virtud de su empleo u oficio”.
“Al tipificarse la norma de la violación de secreto, los legisladores jamás pudieron pensar que la filtración pudiera provenir del propio Estado y por ello no es punible cuando se afecta la seguridad de los agentes secretos”, dijo a LA NACION una fuente judicial.
El hecho de que el Código Penal no incluya en esos artículos a la revelación de identidades protegidas por el secreto de inteligencia es uno de los puntos utilizados por los abogados de la AFI en respuesta a las demandas civiles.
LA NACION habló con uno de los exagentes que, por considerarse damnificado, inició una de las demandas civiles. “Hoy no tengo libertad de movimiento y tengo que evitar viajar a países en los que cumplí funciones o trabajé en operaciones secretas de acuerdo a mi deber como agente. Nadie mira la dimensión humana de la demanda: como agente estás preparado para determinadas cosas, pero no para que tus jefes te entreguen”.
Si bien hay decenas de demandas por daños y perjuicios, es baja la cantidad de expedientes en relación al total de los nombres que fueron expuestos. Según supo este medio, muchos de ellos buscaron reinsertarse al sistema y optaron por no demandar al Estado. No quisieron hacer olas.
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