Salvo CABA y Mendoza, todas las provincias acatarán el DNU que dispuso la suspensión de las clases presenciales
Luego de una nueva asamblea del Consejo Federal de Educación se dispuso una nueva serie de medidas que buscará descomprimir el sistema de salud; volvieron a surgir diferencias entre los ministros
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El ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta, encabezó una nueva asamblea del Consejo Federal de Educación con la participación de las ministras y los ministros de las 24 jurisdicciones del país y representantes gremiales en donde se dispuso de una serie de medidas que busca normativizar la intensidad de la presencialidad con el fin de acompañar la baja en la circulación y descomprimir el sistema de salud ante un recrudecimiento de la pandemia.
En la reunión, el titular de la cartera de Educación buscó consensuar con sus pares la propuesta del Gobierno sobre la “presencialidad administrada” en aquellos distritos más afectados por el coronavirus. Pero, una vez más, el ministro se volvió a topar con la negativa de Soledad Acuña, titular de la cartera educativa porteña, y de José Thomas, director general de escuelas de Mendoza, quienes no aceptaron el acuerdo. Luego de que se conozca este martes el fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que el presidente Alberto Fernández violó la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires con el decreto que había dispuesto el cese de las clases presenciales, continuarán defendiendo la autonomía provincial y desacatando el DNU presidencial.
“En el marco de la pandemia y valorando el esfuerzo de los docentes y las familias, todo el sistema educativo se expresó a favor de incluir la categorías epidemiólógicas difundidas en el decreto presidencial”, informó el ministro Nicolás Trotta a la prensa al término de la reunión.
Tras la nueva asamblea, el Consejo Federal de Educación de la Argentina emitió este martes un comunicado donde enviaron una norma para todo el sistema educativo argentino en la que aseguraron: “Hay que suspender momentáneamente la presencialidad para mejorar las condiciones epidemiológicos”.
De esta manera, el organismo que integra el sistema educativo dispuso medidas para ser aplicadas de acuerdo a los criterios epidemiológicos detallados en el DNU vigente. En caso de Riesgo Epidemiológico y Sanitario Bajo y Medio, se mantienen los regímenes de presencialidad y alternancia vigentes. Mientras que en las zonas calificadas como de Riesgo Epidemiológico y Sanitario Alto, las autoridades jurisdiccionales podrán administrar medidas de restricción parcial de la asistencia presencial para contribuir en la reducción de la circulación de personas.
Si bien mostraron diferencias con la ciudad de Buenos Aires, resaltaron que no se debe a “la importancia de la presencialidad”. Y, el Consejo justificó: “Somos claros: la discusión no es vinculada a presencialidad sí o no, se relaciona a no comprender desde nuestra mirada por parte del gobierno de la ciudad la enorme complejidad que está transitando la ciudad en cuanto a la realidad epidemiológica y de saturación del sistema sanitario”.
De acuerdo con esa disposición, se divide a los departamentos y localidades en bajo, mediano, alto riesgo y en alarma epidemiológica, según la cantidad de casos, la circulación del coronavirus y la ocupación de camas de terapia intensiva. La Ciudad de Buenos Aires y grandes urbes de Mendoza y de Santa Fe están incluidos en el nivel de alarma epidemiológico.
Asimismo, se expresaron a favor de preservar la salud, siempre garantizando el derecho a la educación. Por este motivo, acordaron una política común para preservar y fortalecer la presencialidad y el cuidado de la vida. El sistema educativo en su conjunto acordó regulaciones conforme con las categorías de riesgo epidemiológico y sanitario establecidas en el DNU, vigente con el fin de aportar a la baja en la circulación de personas para reducir el índice de contagios y descomprimir el sistema sanitario, sosteniendo la presencialidad cuidada.
“Afirmamos con convicción que la prioridad es la agenda educativa que en este ámbito de aplicación de políticas públicas no puede ser reducida a la presencialidad en lugares donde ponemos en riesgo la vida. La agenda educativa se vincula a los consensos y a la inversión que debe acompañar nuestros discursos. Tenemos que transitar unidos este tiempo y el desafío que implica debe ser avalado por los gobiernos jurisdiccionales”, manifestó Trotta.
Estas restricciones “tendrán carácter transitorio, con tiempos de realización claramente establecidos”, indicó el Consejo y agregó que cada jurisdicción “podrá reorganizar la frecuencia de asistencia presencial de toda la población escolar”. También dispuso la suspensión de toda actividad extracurricular, el sostenimiento del régimen actual de asistencia de los grupos priorizados, y el del régimen actual de asistencia de los grupos priorizados para el retorno a clases presenciales.
En el mismo documento, comunicaron que se halla exceptuada de la suspensión de las clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias, entre otras normativas.
Las medidas que modifiquen la frecuencia de clases presenciales en los establecimientos educativos tendrán en cuenta la menor unidad geográfica posible y la autoridad educativa jurisdiccional arbitrará los medios necesarios para una comunicación fehaciente de la medida, con una antelación no menor a 48 horas. Asimismo, desarrollarán acciones de fiscalización y control en los establecimientos educativos y promoverán instancias institucionales de evaluación y mejora continua de la aplicación de los protocolos en las escuelas.
Además, el Ministerio de Educación de la Nación establece para en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, la asignación de un aporte adicional igual al Fondo Escolar Insumos Covid-19 con el objeto de fortalecer las actividades de acompañamiento educativo; la ampliación de las sumas asignadas para las líneas de asistencia financiera para obras menores y la asignación de hasta una suma equivalente al Fondo Escolar Insumos Covid-19 a las cooperadoras escolares reconocidas legalmente por las jurisdicciones; entre otras medidas.
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