Qué es el “derecho al olvido” que reclama Natalia Denegri ante la Corte Suprema
Una demanda contra Google interpuesta por la conductora ante el máximo tribunal reavivó el debate en torno a la privacidad en la era digital
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Tras la disputa judicial que tiene como protagonistas al buscador Google y a la actriz y conductora Natalia Denegri, el término “derecho al olvido” genera gran controversia y abrió un debate que despierta opiniones a favor y en contra.
Tal como explicó Fernando Tomeo, abogado especializado en derecho digital y protección de datos personales, en una nota publicada en LA NACION, el derecho al olvido es la oportunidad que tiene una persona a borrar de Internet información sobre sí misma y preservar de este modo sus datos personales, su información y su privacidad.
La idea que sustenta el derecho es que ciertos contenidos desaparezcan definitivamente y no reaparezcan mediante la acción de un buscador de Internet.
Esta tarde se realizó la primera audiencia pública del caso conocido como “derecho al olvido”, en el que la Corte Suprema deberá expedirse por primera vez acerca de la responsabilidad que tienen los buscadores por los resultados que indexan y sobre un pedido del reconocimiento del derecho al olvido digital derivado de una demanda iniciada años atrás.
Denegri reclama que el buscador desvincule contenido que la relaciona con eventos mediáticos y con la causa penal armada contra el exrepresentante de Diego Maradona, Guillermo Coppola por la que estuvo preso tres meses en 1996.
Según explicó la abogada Lorena González Tocci en una nota que publicó en LA NACION, el riesgo del Derecho al Olvido reside en habilitar una herramienta que permita a las personas públicas o mediáticas “construir un pasado a su medida”.
“No puede ser admitido para aquellos que deciden exponerse públicamente, como una herramienta hábil para exigir que se construya un pasado digital a gusto invocando supuestas afectaciones a su honor por los ecos digitales de su pasado mediático que prefieren olvidar”, advierte la letrada en la nota.
Según la abogada, el derecho al olvido “está pensado para aquellas situaciones excepcionales en las que las injerencias en el derecho al honor son desproporcionadas en comparación a los intereses que protegen la libertad de información y expresión”.
La postura de Google sobre el Derecho al olvido
La compañía especializada en productos relacionados a internet, software y demás tecnologías no niega la definición antes profundizada por especialistas. Incluso, avala la aplicación del derecho mismo. Sin embargo, para el caso particular, insiste en que el contenido por el que Denegri reclama es parte del “acervo cultural”. Este último término refiere a la conjunto de bienes o valores morales o culturales que pertenecen a la Argentina como nación.
“El material forma parte del acervo cultural, más allá de la valoración subjetiva que se haga sobre su calidad”, expuso el gigante tecnológico a través de un comunicado. Y agregó: “Es imprescindible analizar en profundidad el alcance de este tipo de decisiones judiciales, por las que millones de usuarios podrían verse limitados a obtener información lícita”.
Junto a ello, los abogados que forman parte de la disputa judicial en nombre de la firma resaltan que “la sentencia” exigida por la actriz no haría más que “censurar contenidos sobre temas de interés público y sobre figuras públicas, que la jurisprudencia del Tribunal sobre libertad de expresión protege”.
Una vez esbozadas las razones para las cuales no debería emitirse un veredicto a favor de la conductora, desde la compañía estadounidense contemplan que “no hay lesión a un derecho personalísimo de la actora, por cuanto no se concibe un menoscabo a la privacidad u honor derivado de actos propios de carácter público”.
“No se encuentra controvertido que el contenido es verdadero ni que la actora es una figura pública, ni que la fama de la actora se vincula con los contenidos que pretende desindexar. Es importante un debate profundo sobre esta decisión para evaluar las consecuencias de deshabilitar algo que es legal”, completaron.
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