Propuestas que vulneran el principio de la división de poderes
Las iniciativas legislativas enviadas por el Poder Ejecutivo al Congreso, con el pretexto de "democratizar la Justicia", se hallan en abierta pugna con la forma republicana de gobierno, sustentada en la división de poderes que consagra la Constitución. Avalan lo expuesto las expresiones vertidas por la Presidenta en la presentación de los aludidos proyectos. En esa ocasión, señaló que el Consejo de la Magistratura es un organismo de "dirección y conducción política", que, por lo tanto, debe estar sometido a las reglas del conjunto del poder político.
Que haya un factor político –lo integran legisladores– es innegable, pero transformarlo en un órgano de preponderancia política no se ajusta a la finalidad de su existencia, que consiste en afianzar la independencia de la Justicia y privar al Gobierno de influir sobre los tribunales.
Vale recordar la opinión del convencional Enrique Paixao, miembro informante sobre este tema en la Convención Reformadora de 1994. Allí dijo: "La sociedad argentina apetece mayor transparencia en el nombramiento de sus jueces, mayor eficiencia en la remoción de los magistrados [... ] el órgano central de esta reforma es el Consejo de la Magistratura", en cuya integración "se ha procurado un modelo de equilibrio y pluralismo".
El texto constitucional que crea el organismo de marras se ajusta a los objetivos señalados. Dice: "El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico".
Del texto transcripto surge que los únicos representantes provenientes de la voluntad popular son los legisladores y el miembro del Poder Ejecutivo. Para los restantes no se hace ninguna mención de la vía electiva. Por consiguiente, los jueces y los abogados deben ser elegidos por los propios magistrados y los profesionales. Los académicos y científicos, por las universidades.
La armonía que reclama la Constitución se logró en la primera ley orgánica del Consejo, pero se vio afectada por la reforma que se introdujo en 2006, por impulso del Frente para la Victoria. Ahora se agravó la situación porque el Poder Ejecutivo propone que los representantes de los jueces, abogados y académicos surjan del voto popular, desnaturalizándose el precepto constitucional que no prevé que la composición del cuerpo sea por vía electoral. Además, se pretende que los candidatos sean propuestos por los partidos políticos. Esto significará acabar, lisa y llanamente, con la independencia de quienes vayan a ser jueces. Entre ellos y los representantes de los partidos políticos que integran el Consejo de la Magistratura se generará una identificación que quebrará la imparcialidad que deben mantener los magistrados. Serán las agrupaciones políticas las que correrán con los gastos de la campaña electoral.
Para la remoción de los jueces por medio del juicio político no se requerirán los dos tercios del jurado, como hasta ahora, sino solamente la mayoría absoluta –la mitad más uno– de sus integrantes. Le será, así, más fácil al oficialismo lograr la destitución de un magistrado, con lo cual su posición será aún más débil para enfrentar presiones.
La Constitución dispone que "en ningún caso el presidente puede ejercer funciones judiciales". Esta norma persigue preservar la independencia de la Justicia. Es conocido que el Congreso actúa como una escribanía exprés del Gobierno, puesto que se le niega cualquier posibilidad de debate sobre sus iniciativas. Al respecto, deben recordar los legisladores del oficialismo que si además se aprueban estas iniciativas se le estarían concediendo a la Presidenta facultades extraordinarias prohibidas y que someten, según la Constitución, a quienes la consientan o firmen, a la pena de "infames traidores a la patria".
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