Procesaron a Jonathan Morel y otros tres militantes de Revolución Federal
La medida la tomó el juez Marcelo Martínez de Giorgi; alcanza al referente de la organización y a Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Ángel Guerra y Sabrina Basile; todos seguirán sin prisión preventiva
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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi procesó hoy a cuatro miembros de Revolución Federal, la organización acusada de haber difundido mensajes violentos y haber hecho “escraches” con el “fin principal imponer las propias ideas de la agrupación y combatir las ajenas por medio del temor”. La medida alcanza al referente del grupo, Jonathan Morel, y a Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Ángel Guerra y Sabrina Basile.
Los cuatro fueron procesados sin prisión preventiva y cada uno sufrirá un embargo sobre sus bienes de nueve millones de pesos. Según el fallo firmado por De Giorgi, los procesados “alentaron a la persecución, al odio y a la violencia de un sector determinado de la sociedad, concretamente de las autoridades públicas pertenecientes a la coalición política Frente de Todos y de sus simpatizantes”.
Morel, de 23 años, se presenta como el dueño de una carpintería de Boulogne y en mayo de este año fundó Revolución Federal junto con Sosa, también de 23. El grupo se hizo conocido por manifestarse en contra del Gobierno con antorchas, una guillotina y un cartel que decía “Todos presos, muertos o exiliados” que exhibieron frente a la Casa Rosada.
El martes pasado, la Cámara Federal había liberado a los cuatro acusados. En un fallo que fallo fue criticado por el Gobierno, la Cámara consideró entonces que no existían “riesgos procesales suficientes” para “mantener la medida de coerción personal dispuesta por el juez de grado”, en referencia a Martínez de Giorgi, que los había detenido, y sostuvo que los miembros de Revolución Federal no estaban relacionados con el atentado a la vicepresidenta. Sin embargo, De Giorgi planteó que la difusión de mensajes de odio por parte de esta agrupación culminó con el ataque a Cristina Kirchner.
En el fallo al que accedió LA NACION, De Giorgi dijo: “se considera materialmente acreditado que, a través de esta organización, los/as imputados/as llevaron a cabo un plan criminal, que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor”.
“Para ello -agrega el fallo- utilizaron sostenidamente en el tiempo manifestaciones intimidantes en distintas redes sociales -Facebook, Twitter e Instagram- y medios masivos de comunicación, repartiendo folletería y mediante protestas autoconvocadas, planificando, coordinando y difundiendo mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas -principalmente en contra de autoridades del actual PEN y sus simpatizantes-. Así, generaron el impacto deseado de incitar a la violencia colectiva en un número indeterminado de personas que pueden acceder libremente a las redes sociales mencionadas”.
El juez dijo que los miembros de Revolución Federal a los que procesó “insistieron asiduamente con la propagación masiva de mensajes violentos e intimidatorios en redes sociales, que alentaron a la persecución, al odio y a la violencia de un sector determinado de la sociedad -concretamente, de las autoridades públicas pertenecientes a la coalición política Frente de Todos y de sus simpatizantes- e infundieron temor en éstos”.
“Efectivamente -dijo el juez- en reiteradas ocasiones expresaron públicamente: ‘Los vamos a perseguir, van a tener miedo de salir a la calle (…) TOD☼S van a sufrir las consecuencias de sus actos’ ‘No tienen que poder caminar en la calle en paz’ (...), situación que culminó con la generación de un clima de violencia colectiva, en donde se perpetró el atentado contra la vida de la Vicepresidenta de la Nación”.
El delito por el que fueron procesados hoy es el previsto en el artículo 213 bis del Código Penal, que establece: “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”.
Según el fallo, los integrantes de Revolución Federal tuvieron “por finalidad imponer sus ideas y combatir las ajenas, infundiendo temor en la población y obligando a autoridades públicas nacionales a abstenerse de salir a la calle en condiciones seguras, a cancelar conferencias de prensa por miedo de daño a futuro, o mostrarse en público junto a sus simpatizantes”.
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