Piden que la Corte declare inconstitucional la ley que habilita tres mandatos seguidos a intendentes bonaerenses
El partido PAIS se presentó en el máximo tribunal; pretende, como medida cautelar, que se suspendan las elecciones primarias
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El partido PAIS se presentó en la Corte Suprema y pidió que se declare inconstitucional la ley de la provincia de Buenos Aires que habilitó que algunos intendentes bonaerenses puedan tener tres mandatos consecutivos. Como medida cautelar, solicitó además que se suspendan las PASO.
De acuerdo con la presentación, la ley impugnada viola garantías republicanas contempladas por la Constitución Nacional y desconoce los estándares internacionales en la materia. La demanda fue firmada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez como abogado patrocinante.
La ley que limita las reelecciones de los intendentes se había sancionado durante el gobierno de María Eugenia Vidal, a partir de una propuesta del Frente Renovador. Disponía que era posible una sola reelección. Esa norma se modificó a fines de 2021. En una votación al filo del cierre del año, se les otorgó a los jefes comunales que estaban en ejercicio y que ya habían sido reelegidos, la chance de postularse para un mandato más.
La modificación que se aprobó el 29 de diciembre de 2021 en la Legislatura bonaerense favoreció a 91 de los 135 intendentes de la provincia. Juntos por el Cambio tiene en sus filas a 48 de ellos; el Frente de Todos, a 40, y tres pertenecen a partidos vecinales.
La reforma permite que el primero de los dos períodos a contabilizar sea el que comenzó en 2019 y no el iniciado en 2015, como indicaba la norma aprobada en 2016. La votación dividió a los bloques de Juntos y del Frente de Todos. Los legisladores que responden a María Eugenia Vidal y a Elisa Carrió, en la oposición, y a Sergio Massa, en el oficialismo, votaron en contra. Pero la mayoría de ambas bancadas apoyó las modificaciones.
Firma la demanda ante la Corte Oscar Héctor Alva, presidente y apoderado del partido PAIS, que fue candidato a diputado nacional en 2017. Ocupó el puesto 21 de la boleta legislativa por la provincia de Buenos Aires del frente 1País, que encabezaba Massa en alianza con Margarita Stolbizer. Fuentes del Frente Renovador bonaerense negaron que exista un vínculo actual con Alva.
La demanda de PAIS ante la Corte detalla que en 2016, con la sanción de la ley 14.836, se modificó el régimen originario limitándose la reelección del cargo de intendente a un solo período. Advierte que “con el objeto de evitar toda clase de controversia interpretativa sobre el nuevo régimen establecido” se aprobó una disposición transitoria (la séptima de la ley 14.836) que determinó que el período de ejercicio de mandato de los intendentes a la entrada en vigencia de la ley se consideraba como primer período a los efectos de la reelección.
La demanda sostiene: “El régimen aprobado en 2016 configuró un avance progresivo respeto del viejo sistema en términos de garantía del sistema republicano y del sistema de derechos al impedir los deseos de perpetuidad en el ejercicio del poder, asegurar la renovación de la política y habilitar a la oposición la posibilidad real de convertirse en gobierno. La derogación de la interdicción de más de una relección mediante la sanción de la ley 15.315 implicó desconocer el principio de progresividad y no regresividad institucional, el cual postula que una vez alcanzado un determinado estadio normativo de garantía institucional no es posible retroceder, a menos que se expongan argumentos razonables que lo justifiquen”.
La demanda sostiene que “no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder”.
Para defender la necesidad de que intervenga la Corte en este caso, donde está en juego una norma provincial, la demanda cita jurisprudencia de la propia Corte y afirma que “si bien las provincias conservan toda la autonomía política que exige su sistema institucional, esto no impide la intervención de la Corte Suprema de Justicia en los supuestos en que se verifique un evidente menoscabo del derecho federal”.
Sostiene además que “la Constitución argentina garantiza a las provincias el establecimiento y el ejercicio de sus instituciones y la elección de sus autoridades, pero todo ello sujeto a la Nación al sistema representativo y republicano de gobierno (artículos 1° y 5°)”.
Para los demandantes, “el artículo 4 de la ley 15.315 es objetivamente inconstitucional e inconvencional” y así debe declararlo la Corte porque implica un retroceso en materia republicana.
Según la presentación del partido PAIS, es necesario que el máximo tribunal suspenda las PASO que se celebraran en la provincia de Buenos Aires el 13 de agosto de 2023 “hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa”.
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