Paquete fiscal: por los cambios que se introducen en Ganancias, el Tesoro y las provincias se privarían de recaudar $547.000 millones
El proyecto original del Poder Ejecutivo preveía recaudar el 0,5% del PBI; Diputados propuso que el impuesto sea actualizado cada seis meses por inflación y el dictamen del Senado incluye un umbral diferencial del 22% para los patagónicos
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Las modificaciones que se introdujeron en la restitución del impuesto a las Ganancias, que este miércoles se discutirá en el Senado, moderará el impacto que este tributo tendrá en el bolsillo de los contribuyentes que resulten alcanzados. Pero, al mismo tiempo, provocarán una merma en los recursos que esperaban recaudar el Tesoro Nacional y las provincias.
Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), de aprobarse el texto con las modificaciones que introdujeron el Senado y la Cámara de Diputados, la recaudación anual del tributo ascendería a 0,41% del PBI. En cambio, el proyecto original del Poder Ejecutivo preveía una recaudación del 0,5% del PBI. Esa diferencia, de 0,09% del PBI, representaría unos $547,5 mil millones anuales.
La restitución del impuesto para la cuarta categoría, contemplada en el paquete de reformas fiscales que debatirá el Senado, afectará a aquellos trabajadores asalariados solteros con sueldos a partir de 1,8 millones y de $2,2 millones para casados con dos hijos. En la media sanción de la Cámara de Diputados se respetó el monto de estos pisos mínimos no imponibles, pero se dispuso que la tabla de alícuotas sea actualizada por inflación de manera semestral en enero y julio, a partir del año próximo. Además, impuso que en septiembre de este año haya también una actualización.
En el proyecto del Poder Ejecutivo, en cambio, se planteaba una actualización anual del impuesto. Esto implicaba que más contribuyentes, a la larga, sean alcanzados por Ganancias.
El Senado introdujo cambios más rotundos aún que la Cámara de Diputados. Por presión de los senadores patagónicos, el oficialismo debió introducir en el texto un umbral diferencial en el impuesto, un 22% más alto, para los contribuyentes (asalariados y jubilados) de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz. Asimismo, en su dictamen eleva la deducción por intereses de préstamos hipotecarios desde un tope anual de $20.000 a un monto equivalente al 100% de la ganancia no imponible.
“Los cambios al texto de la reforma del Impuesto a las Ganancias reduciría el impacto de estas medidas sobre el impuesto determinado de 2024 de 0,5004% del PIB en el texto original a 0,4303% según el texto de la media sanción de Diputados y a 0,4111% del producto según el texto del dictamen de mayoría del Senado”, resume la OPC.
Habrá que ver si estas modificaciones introducidas por el Senado finalmente prosperan en la ley. Cuando la Cámara alta devuelva el texto a Diputados, este punto será motivo de un fuerte debate. Por de pronto, el grueso de los bloques dialoguistas se inclina por insistir con el texto aprobado por la Cámara baja y descartar esta suba del 22% del mínimo no imponible para los trabajadores patagónicos: coinciden, en este sentido, con el criterio del Poder Ejecutivo de que no haya diferencias entre los contribuyentes en el pago del impuesto a las Ganancias, más allá de su provincia de residencia.
El paquete de medidas fiscales incluye, también, una reforma en el impuesto a los bienes personales. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado introdujeron modificaciones al texto original del Poder Ejecutivo para introducir un alivio a los contribuyentes cumplidores. En este sentido, la OPC señala que “este beneficio a contribuyentes cumplidores podría potencialmente incrementar el costo fiscal de las modificaciones en los períodos fiscales 2023 a 2025, en comparación con el texto original del proyecto”.
En cuanto al régimen de monotributo, también incluido en el paquete fiscal, las modificaciones introducidas por el Senado también redundarían en una menor recaudación para el fisco. En efecto, los senadores insisten en preservar el llamado “monotributo social”: el artículo 100 del paquete fiscal prorroga la existencia de esta figura, que prevé para determinados sectores ligados a la economía popular que el componente de pago impositivo, por formar parte del régimen simplificado, sea más bajo que la categoría inicial del monotributo.
Con estas modificaciones introducidas por el Senado, el impacto fiscal del monotributo oscilaría entre el 0,03% y el 0,06% del PBI. En cambio la media sanción de la Cámara de Diputados, que va en línea con el texto original del Poder Ejecutivo, ese impacto es el 0,07 del PBI.
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