Otro revés para Mendoza: la Corte Suprema le hizo un guiño a La Pampa y fijó un caudal mínimo en el río Atuel
Luego del revés nacional que sufrió Mendoza con "la obra del siglo", en medio de una histórica guerra interprovincial por el agua, llegó un nuevo golpe para la provincia cuyana. La Corte Suprema avanzó con el pedido de La Pampa para reparar el daño ambiental sufrido por la escasez de agua en el río Atuel. Así, el máximo tribunal del país decidió finalmente fijar un caudal mínimo fluvioecológico, con una cifra muy cercana a la solicitada por los pampeanos. Asimismo, determinó que en un plazo de 90 días se acuerden las obras, que deberán ser financiadas en un 70% por la Nación.
Se trata de una "meta interina", con un caudal mínimo permanente del Atuel de 3,2 metros cúbicos por segundo en el límite entre ambas provincias. Tras una serie de planteos y negativas, la tierra del sol y del buen vino había ofrecido una escorrentía de 1,3 m3/s mientras que los pampeanos quería 4,5 m3/s. En este sentido, el principal órgano de Justicia del país precisó que el caudal dispuesto es el recomendado por el Instituto Nacional del Agua (INA) como "instrumento de posible cese del daño ambiental ocasionado por la falta de escurrimiento del río Atuel en territorio pampeano".
Hoy la CSJN hizo lugar a los argumentos mendocinos en la sentencia que dictó sobre el juicio de La Pampa por el río Atuel, disponiendo que el caudal establecido deberá alcanzarse con obras financiadas de común acuerdo.(Abro hilo)&— Rodolfo Suarez (@rodysuarez) July 16, 2020
Bajo este escenario, desde ambas jurisdicciones buscaron mostrarse de acuerdo con lo resuelto por los supremos. Mientras que el gobernador mendocino Rodolfo Suarez destacó que se tuvo en cuenta la necesidad de obras para avanzar con el escurrimiento de las aguas hacia la vecina provincia, desde La Pampa, el mandatario Sergio Ziliotto celebró el fallo como una "reivindicación" de los derechos de la provincia.
Valió la pena tanta lucha, valdrá la pena seguir luchando. https://t.co/6fEjYz8CLd&— Sergio Ziliotto (@ZiliottoSergio) July 17, 2020
Fue un voto en mayoría, suscripto por los jueces Highton de Nolasco, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti, poniendo sobre la meas que las jurisdicciones no habían arribado a una solución sobre el punto, razón por la cual correspondía que el Tribunal definiera el curso de acción a seguir, de acuerdo a lo establecido en su pronunciamiento del 22 de mayo de 2018.
"Los términos de la cláusula ambiental de la Constitución Nacional permiten afirmar la existencia de deberes positivos en cabeza de los particulares y del Estado para la defensa del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano", indica la Corte en sus argumentos, haciendo hincapié en la conservación del ecosistema interprovincial, para que "mantenga su sustentabilidad, todo ello sin perder de vista el interés de las generaciones futuras, cuyo derecho a gozar del ambiente está protegido por el derecho vigente".
Por eso, los supremos abogaron por una solución del conflicto de "modo gradual", en los términos del principio de progresividad, especialmente aplicable al caso en la medida en que, al perseguirse una recomposición natural o pasiva del ecosistema afectado en el noroeste de la Provincia de La Pampa, no es posible conocer anticipadamente el tiempo necesario para alcanzarla, ya que dependerá de la capacidad de auto-regeneración del ecosistema.
Tras una primera demanda pampeana, a fines de los años 80, la Corte dispuso la "interprovincialidad" del río Atuel pero le otorgó a Mendoza el derecho a riego de 75.000 hectáreas y la intimó a concretar obras para hacer más eficiente esa tarea, como trabajos de impermeabilización, conducción y ejecución de canales marginales. Así, el agua excedente obligaría a negociar y realizar "convenios interprovinciales". Sin embargo, no se logró avanzar, por lo que hace un par de años comenzaron a surgir denuncias enfocadas en el daño ambiental, lo que empezó a preocupar al Gobierno mendocino. La intervención del máximo tribunal en los últimos años finalmente terminó en un nuevo reconocimiento de los reclamos de La Pampa, aunque deja en claro que se debe avanzar en conjunto, sobre todo con obras, para alcanzar el objetivo.
Los pedidos del máximo tribunal a las provincias y a la Nación
- 1) Determinen en la órbita de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (C.I.A.I.) las acciones u obras de infraestructura necesarias para alcanzar el caudal mínimo permanente fijado, debiendo indicar el tiempo que demandarán y el porcentaje de los costos que cada una de las jurisdicciones afrontará;
- 2) Diagramen un programa de monitoreo permanente que permita el control en el tiempo de la provisión del caudal mínimo fijado y de la evolución de la biota, la salinidad y los niveles freáticos;
- 3) Presenten a la aprobación del Tribunal dentro del plazo de noventa (90) días los programas de acciones u obras y de monitoreo ordenados.
- 4) Consideren la propuesta para la conformación de la Comisión Interjurisdiccional del Río Atuel (CIRA), en reemplazo de la actual Comisión.
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