Ordenan la liberación del “Pata” Medina, pero no saldrá hasta que quede firme la medida
El exsindicalista de Uocra de La Plata se encuentra detenido hace cuatro años y goza de prisión domiciliaria
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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de La Plata ordenó la liberación del exsindicalista Juan Pablo “Pata” Medina. Sin embargo, se prevé que la medida será apelada por la fiscalía, por lo que la decisión no se hará efectiva hasta que quede firme.
Medina había solicitado su excarcelación luego de pasar cuatro años detenido. Al momento, se encuentra cumpliendo prisión domiciliaria y está a la espera del juicio oral, que fue suspendido el pasado 3 de marzo.
Tras resolver otorgar la libertad del exsindicalista, el Tribunal Oral advirtió, según información de Télam, que esta “no se hará efectiva hasta que el presente auto adquiera firmeza, atento la oposición manifestada por la Sra. Fiscala General”.
En la resolución señalan que “en atención al tiempo que en prisión preventiva ha cumplido Juan Pablo Medina y a las razones desarrolladas hasta el presente, deviene necesario hacer cesar dicha medida atento que ha menguado su necesariedad procesal y, por ende, se torna falto de razonabilidad su prolongación”.
En caso de concretarse la libertad, se le impondrá a Medina la obligación de fijar residencia y no ausentarse de dicho domicilio por más de 24 horas sin previo aviso y autorización del tribunal. Además, deberá presentarte en la comisaría más cercana a su domicilio mensualmente. No podrá tomar contacto con las víctimas ni acercarse a sus domicilios. Por último, también tendrá prohibido salir del país.
Asimismo, no podrá “desplegar cualquier actividad gremial en la Uocra, Seccional La Plata u otras seccionales” ni “concurrir a los locales gremiales de la Uocra”.
Su abogado defensor, César Albarracín, sostuvo, en declaraciones a Télam: “La medida es razonable y adecuada. Es importante porque empieza a subsanar las consecuencias gravísimas de las que fue víctima Juan Pablo Medina”.
Y continuó: “Ahora hay que esperar los trámites que tienen que ver con la decisión de la fiscalía de impugnar o no, pero hay una cuestión que deberá tener en cuenta la fiscal y que es lo más importante como el hecho de plantear una impugnación y no expedirse rápidamente sobre esta resolución y consintiéndola implicaría mantener una detención generada del modo en que se llevó adelante, con lo cual estarían potenciando los efectos del delito del que fue víctima Medina y que a prima facie está acreditado”.
El Tribunal Oral Criminal Federal 2 de La Plata abrió la causa en 2017, en la que determinó el procesamiento y la detención del exsindicalista de la Uocra de La Plata por “asociación ilícita, extorsión y lavado de dinero”.
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