Ordenan a la Corte bonaerense controlar que se cumplan los derechos humanos en las cárceles
La Corte Suprema de la Nación hizo lugar a una queja de los defensores oficiales que habían reclamado por el incumplimiento de un viejo hábeas corpus que ordenaban acabar con el hacinamiento
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires intervenga en una causa promovida por un grupo de defensores oficiales contra la superpoblación y el hacinamiento carcelario en los penales de la provincia.
El caso se inició en 2014, cuando el Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires se presentó ante la Corte bonaerense para denunciar que no se estaba cumpliendo lo dispuesto por el máximo tribunal nacional en el fallo Verbitsky, una sentencia de 2005 que consideró que la existencia de superpoblación carcelaria en la provincia de Buenos Aires afectaba los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física de los detenidos, afirmó que se trataba de una situación genérica, colectiva y estructural, y estableció parámetros para revertir la situación.
Los defensores sostuvieron ante la Corte bonaerense que el fallo Verbitksy no se estaba cumpliendo, pero el alto tribunal de la provincia le contestó que su planteo ya no podía ser tratado como parte de la ejecución de aquel fallo y que correspondía entonces que se tramitara en un juzgado de primera instancia. La Corte nacional afirmó hoy lo contrario.
La decisión fue tomada por mayoría, con la disidencia del juez Carlos Rosenkrantz, que votó por confirmar el fallo de la Corte bonaerense y disponer que la presentación de los defensores fuera tramitada como una nueva acción de hábeas corpus colectivo ante el juzgado de garantías número 2 de La Plata.
Para la mayoría, la ejecución del fallo Verbitsky es “una tarea que debería mantenerse vigente mientras persistan las condiciones carcelarias que obligaron a la firme intervención” de la Corte federal. El voto mayoritario sostuvo que los defensores no solo demostraron que persiste la situación de superpoblación en las cárceles bonaerenses sino que su crecimiento fue “exponencial”.
El juez Horacio Rosatti votó con la mayoría, pero con un voto concurrente, en el que destacó la responsabilidad del Poder Judicial de resolver los casos que se presenten ante sus estrados, dirimiendo si existe una violación a la Constitución por parte de las autoridades encargadas de su cumplimiento.
Rosenkrantz, en cambio, sostuvo que la decisión de la Corte Suprema bonaerense no podía ser revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación porque no era una sentencia definitiva.
Advirtió que en el fallo Verbitsky la Corte no había establecido una modificación de las reglas que rigen la competencia originaria de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, ni tampoco había consagrado un derecho especial a litigar en el alto tribunal provincial toda demanda fundada en los derechos de las personas privadas de su libertad. Destacó, no obstante, que la Corte bonaerense le había ordenado a la Casación crear un mecanismo de deliberación para “revertir la situación crítica de las condiciones de detención de las personas” y que había adoptado una serie de medidas específicas destinadas a solucionar la problemática.
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