Oil Combustibles: la Justicia da por perdido el legajo de la AFIP que complica a Cristóbal López
La Justicia dio por perdido el "legajo" con la documentación "original" de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que sostiene su multimillonario reclamo contra Oil Combustibles, la petrolera de Cristóbal López y Fabián de Sousa, y dio los primeros pasos procesales para intentar su reconstrucción.
En su última resolución, la jueza en lo Comercial a cargo del expediente de la quiebra, Valeria Pérez Casado, dispuso la formación de un "incidente de reconstrucción" e intimó al organismo que lidera Mercedes Marcó del Pont para que en el plazo de cinco días "acompañe al Juzgado la totalidad de la documentación obrante en su poder".
El objetivo de la jueza pasa ahora por recuperar todos los documentos que la AFIP presentó en el expediente del concurso desde sus inicios en 2016 y la posterior declaración de la quiebra de Oil Combustibles para sostener su reclamo contra la petrolera por más de $6000 millones de pesos.
Incluso si se reconstruyera el "legajo" de la AFIP, la nueva documentación podría resultar cuestionada por los nuevos síndicos o los deudores –es decir, por el Grupo Indalo–. De allí que la jueza primero intentó recuperar el material "original" que los entonces síndicos le entregaron, sin informarle, a un abogado de López, Alberto Spota, en junio o julio de 2019.
Una vez informada de esa entrega del "legajo" que afectó su "cadena de custodia" y su posterior extravío, la jueza Pérez Casado dispuso la inmediata remoción de los síndicos del estudio "Capurro, Rossello y Zaragoza", a los que ayer dio 24 horas para que le informen "qué medidas han arbitrado" para buscar el material faltante y reintegrarlo al Juzgado "bajo apercibimiento de adoptar las medidas que se estimen pertinentes".
Al removerlos, la jueza remarcó que los síndicos ya habían acumulado otras conductas reprochables durante la tramitación del concurso y quiebra de Oil Combustibles, por las que habían acumulado apercibimientos, llamados de atención y multas del Juzgado y de la Cámara de Apelaciones. Entre ellas, "la exhibición de actuaciones reservadas a interesados no autorizados a verlos". Es decir, a integrantes del Grupo Indalo.
"Manifiestamente incompleto"
Sin las varias cajas de documentación que conformaron el "legajo" original, la AFIP podría verse perjudicada en su reclamo, aunque dependerá de cómo avance el proceso. En particular, cuando llegue el momento de definir algunos números finos de la acreencia que el organismo tiene sobre Oil Combustibles y que los deudores o los nuevos síndicos podrían poner en duda ante la ausencia de los originales.
Sin embargo, para el abogado del Grupo Indalo, Eduardo Fabier Dubois, eso es "falso", según afirmó en declaraciones radiales. "No desapareció información de la AFIP y tampoco es clave esa información", añadió. "La documentación jamás desapareció. Estaba en un lugar oficial como son los peritos de la Corte y hoy está de nuevo en el Juzgado".
La jueza Pérez Casado arribó a otra conclusión. Consideró que el material que devolvió a tribunales una perito contadora de la Corte Suprema, Flavia Irene Melzi, no es todo el material "original" y, por eso, adoptó ayer dos medidas. Por un lado, convocó a la AFIP a que entregue toda la documentación que le permita rearmar el "legajo" y, por el otro, reforzó la búsqueda de los originales.
"Toda vez que el estudio de contadores ‘Capurro, Rossello, Zaragoza’ (exsíndicos actuantes en estos obrados) han incumplido la intimación ordenada por el Tribunal en tanto el aporte documentario luce manifiestamente incompleto, se ordenará derechamente la reconstrucción del legajo que responde al crédito reclamado por la AFIP, tanto en su faz concursal como asimismo en la falencial", indicó en su última resolución.
"Asimismo –añadió la magistrada-, intímase al referido estudio para que dentro de las veinticuatro horas informe qué medidas ha arbitrado a los fines del efectivo cumplimiento" de la orden de entregar "la documentación faltante de los legajos del acreedor AFIP".
"En consecuencia, intímase al organismo de recaudación para que en el plazo de cinco días acompañe al Juzgado la totalidad de la documentación obrante en su poder y que fuera puesta en su hora a disposición del organismo sindical", completó. "Se reitera, tanto en el momento de insinuar su crédito durante el trámite concursal, así como también, en la etapa falencial", es decir, la quiebra.
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