Nueva fallo de la Justicia para frenar la designación de fiscales de Alejandra Gils Carbó
Se trata del mismo juez que dictó la primera medida precautelar; esta vez, hizo lugar a un amparo presentado por la Asociación de Magistrados; dijo que todavía no entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal
El juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico dictó hoy una nueva medida precautelar para congelar la designación de 16 fiscales subrogantes que nombró la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó .
De esta manera, el juez dictó una segunda medida, esta vez a raíz de un amparo que había presentado la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (Amfjn).
La oposición y la Asociación de Magistrados cuestionaron a Gils Carbó por colocar fiscales subrogantes, que comparten sus principios políticos e ideológicos, por entender que busca a través de ellos interferir en las causas de corrupción para asegurar impunidad de funcionarios del Gobierno.
Qué pasó
Lavié Pico quedó hoy habilitado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal para resolver las designaciones de Gils Carbó. La Procuración había recusado por prejuzgamiento al juez porque entendió que ya había dado su opinión en otra causa en la que suspendió la designación de jueces subrogantes de la nueva Cámara Nacional de Casación Penal.
Pero los camaristas Jorge Morán, Marcelo Duffy y Rogelio Vicenti rechazaron la recusación por "improcedente".
Tras la medida de la Cámara, Lavié Pico, de turno en vacaciones de verano, dictó una segunda medida contra los nombramientos de Gils Carbó. El magistrado habilitó la feria judicial porque entendió que se trata de un asunto urgente, pues estaba previsto que los nuevos fiscales subrogantes asuman el 2 de febrero.
El Gobierno ya admitió que eso no será posible. Sin embargo, el kirchnerismo no se quedó de brazos cruzados: hoy legisladores del Frente Para la Victoria hicieron una férrea defensa de la actuación de Gils Carbó durante una conferencia de prensa en el Congreso.
"Carente de razonabilidad"
En su nueva resolución, Lavié Pico insistió en el mismo concepto: que todavía no se cumplieron los requisitos para implementar la Reforma del Código Procesal Penal, y que por lo tanto son prematuras las designaciones de la Procuradora.
"Para la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal de la Nación deberían cumplirse previamente los requisitos penales allí previstos y es por ello que resultaría carente de toda razonabilidad la urgencia en la puesta en funcionamiento de las Fiscalías creadas y las designaciones al respecto", consideró el juez.
La ley establece que el nuevo Código aprobado entrará en vigor cuando se dicte una ley de implementación (que contenga la cantidad de órganos por crearse y los cargos), y cuando se constituya una comisión bicameral que evalúe, controle y proponga proyectos de ley de adecuación mientras dure el período que demanda implementar el texto. También la ley habla de capacitar a los fiscales, dotar de personal a las fiscalías y, por último, la ley establece que todo ello se implementará cuando se cuente con el crédito presupuestario necesario. El juez entendió que para que entre en vigor el Código deben cumplirse estas condiciones.
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