Megadecreto: el Gobierno le pidió al Poder Judicial que no intervenga para que se expida el Congreso
Lo hizo al responder a dos demandas ante el juez Enrique Lavié Pico; dijeron que están fundadas la necesidad y urgencia del DNU
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El gobierno nacional respondió a dos de las demandas que recibió el Estado por el mega DNU, dijo que es competencia del Congreso analizarlo porque se encuentra en estado parlamentario y le pidió al Poder Judicial que no intervenga. En sendos escritos presentados en los tribunales en lo contencioso administrativo, los abogados del Estado dijeron que están fundadas la necesidad y urgencia del decreto en una cuestión política que debe ser considerada como “no justiciable”.
Las dos presentaciones se hicieron ante el juez Enrique Lavié Pico en respuesta a las acciones de amparo promovidas por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y por el extitular del Colegio de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo. Las presentaciones del Estado fueron en torno de los pedidos de las medidas cautelares para suspender los efectos del DNU, pero no sobre el fondo de las demandas. Lavié Pico quedó ahora en condiciones de resolver sobre los pedidos de medidas cautelares para suspender la vigencia del DNU.
“La necesidad y urgencia constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable”, dijo el Poder Ejecutivo al Judicial. Y agregó el escrito que la evaluación respecto del DNU es de valoración política: “Asimismo, la imposibilidad de cumplir con el trámite ordinario para la sanción de las leyes, es una cuestión que remite a cuestiones de oportunidad mérito y conveniencia, lo cual también es de valoración estrictamente política”, plantearon los abogados del Estado en el marco de la causa iniciada por el abogado Rizzo, quien presentó una acción de amparo pocos días después de que fuera firmado el DNU.
En ambas respuestas los abogados Carolina Soledad Maidana y Gastón Aguirre plantearon que el caso es improcedente y la falta de legitimación activa de los demandantes por no ser, en el caso de Rizzo, titular de un derecho que resulte afectado por el DNU cuestionado. “Ya solicitamos que se declare la falta de legitimación activa de la demandante, se declara la falta de caso y se disponga el rechazo de la medida cautelar y de la demanda, con costas”.
Según los abogados, ambas demandas constituyen una maniobra para interrumpir la vigencia del DNU. “Ante la clara inexistencia de “caso” o “controversia” y la falta de concreción de la cuestión constitucional formulada, sólo cabe ponderar que la acción incoada se traduce en una maniobra que intenta interrumpir la vigencia de una norma dictada por el Poder Ejecutivo en ejercicio de atribuciones constitucionales por el solo hecho de no estar de acuerdo con las medidas que en dicha norma se establecen sobre la base de meras suposiciones”, esgrimieron.
Mientras tanto, se espera una pronta definición de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en respuesta a dos recursos de apelación presentados por el Gobierno, uno para que todos los casos tramiten como un proceso colectivo en un solo juzgado y el otro para que todas las demandas contra el DNU sean tramitadas en el fuero contencioso administrativo.