Los jueces Sandra Arroyo Salgado y Lino Mirabelli se disputan la causa por el cumpleaños de Fabiola Yañez
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín deberá resolver quién se queda con el caso por el festejo en cuarentena; uno de los jueces de ese tribunal es el consejero de la Magistratura Alberto Lugones
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La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado rechazó un planteo de su colega, el juez Lino Mirabelli, y reclamó el expediente en el que se investigan las circunstancias del cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez en Olivos durante la cuarentena estricta en julio de 2020. Los dos magistrados buscan quedar al frente de la causa en la que están imputados el presidente Alberto Fernández, Yañez y las personas que asistieron a la fiesta.
Hay dos expedientes en los tribunales de San Isidro iniciados a partir de los mismos hechos, que se hicieron públicos en agosto. Uno lo tiene la jueza Arroyo Salgado, por una denuncia radicada en esa jurisdicción. El otro llegó desde los tribunales de Comodoro Py y está en manos de Mirabelli.
Mirabelli se declaró competente y se quedó con el caso porque por razones de materia y territorio entendió que le correspondía intervenir. Él era el juez de turno cuando se declaró la competencia territorial y recibió la causa que hasta entonces instruía en Comodoro Py el juez Sebastián Casanello.
En ese marco, Mirabelli le pidió a Arroyo Salgado que se inhibiera de intervenir en la causa que ella tiene. Pero la jueza rechazó ese planteo. En el fallo al que accedió LA NACION consideró que, si bien la causa que ella tiene fue iniciada después que el expediente que llegó desde Comodoro Py, ella intervino en los hechos investigados antes que su colega Mirabelli. La disputa será saldada, finalmente, por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín. Uno de los jueces con silla en ese tribunal es el consejero de la magistratura Alberto Lugones, pero todavía no se sabe qué sala de ese tribunal deberá intervenir, porque la causa aún no tiene radicación en Cámara. Deberá realizarse un sorteo para definirlo.
Sandra Arroyo Salgado es la exesposa del fiscal federal Alberto Nisman, muerto el 18 de enero de 2015 en lo que la Justicia investiga como un homicidio vinculado con la denuncia que hizo contra Cristina Krichner por el supuesto encubrimiento de los sospechosos iraníes del atentado a la AMIA. El Gobierno, a través del viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, ya expresó que no quería que esta jueza se quedara con el caso. “Arroyo Salgado claramente no garantiza ningún tipo de objetividad, ni imparcialidad” dijo Mena.
Nuevas medidas de prueba
Además de haberse pronunciado sobre la competencia, en otra resolución, Arroyo Salgado ordenó hoy una serie de nuevas medidas de prueba para la causa que ella tiene en su juzgado. Además de haber solicitado los datos filiatorios de los imputados, la jueza pidió al Municipio de Vicente López los registros fílmicos de las inmediaciones de la Residencia de Olivos del 14 y del 15 de julio.
También le solicitó a la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado en la Investigación Criminal que informe la totalidad de los abonados telefónicos registrados a nombre de los imputados en el período entre el 12 y 18 de julio de 2020, y respecto de Alberto Fernández además entre los días 28 y 31 de diciembre de 2020. Y le pidió al Ministerio de Salud que informe si los imputados tenían habilitado el Certificado Único para circular durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y respecto a qué actividades, especialmente en la fecha de los hechos investigados.
El Presidente ya emitió sus argumentos de defensa y señaló que la celebración de la fiesta de cumpleaños no es delito. La acusación se basa en que Fernández violó el artículo 205 del Código Penal, que castiga la violación de las normas destinadas a impedir la propagación de una enfermedad. El jefe de Estado advirtió que, para configurar un delito, el festejo debió haber provocado un daño concreto a la salud pública. Por eso planteó una “excepción de falta de acción por atipicidad manifiesta”.
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